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013-2025-GRLL-CR Regional Ordinance La Libertad In force

Ordenanza Regional N.° 013-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 08.08.2025 10:49:23 -05:00

Trujillo, 08 de Agosto de Trujillo, 08 de Agosto del2025

ORDENANZA REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ORDENANZA REGIONAL N° 000013-2025-GRLL-CR

APRUEBAN LA “ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD ACTUALIZADA 2025-2050”

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 019 -2025GRLL/CR- CRNPA, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente, Lucia Lilibeth Simon Terrones, que contiene el Dictamen N° 002-2025GRLL/CR-CRNPA recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la "Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, y;

CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, y Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el numeral 1) del artículo 9° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expandir sus normas decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherente; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala, que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; y por otro lado en el inciso c) el Artículo 53° de la mencionada ley, establece dentro de las funciones en materia ambiental: “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”; y finalmente en el Artículo 53°, inciso b) establece que los Gobiernos Regionales, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), implementen un Sistema Regional de Gestión Ambiental; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 08.08.2025 10:31:34 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YXEIRPI

Que, el numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente y el artículo 3° del Decreto Supremo N° 088-2005-PCM disponen que la Política Nacional del Ambiente, constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno nacional, regional y local, así como del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental; Que, de acuerdo al artículo 9° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, de la Política Nacional del Ambiente es mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la preservación, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, responsable y congruente con los derechos fundamentales de la persona; Que, de la Política Nacional del Ambiente, se elabora en concordancia con lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y otras normas, tales como la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley N° 26821, Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los recursos naturales; así como con los tratados internacionales suscritos por el país; Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, se aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidades sobre el Cambio Climático, suscrita por el Perú en la ciudad de Río de Janeiro, el 12 de junio de 1992, la cual tiene por objeto la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera en un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático, señalando que este nivel debería lograrse en un plazo suficiente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático para asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, tiene como objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; a fin, de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional; el artículo 4º, señala que “Las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático se incorporan a las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de inversión de los tres niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, de manera coherente y complementaria, bajo un proceso participativo, transparente e inclusivo del sector privado y de la sociedad civil, con especial énfasis en los pueblos indígenas u originarios, a fin de integrar la gestión del cambio climático y al desarrollo del país en armonía con la naturaleza”. Por lo que, acorde con lo indicado, cada entidad pública a nivel nacional, regional y local está llamada a definir, priorizar y reportar sus acciones concretas de adaptación y mitigación, integrando las variables climáticas en la planificación, y que los instrumentos de gestión, planificación del desarrollo y de inversión sectorial incluyan acciones de adaptación y mitigación; Que, en esa línea, el numeral 5.2. del artículo 5° de la Ley Marco sobre Cambio Climático expresa que: “Los ministerios, los gobiernos regionales y gobiernos locales se constituyen en autoridades competentes en materia de cambio climático y, como tal, promueven, coordinan, articulan, implementan, monitorean y evalúan la gestión integral del cambio climático en el ámbito de sus jurisdicciones, y emiten la normativa correspondiente en el ámbito de sus competencias y funciones; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YXEIRPI

Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030, en la que el Perú tiene como visión, disminuir el índice de fragilidad en menos del 4% y mantener en 55% del índice de biodiversidad y los bienes y servicios que los ecosistemas proveen en relación al 2020, la cual contribuye de manera efectiva a la gestión sostenible de la naturaleza, la adopción de medios frente al cambio climático a la sostenibilidad ambiental y al desarrollo de las personas; Que, con Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, donde en el artículo 22º sobre Estrategias Regionales de Cambio Climático (ERCC), establece que: 22.1 Las ERCC son los instrumentos de gestión integral del cambio climático que orientan y facilitan la acción del Estado a nivel regional; están alineadas a la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), incluyen los planes de acción y contribuyen a la implementación de las Contribuciones Normalmente Determinadas (NDC). 22.2 Las ERCC se elaboran de conformidad con los lineamientos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático según lo establecido en el inciso b) del artículo 6º y de conformidad con los artículos 12º, 13º, 14º, 16º y 17º del presente Reglamento. (…). 22.4 Las ERCC son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos regionales. Las ERCC son formuladas y actualizadas por el gobierno regional en coordinación con la Comisión Ambiental Regional, que incluye a los gobiernos municipales provinciales y distritales; y aprobada mediante ordenanza regional, con opinión previa favorable del MINAM; Que, el instrumento rector que promueve la gestión del Cambio Climático en el Perú es la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, cuyo sustento es la política de estado décima y décimo novena del Acuerdo Nacional. En consideración, el Cambio Climático es una condicionante para el desarrollo sostenible del país. Por ello, sus orientaciones y lineamientos deben ser incluidas en las políticas, planes y programas de los diferentes niveles de gobierno. Así, mediante Decreto Supremo N° 012-2024-MINAM se aprobó la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050; Que, mediante Resolución Ministerial N° 152-2021-MINAM, se aprobó los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático y sus anexos”, con el objetivo de brindar lineamientos metodológicos que orienten la formulación y actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el marco de la implementación de la Ley Marco sobre el Cambio Climático y el Reglamento de la Ley Marco sobre el Cambio Climático; Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2022-MINAM, se aprobó las “Pautas para la Elaboración de Inventarios Regionales de Gases de Efecto Invernadero y sus anexos”. Dicha norma es un instrumento técnico de referencia para los gobiernos regionales en la cuantificación de emisiones y remociones de GEI a nivel de sus respectivas jurisdicciones; Que, por su parte, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, señala que los gobiernos regionales tienen entre sus competencias la formulación e implementación de la ERCC. Es así que la Guía para la elaboración de las estrategias regionales frente al Cambio Climático (MINAM, 2011) destaca que este proceso, incluida su implementación y monitoreo, debe ser liderada por los gobiernos regionales contando con el soporte de su Grupo Técnico Regional de Cambio Climático (GTRCC), y la amplia participación de los líderes sociales, decisores políticos y sociedad civil; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000004-2023-GR-LL/CR, se declara de Interés Regional la Actualización de la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la Región La Libertad; se designa a la Gerencia Regional del Ambiente como responsable del proceso de actualización de la ERCC -LL y se crea el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático de la Región La Libertad-GTRCC; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YXEIRPI

Que, con Oficio N° 00017-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD, la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y la Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero del Ministerio del Ambiente emite la opinión técnica favorable de la propuesta Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050 (ERCC-LL), de acuerdo a los Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de Estrategias Regionales de Cambio Climático, aprobado con Resolución Ministerial N° 152–2021–MINAM; Que, mediante el Informe N°000001-2025-GRLL-GGR-GRAM-SGRN, de fecha 02 de abril del 2025 la Sub Gerencia de Recursos Naturales, recomienda gestionar la aprobación de la Ordenanza Regional que apruebe la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, y se adjunta la propuesta normativa respectiva; Que, de acuerdo al Informe N° 004-2025-GRLL-CERPLAN, de fecha 16 de abril del 2025, el Centro Regional de Planeamiento Estratégico concluye que, el documento "Estrategia Regional de Cambio Climático al 2050 - La Libertad" no solo cumple con requisitos metodológicos necesarios para su aprobación e implementación, sino que también incorpora una participación multisectorial amplia y representativa, asegurando legitimidad y viabilidad en su ejecución. Su enfoque integral y alineamiento con las políticas climáticas nacionales e internacionales justifican una opinión favorable; Que, con Oficio N° 00275-2025-GRLL-GGR-GRAM de fecha 13 de mayo del 2025, el Gerente Regional del Ambiente, hace suyo el Informe N° 0002-2025-GRLL-GGR-GRAM-SGRN emitido por la Sub Gerencia de Recursos Naturales, en los que se concluye que: La Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad (ERCC-LL) actualizada 2025-2050 tiene como objetivo principal fortalecer la resiliencia del territorio y reducir la vulnerabilidad de sus habitantes ante los efectos del cambio climático. Se enmarca en la normativa nacional e internacional, alineándose con la Estrategia Nacional de Cambio Climático 2050 (ENCC) y el Plan Nacional de Adaptación (NAP) y se alinea con los compromisos internacionales asumidos por el Perú, tales como las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) y el Acuerdo de París. Como instrumento vinculante a nivel regional, se integra con el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC), Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), Presupuesto Público y otros instrumentos de inversión, con el fin de incorporar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático. Además, promueve un desarrollo sostenible y bajo en carbono, articulando esfuerzos entre sectores clave y actores públicos y privados mediante un proceso participativo e inclusivo; Que, mediante Informe Legal N° 00086-2025-GRLL-GGR/GRAJ-MSJB de fecha 19 de mayo del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para que se Apruebe la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, mediante Ordenanza Regional, ya que cumple con los requisitos formales para tal fin y no contraviene los preceptos legales establecidos; encontrándose acorde a los lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las estrategias regionales de cambio climático; Que, con Oficio N° 425-2025-GRLL-GGR, de fecha 20 de mayo del 2025, la Gerencia General Regional remite al Consejo Regional y solicita evaluar la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, para lo cual remite los Informes Técnicos y Legal favorable; Que, el artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Que, con Oficio N° 243-2025-GRLL-CR/PRE, de fecha 20 de mayo del 2025, suscrito por la Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YXEIRPI

