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013-2024-GRLL-CR Regional Ordinance La Libertad In force

Ordenanza Regional N.° 013-2024-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CADENILLAS CORONEL Ever FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 17.10.2024 15:41:05 -05:00

Trujillo, 17 de Octubre de Trujillo, 17 de Octubre del2024

ORDENANZA REGIONAL N°

-2024-GRLL-CR

ORDENANZA REGIONAL N° 000013-2024-GRLL-CR APROBAR EL PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ANTE PELIGROS DE ORIGEN NATURAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 2024-2030. EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Estado; la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley N° 27680: la Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley N° 27867, sus modificatorias y demás normas complementarias; y, EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 20 de setiembre del 2024: el Dictamen N° 0022024-CDNYSC emitido por la Comisión Ordinaria de Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana, presidida por la Consejera Regional Tania Lorena Carranza Blas, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “APROBAR EL PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ANTE PELIGROS DE ORIGEN NATURAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 2024-2030”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú; así como la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 5° de la citada norma, establece que la misión de los Gobiernos Regional es organizar, conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integran y sostenible de la región. Así mismo, en su artículo 6° señala que el desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a general condiciones que permitan el crecimiento armonizado con la dinámica demográfica, en el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, encaminado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igual de oportunidades; Que, en el artículo 61, del mismo cuerpo legal, sobre las funciones del Gobierno Regional en materia de Defensa Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, controlar y administrar las políticas regionales en materia de defensa y seguridad ciudadana en concordancia con la política general, del Gobierno y los planes sectoriales y locales y literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención desastres y brindar ayuda e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, en el numeral 9.1. del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que, la Autonomía Política: es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes;

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 17.10.2024 15:37:39 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VKRMGSN

Que, la Ley N° 27867 y sus modificatorias las leyes N° 27902 y la N° 28013, establecen que los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados y al cumplimiento de objetivos y metas explícitas y de conocimiento público, señalando asimismo en el artículo 9°, que los Gobiernos Regionales tienen competencias constitucionales para promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes, en armonía con el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC); Que, la Política de Estado 32 “Gestión del Riesgo de Desastres”, indica: “Nos comprometemos a promover una política de gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas; así como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en las zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades con equidad e inclusión, bajo un enfoque de procesos que comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción”; Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD, con la Ley N°29664 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N°048-2011-PCM, que en su Artículo Art. 14º.- Los Gobiernos Regionales y Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia; Que, el Decreto Supremo N°048-2011-PCM, Reglamento de la Ley N° 29664, Artículo 11°. - Los Gobiernos Regionales y Locales identifican el nivel de riesgo existente en sus áreas de jurisdicción y establecen un plan de gestión correctiva del riesgo, en el cual se establecen medidas de carácter permanente en el contexto del desarrollo e inversión. Así también, en el Artículo 39°. - Planes específicos por proceso, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, el Plan de Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres; Que, la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobada con Decreto Supremo N° 038-2021- PCM; Constituye una política nacional multisectorial cuya conducción está a cargo de PCM. Es de aplicación para todas las entidades de la administración pública, responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la presente política; Que, el Decreto Supremo N°115-2022-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2030, establece las líneas estratégicas, los objetivos y las acciones de carácter plurianual necesarias para concretar lo establecido en la Ley y la Política Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres; Que, con Resolución Ejecutiva Regional N°000145-2024-GRLL-GOB, se RESUELVE actualizar la constitución del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional La Libertad, como espacio interno de articulación para el cumplimiento de las funciones de la Gestión del Riesgo de Desastres en su jurisdicción; siendo el Secretario Técnico el Subgerente de Defensa Civil. Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 1589-2018-GRLL/GOB, se conformó el Equipo Técnico encargado de formular el PPRRD de la Región La Libertad, el mismo que está integrado por personal profesional de las Gerencias y Subgerencias de: Gerencia Regional del Ambiente, Gerencia Regional del Centro Regional de Planeamiento Estratégico – CERPLAN, Gerencia Regional de Salud, Gerencia Regional de Educación, Gerencia Regional de Producción., Gerencia del Proyecto Especial Chavimochic, Gerencia Regional del Ambiente, Gerencia Regional de Agricultura, Gerencia del Proyecto Especial Parque Industrial de Trujillo y la Sub Gerencia de defensa Civil;

