Ordenanza Regional N.° 015-2023-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por ESCOBAL ORDOÑEZ Veronica Rebeca FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 28.12.2023 15:35:16 -05:00
Trujillo, 28 de Diciembre del 2023
ORDENANZA REGIONAL N° 000015-2023-GRLL-CR “MODIFICAR EL ARTICULO TERCERO DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 018-2020GRLL-CR, REFERIDO A LA CONFORMACION DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA REGIONAL DE DESARROLLO DE LA LIBERTAD, A FIN DE PRECISAR QUE EL GOBERNADOR REGIONAL DE LA LIBERTAD PRESIDIRA DICHO CONSEJO DIRECTIVO” POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria Mixta de fecha 22 de diciembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 00015-2023-GRLL-CR-CP, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de la Producción, Luis Alberto Rodríguez Ponce, que contiene el Dictamen N° 0032023-GRLL-CR-CP, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional, relativo a Modificar el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 018-2020-GRLL-CR, referido a la conformación del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de La Libertad, a fin de precisar que el Gobernador Regional de La Libertad presidirá dicho Consejo Directivo, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 191 de la Constitución Política del Estado y Artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inciso f) del Artículo 9 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, el Artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del Artículo 15 de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 28.12.2023 13:14:50 :00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, E-s0t5a
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: GLQHOHW
Que, las Agencias Regionales de Desarrollo –ARD, nacen como una estrategia para promover el desarrollo de los diferentes territorios del país, tomando como base sus potencialidades y particularidades, a través del consenso entre los diferentes actores involucrados, tales como gobiernos sub nacionales, empresas, sociedad civil y academia; Que, el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Presidencia del Consejo de Ministros -PCM, aprobado con Decreto Supremo N° 22-2017-PCM, crea las ARD como: “mecanismos de coordinación y articulación intersectoriales e intergubernamentales en un territorio delimitado por elementos administrativos, económicos o funcionales. Son promovidas y dirigidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros para conducir la articulación de las entidades del Gobierno Nacional en el territorio, facilitar la coordinación intergubernamental en torno a las prioridades del Gobierno Nacional y promover con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales las acciones públicas, requeridas para potenciar la economía y el capital social de los territorios”; Que, mediante Informe N° 000028-2023-GRLL-GGR-GRPRO-SGMYPE, de fecha 17 de noviembre de 2023, la Sub Gerencia de Micro y Pequeña Empresa de la Gerencia Regional de la Producción, concluye que resulta necesario que el Gobernador Regional asuma la Presidencia de la Agencia Regional de Desarrollo, conforme las funciones otorgadas por ley; así como modificar la Ordenanza Regional N° 018-2020-GRLL-CR, señalando que el Gobernador Regional presidirá dicha Agencia Regional de Desarrollo; Que, con Informe Legal N° 261-2023-GRLL-GGR-GRAJ, de fecha 05 de diciembre del 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable aprobar la propuesta de Ordenanza Regional orientada a modificar el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 018-2020-GRLL-CR, respecto de la conformación del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de La Libertad disponiendo que el Gobernador Regional lo presidirá de conformidad con los fundamentos expuestos en el presente informe; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y los artículos 23, 61 y 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional por UNANIMIDAD: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 018-2020-GRLL-CR, referido a la conformación del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de La Libertad, a fin de precisar que el Gobernador Regional de La Libertad presidirá dicho Consejo Directivo; manteniendo su vigencia los demás extremos de la Ordenanza en mención. ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo de La Libertad la elaboración de su Reglamento, dentro de un plazo de 90 días a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: GLQHOHW
ARTICULO TERCERO. - La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial “El Peruano” y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo a los veintiocho días del mes de diciembre del año Dos Mil Veintitrés. Documento firmado digitalmente por VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los cinco días del mes de enero del año Dos Mil Veinticuatro.
Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 05.01.2024 16:33:35 -05:00
Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: GLQHOHW
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