Presidente del Consejo Regional La Libertad, se remite a la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente, el expediente administrativo en mención para su evaluación y dictamen respectivo; Que, con Oficio N° 019-2025-GRLL-CR/CRNPA, de fecha 20 de junio del 2025, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente del Consejo Regional, Lucia Lilibeth Simon Terrones Contreras, presentó el Dictamen N° 002-2025-GRLL/CR-CRNPA mediante el cual dicho colegiado, aprobó por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la "Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; y; en mérito a lo señalado en los informes técnicos e informe legal adjuntos al expediente remitido por la Gerencia General Regional a través del Sistema de Gestión Documentaria – SGD; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, la Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar la “Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, el mismo que fue aprobado por unanimidad; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad y confianza, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; APROBÓ POR UNANIMIDAD:

LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, la “Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050”, del Gobierno Regional de La Libertad, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que los órganos de línea, unidades ejecutoras y órganos desconcentrados del Gobierno Regional de La Libertad incorporen en sus instrumentos de gestión estratégica, institucional, operativo y de inversión: Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC), Plan Regional de Competitividad, Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), Presupuesto Público, Proyectos de Inversión en las diferentes tipologías y otros instrumentos de gestión e inversión, en el marco de sus competencias y funciones, las medidas de adaptación y mitigación comprendidas en la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, con el propósito de garantizar su ejecución anual y asegurar el cumplimiento efectivo de la presente ordenanza, en coordinación con actores estatales y no estatales. Las Gerencias responsables de la implementación y el reporte de la ERCC son: Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YXEIRPI

▪ Gerencia Regional del Ambiente. ▪ Gerencia Regional de Salud. ▪ Gerencia Regional de Educación. ▪ Gerencia Regional de Agricultura. ▪ Gerencia Regional de la Producción. ▪ Gerencia Regional de Comercio, Turismo y Artesanía. ▪ Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos. ▪ Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. ▪ Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social. ▪ Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. ▪ Gerencia Regional de Infraestructura. ▪ Gerencia de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada. ▪ Gerencia Regional de Defensa Nacional. ▪ Proyecto Especial Chao Virú Moche y Chicama – CHAVIMOCHIC. ▪ Centro Regional de Planeamiento Estratégico – CERPLAN. ▪ Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. ARTÍCULO TERCERO. – PROMOVER, en coordinación con los Gobiernos Locales, Instituciones Públicas con competencias en implementar medidas de adaptación y mitigación frente al Cambio Climático, empresas privadas, organismos no gubernamentales y la Sociedad Civil, la transversalización de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático comprendidas en la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050 en los diferentes instrumentos de desarrollo y de gestión. ARTÍCULO CUARTO. – ENCARGAR, a la Gerencia Regional del Ambiente en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación inmediata y ejecución directa de las acciones y medidas estratégicas planteadas en la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050 que son de competencia regional. ARTÍCULO QUINTO. – ENCARGAR, a la Gerencia Regional del Ambiente, en coordinación con los órganos de línea, unidades ejecutoras y órganos desconcentrados del Gobierno Regional de La Libertad, responsables de la implementación, y, con la participación del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático de la Región La Libertad-GTRCC, el monitoreo, la evaluación y el reporte periódico de la ejecución de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050. ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER: la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad (www.regionlalibertad.gob.pe). ARTÍCULO SÉPTIMO. - DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO OCTAVO. - La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

POR TANTO : Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los ocho días del mes de agosto del año Dos Mil Veinticinco.

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Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad. Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 10.09.2025 16:49:03 -05:00

Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

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