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011-2023-GRLL-CR Regional Ordinance La Libertad In force

Ordenanza Regional N.° 011-2023-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por ESCOBAL ORDOÑEZ Veronica Rebeca FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 08.11.2023 09:06:48 -05:00

Trujillo, 08 de Noviembre del 2023

ORDENANZA REGIONAL N° 000011-2023-GRLL-CR “APRUEBAN LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL CAP-P DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN LO QUE CORRESPONDE A LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En sesión ordinaria de fecha 7 de noviembre de 2023, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 00716-2023-GRLLGGR, remitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad; mediante el cual solicita evaluar la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional relativo a “APROBAR la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional de La Libertad, en lo que corresponde a la Gerencia Regional de Salud y sus órganos desconcentrados”, la misma que solicita sea tramitada, contando con los documentos sustentatorios respectivos Oficio N° 00826-2023-SERVIR-PE que contiene el Informe Técnico N° 000200-2023-SERVIR-GRDSRH; Informe Técnico N° 147-2023-GRLLGGR-GRS-OAD-UTF. PERS; Oficio N° 0804-2023-GRLL-GGR-GRS-OP e Informe Legal N°240-2023-GRLLGGR-GRAJ/CCA, Dictamen N° 001-2023-GRLL-CR/COS de fecha 6 de noviembre de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que prescribe que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902, establece en su artículo 38° que el Consejo Regional, como Órgano Normativo del Gobierno Regional, tiene atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales; Que, la Ordenanza Regional N° 008-2011–GR-LL/CR aprueba la modificación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional La Libertad; Que, la Ordenanza Regional N° 00010-2022-GRLL/CR aprobó la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados; Que, la Ley N° 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo, como mínimo del 20% de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2019-SA. Dicho nombramiento fue progresivo y autorizado por tramos en cada año fiscal, quedando pendiente para el presente ejercicio fiscal el último 20%; Que, mediante la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023, se autoriza los siguientes nombramientos: ● Literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 autoriza el nombramiento de hasta el cien por ciento (100%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS), a los que se refiere la Ley 30957 (…); Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 08.11.2023 09:04:20 -05:00

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: IEVBTFI

● Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final (DCF) autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, contratados al 31 de julio de 2022 bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 ; y, se encuentren registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de la citada Ley, así como el nombramiento del personal de la salud contratado en plaza vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo 1153. Que, según Resolución Directoral N° 133-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 13 de febrero del 2023, el Ministerio de Salud aprobó la relación nominal de 1042 declarados aptos para el nombramiento, considerados en el Anexo 1A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA y sus posteriores modificatorias, cuyo nombramiento corresponde efectuarse durante el último trimestre del año 2023; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 764-2023/MINSA de fecha 11 de agosto del 2023 el Ministerio de Salud aprobó la relación nominal del personal de la salud declarado apto para el nombramiento, identificado en el marco de lo dispuesto en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público 2023, Que, es necesario incorporar los cargos aprobados a través de las resoluciones ministeriales antes citadas en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados, con la finalidad de llevar a cabo los dos (02) procesos de nombramiento autorizados por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023; Que, en aplicación del numeral 6.2.1.2 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00150-2021-SERVIR-PE, prescribe el Supuesto 2 para la elaboración del CAPProvisional e indica las excepciones a las prohibiciones de ingreso de personal “Las entidades públicas que, a través de la Ley de Presupuesto Público para el año fiscal correspondiente otra norma sustantiva, son exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación, pueden emplear este supuesto; debiendo contar con la información presupuestal que justifique la creación e incremento de cargos o posiciones.” (Énfasis propio) Que, la Gerencia Regional de Salud La Libertad, en cumplimiento a lo establecido en el numeral 6.2.3.1 de la citada Directiva, presenta el sustento de las propuestas de CAP Provisional de la GERESA y sus 15 Unidades Ejecutoras mediante Informe Técnico N° 00147-2023-GRLL-GGR-GRS-OAD-UTF PERS, emitido por la Unidad Técnica Funcional de Personal de la Oficina de Administración; Que, asimismo, el numeral 5.2.4 de la Directiva precitada dispone que la propuesta de CAP Provisional debe estar acompañada de la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) que verse sobre el alineamiento de cargos estructurales con los órganos y las unidades orgánicas del ROF y MOF vigente; en este sentido, la Oficina de Planificación brinda la opinión favorable a través del Oficio N° 000804-2023-GRLL-GGR-GRS-OP adjuntando el Informe N° 008-2023-GRLL-GGR-GRS-OP/JJQS; Que, mediante Oficio N° 3124-2023-GRLL-GGR-GRSS, con fecha 30 de octubre del 2023, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad, solicitó opinión técnica favorable a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR en relación a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud y sus (15) unidades ejecutoras; Que, a través del Oficio N° 000826-2023-SERVIR-PE, con fecha 30 de octubre del 2023, la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional de Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 000200-2023SERVIR/GDSRH con la opinión técnica favorable respecto al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Gerencia Regional de Salud y sus (15) unidades ejecutoras; Que, en cumplimiento del numeral 6.3.1.8 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH señala que “de darse opinión técnica favorable, incluyendo el otorgamiento de una excepción cuando corresponda, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante oficio de PE de SERVIR, para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, en atención a los siguientes escenarios: Por Ordenanza Regional: Gobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al gobierno regional.” (Énfasis propio)