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VKRMGSN

Que, con OFICIO N° 000982-2022-GRLL-GGR-ORDN-SGDC, se solicitó al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres–CENEPRED, Asistencia Técnica para la elaboración del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres- PPRRD Región La Libertad, es así que, se nos asigna a la Lic. Mariela Gallo Meléndez; Que, el Equipo Técnico encargado de formular el PPRRD, el equipo técnico del CENEPRED y profesionales de Save The Children, se han reunido en diferentes oportunidades a fin de desarrollar el Taller de Formulación del PPRRD La Libertad 2024- 2030, donde se formuló el Objetivo General, Objetivos Específicos, Objetivos Estratégicos, así como las Acciones prioritarias, programas y/o proyectos; Que, con fecha 14 de diciembre del 2023, Equipo Técnico encargado de formular el PPRRD de la Región La Libertad validó el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030”; Que, con fecha 24 de mayo del 2024 se presentó el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030” a cargo del Subgerente de Defensa Civil, Ing. Wilfredo Agustín Díaz, el mismo que fue Validado por el Grupo de Trabajo; Que, de acuerdo al Informe N° 000049-2024-GRLL-GGR-ORDN-SGDC-MTS de fecha 09 de julio del 2024, la Sub Gerencia de Defensa Civil de la Gerencia Regional de Defensa Nacional concluye: “El Plan de prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, el cual ha sido validado y aprobado por el equipo técnico (conformado por 10 gerencias, mediante Resolución Ejecutiva Nº 1589-2018-GRLL/GOB), con acta de reunión de fecha 14 de diciembre del presente año. Así mismo ha sido aprobado por el Grupo de Trabajo mediante acta de fecha 24 de mayo y recomienda enviar el presente informe con el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - PPRRD La Libertad, a la gerencia correspondiente para luego ser elevada al Consejo Regional para su aprobación y posterior publicación” Que, mediante Oficio N° 0000909-2024-GRLL-GGR-ORDN de fecha 24 de julio del 2024, la Gerencia Regional de Defensa Nacional adjunta informe técnico, exposición de motivos, y Proyecto de Ordenanza Regional para Aprobación del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – PPRRD LA LIBERTAD; Que, según Informe Técnico N° 000048-2024-GRLL-GGR-GRPAT-SGP, de fecha 15 de agosto del 2024 la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial concluye que, el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030 SE ARTICULA con el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional La Libertad (PEI) 2020-2026, y recomienda que el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030 continúe con su trámite hasta su aprobación. Que, en mérito al Informe Legal N° 324-2024-GRLL-GGR-GRAJ-MCA, de fecha 19 de agosto del 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030”; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y modificatoria Ley 27902; asimismo por voto de mayoría se consideró APROBAR EL “PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ANTE PELIGROS DE ORIGEN NATURAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 2024-2030”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191 º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento Interno del Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VKRMGSN

Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005·2010"GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional: HA APROBDO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030”, validado y aprobado por el Grupo de Trabajo mediante Acta de fecha 24 de mayo del 2024. ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR, a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, el monitoreo, seguimiento, evaluación y actualización del “Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres ante Peligros de Origen Natural del Departamento de La Libertad 2024-2030”, en coordinación con las instancias pertinentes según corresponda. ARTICULO TERCERO. - DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “EI peruano”, diario de mayor circulación de la Región, en el portal web institucional del Gobierno Regional de la Libertad. ARTÍCULO CUARTO. - La presenta Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “EI Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los diecisiete días del mes de octubre del año Dos Mil Veinticuatro

Documento firmado digitalmente por EVER CADENILLAS CORONEL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21.10.2024 11:27:50 -05:00

Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VKRMGSN


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