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: IEVBTFI

Que, por lo expuesto en los parágrafos precedentes, la Gerencia Regional de Salud La Libertad mediante Oficio N° 3269-2023-GRLL-GGR-GRSS, con fecha 02 de noviembre del 2023, remite a la Gerencia General del Gobierno Regional La Libertad, la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P para su aprobación mediante Ordenanza Regional; para tal efecto, adjunta el Informe Técnico N° 000147-2023-GRLL-GGR-GRS-OAD-UTF PERS; Que, mediante Proveído N° 23708-2023-GRLL-GGR de fecha 02 de noviembre del 2023, el Gerente General del Gobierno Regional La Libertad, remite el expediente administrativo conteniendo todos los recaudos a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; Que, con Informe Legal N° 240-2023-GRLL-GGR-GRAJ/CCA de fecha 3 de noviembre del 2023 la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto a la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Gerencia Regional de Salud y sus (15) unidades ejecutoras; Que, con Oficio N° 00716-2023-GRLL-GGR de fecha 3 de noviembre del 2023, el Gerente General del Gobierno Regional La Libertad, solicita a la Presidente del Consejo Regional La Libertad evaluar la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional relativo a la aprobación de MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL – CAP-P DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN LO QUE CORRESPONDE A LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 7 noviembre del 2023, la Presidente del Consejo Regional, sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional relativo a la aprobación de MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL – CAP-P DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN LO QUE CORRESPONDE A LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS; la misma que previo detalle, fue sometida a votación correspondiente, siendo aprobado por unanimidad. En dicha sesión se contó con la participación del Gerente Regional de Salud y equipo técnico, así como del Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, cuyas intervenciones constan en el acta de su propósito; Que, en virtud del principio de la buena fe y presunción de la veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones contenidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional; ACORDÓ POR UNANIMIDAD; ARTICULO PRIMERO. – APROBAR la Modificación del cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP-P de la Gerencia Regional de Salud y de sus Órganos Desconcentrados, que cuenta con (8320) cargos totales de los cuales (5816) tienen condición de ocupados y (2504) la condición de previstos, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, siendo que para el año fiscal 2023 se han aprobado un total de (1493) cargos para los dos (2) procesos de nombramiento, detallados en el Anexo 2, cuyo texto también forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. ARTICULO SEGUNDO. – ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Ordenamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Salud La Libertad, la implementación de la presente norma regional. ARTICULO TERCERO. – ENCARGAR al Gobernador Regional de La Libertad se sirva remitir una copia autenticada del Cuadro para Asignación de Personal provisional - CAP-P aprobado, al Ministerio de Salud y a la entidad SERVIR.

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ARTICULO CUARTO. – NOTIFCAR la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, a la Gerencia General Regional, a las Gerencias Regionales: Planeamiento y Ordenamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Salud La Libertad. ARTICULO QUINTO. – DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el Diario de mayor circulación del ámbito regional y su difusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad una vez publicada en el Diario Oficial, de conformidad con lo regulado en el Artículo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. ARTICULO SEXTO. – DÉJESE sin efecto toda disposición legal según corresponda, en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEPTIMO: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en Portal Electrónico de la Región La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación En Trujillo, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.

Documento firmado digitalmente por VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 08.11.2023 13:16:26 -05:00

Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

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ANEXO 1

RESUMEN DE CARGOS SEGÚN POSICIONES EN CAP PROVISIONAL

CAP - PROVISIONAL

UNIDADES EJECUTORAS

OCUPADOS

PREVISTOS

TOTAL

Gerencia Regional de Salud La Libertad

Red de Salud Bolívar

Instituto Regional de Oftalmología Javier Servat Univazo

Salud Trujillo Norte Ascope - Hospital Regional Docente Trujillo

Salud Trujillo Sur Oeste - Hospital Belén de Trujillo

Red de Salud Chepén

Hospital de Apoyo Chepen

Red de Salud Pacasmayo

Hospital de Apoyo Tomás La Fora

Red de Salud Sánchez Carrión

Hospital de Apoyo Leoncio Prado

Red de Salud Santiago de Chuco

Hospital de Apoyo César Vallejo Mendoza

Red de Salud Otuzco

Hospital Elpidio Berovides Pérez

Red de Salud Trujillo Este

Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Norte – IREN Norte Dr. Luis Pinillos Ganoza

Red de Salud Julcán

Red de Salud Virú

Red de Salud Ascope

Red Gran Chimú

Red de Salud Pataz

Total de cargos

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ANEXO 2 RESUMEN DE CARGOS APROBADOS PARA PROCESO DE NOMBRAMIENTO Total PEA para procesos de nombramientos Cargos aprobados para procesos de nombramientos (Supuesto 2)

Ley N° 31638 N°

Unidades Ejecutoras

69° DCF

RM. 133-2023

RM. 7642023

Gerencia Regional de Salud La Libertad Red de Salud Bolívar

Literal n), numeral 8 del artículo 8°

Instituto Regional de Oftalmología Javier Servat Univazo Salud Trujillo Norte Ascope Hospital Regional Docente Trujillo Salud Trujillo Sur Oeste Hospital Belén de Trujillo

Suma ambos nombramientos Creados

Previstos

Ocupados

Red de Salud Chepén

Hospital de Apoyo Chepen

Red de Salud Pacasmayo

Red de Salud Otuzco

Hospital Elpidio Berovides Pérez

Red de Salud Trujillo Este

Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Norte – IREN Norte Dr. Luis Pinillos Ganoza

Red de Salud Julcán

Red de Salud Virú

Red de Salud Ascope

Red Gran Chimú

Red de Salud Pataz

Hospital de Apoyo Tomás La Fora Red de Salud Sánchez Carrión Hospital de Apoyo Leoncio Prado Red de Salud Santiago de Chuco Hospital de Apoyo César Vallejo Mendoza

Total de cargos

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