Ordenanza Regional N.° 010-2025-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 19.06.2025 12:14:36 -05:00
Trujillo, 19 de Junio del de 2025 Trujillo, 19 de Junio
ORDENANZA REGIONAL N°
-2025-GRLL-CR
ORDENANZA REGIONAL N° 000010-2025-GRLL-CR
“APRUEBAN EL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD” – PRCP LA LIBERTAD 2024-2033 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 17 de junio del 2025, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 044-2025-GRLL/CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Lic. Indhira Leyla Espir Calderón, Comisión integrada por el Sr. Luis Alberto Rodríguez Ponce y el Sr. Segundo Aurelio Cepeda Uriol, que contiene el Dictamen N° 19-2025-GRLL/CR-COMPLAN, relativo al Proyecto de Ordenanza Regional para la Aprobación del Plan Regional de Competitividad y Productividad – PRPC La Libertad 2024-2033, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que prescribe que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inciso f) del Artículo 9 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía Política, Económica y Administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la Gestión Pública Regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Región, conforme lo señala los artículos 2°, 4° y 5° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales; sus normas y disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 19.06.2025 11:16:53 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
Que, el Artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del Artículo 15 de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, asimismo el Artículo 32º de la precitada Ley N° 27867 define que: la Gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado, de mediano y largo plazo, así como por el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional; Que, el artículo 8° numeral 13) de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece: El Gobierno Regional, tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad Regional. Para ello, promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; Que, el artículo 18° numeral 18.3 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que, la planificación y promoción del desarrollo debe propender y optimizar las inversiones con la iniciativa privada, inversión púbica con participación de la comunidad y la competitividad a todo nivel; también la referida norma en su artículo 35° literal d), prevé que los Gobiernos Regionales, deben promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Finalmente, el literal g) del artículo 36 contempla que, una de las competencias compartidas de los Gobiernos Regionales, es la competitividad regional y la promoción del empleo productivo, en todos sus niveles, concertando los recursos públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprobó la Política de Competitividad y Productividad, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. Por otro lado, al artículo 3° de la precitada norma legal, señala que, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, conduce la Política Nacional de Competitividad y Productividad; Que, mediante Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad; la Disposición Complementaria Final Única señala que, las Entidades del Estado responsables de la implementación de las medidas que se encuentran comprendidas en el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, deben considerarlos en sus respectivos Planes Estratégicos y Operativos Institucionales en lo que corresponda. Adicionalmente, el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización realiza los ajustes que sean necesarios al Plan Nacional de Competitividad, conforme a la normativa que emita el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico referida a los Planes Estratégicos Multisectoriales; Que, el Capítulo II. Objetivo y alcance de la precitada norma legal, señala que, a fin de incorporar el enfoque territorial de la identificación e implementación de políticas orientadas al cumplimiento de los objetivos prioritarios y lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP) a nivel Regional, se propone el diseño de implementación de los Planes Regionales de Competitividad y Productividad (PRCP). Los PRCP se encontrarán alineados a otros instrumentos de planificación de las regiones, tales como, los Planes Regionales de Desarrollo Concertado y los Planes Regionales de Exportación, e incluirán acciones específicas acorde al cumplimiento de los objetivos prioritarios definidos en el PNCP; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
Que, el Consejo Regional de La Libertad del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Ordenanza Regional N° 007-2023-GRLL-CR de fecha 03 de agosto de 2023, aprobó el PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO – PDRC LA LIBERTAD 2023-2033, el mismo que tiene como propósito, orientar al desarrollo integral del territorio de La Libertad a fin de mejorar el bienestar de su población, el mismo rige la gestión del Gobierno Regional y la articulación con los actores del territorio para el logro de la visión, los objetivos y las metas concertadas; Que, mediante Supremo N° 203-2024-EF, se aprobó la actualización del Plan Nacional de Competitividad y Productividad – PNCP 2024-2030, siendo su propósito el de servir de enlace entre la visión de un Perú más competitivo, formulado y diseñado a partir de la Política Nacional de Competitividad y Productividad (Decreto Supremo N° 345-2018-EF), que sienta las bases; Que, al amparo de las disposiciones acotadas, el Consejo Regional de La Libertad, mediante Ordenanza Regional N° 0016-2023- GRLL-CR, de fecha 28 de diciembre del 2023, Declara de Interés y Prioridad y, Aprueba el inicio del proceso de elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de La Libertad (PRCP-LL) al año 2033, así como actualizar la organización del Consejo Regional de Competitividad y Productividad de La Libertad (CRCP-LL), asimismo la Secretaria Técnica recae en la Gerencia General Regional del GR-LL, que para cumplir con dicha función coordina y recibe el apoyo de alto nivel del Centro Regional de Planeamiento Estratégico (CERPLAN); Que, mediante Oficio N° 280-2024-EF/35.01 de fecha 12 diciembre 2024, el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización-CNCF del Ministerio de Economía y Finanzas-MEF, comunica sobre la situación actual de la asistencia técnica del CNCF en la elaboración del PRCP de la región La Libertad al 2033 y remisión del proyecto de texto del PRCP, adjunta a la vez el Informe N° 001-2024-EF/AMAM, el cual indica: “Habiéndose concluido con las actividades de asesoría técnica para la elaboración del proyecto de texto del PRCP La Libertad al 2033, se recomienda remitirla oficialmente al Gobernador Regional de La Libertad, en su calidad de presidente del CRCP para su conocimiento y presentación ante el Consejo Directivo del CRCP para su aprobación”; Que, Mediante Acta de la Primera Sesión Ordinaria de año 2025 del Consejo Directivo del Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de La Libertad, de fecha 18 marzo 2025, se presenta el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 20242033, la misma que en ítem IV: Desarrollo de actividades y acuerdo, se precisa, ACUERDO UNICO: APROBAR POR UNANIMIDAD el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033; Que, mediante Ordenanza Regional N° 0004-2025-GRLL-CR, de fecha 07 de abril de 2025, en su artículo primero, se aprueba: MODIFICAR, el Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional N° 00162023-GRLL-CR de fecha 28 de diciembre del 2023, que aprueba la actualización de la organización del Consejo Directivo, Secretaría Técnica y los Comités Técnicos Público-Privados Regionales (CTPPR) como integrantes del CRCP-LL; Que, mediante Informe N° 003-2025-GRLL-GGR-CERPLAN, de fecha 08 de abril del 2025, el Gerente del Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN, brinda opinión favorable a la necesidad de Aprobar mediante Ordenanza Regional el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033; Que, mediante Informe Legal N° 00040-2025-GRLL-GGR-GRAJ-, de fecha 11 de abril del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, informa que estando a la vista los antecedentes y el Informe N° 003-2025-GRLL- GGR/CERPLAN, opina que resulta procedente aprobar la propuesta de Ordenanza Regional sobre la aprobación de el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
Que, mediante Oficio N° 312-2025-GRLL-GGR, de fecha 28 de abril del 2025, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1621-2015-GRLL/GOB; y, contando con las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional relativo a la aprobación de el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033; Que, mediante Proveído N° 486-2025-GRLL-CR, de fecha 29 de abril del 2025, la Presidenta del Consejo Regional, Sra. Tania Lorena Carranza Blas, solicita a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emitir dictamen, conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, con Oficio N° 044-2025-GRLL-CR-COMPLAN, de fecha 08 de mayo del 2025, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Lic. Indhira Leyla Espir Calderón, se remite el Dictamen N° 019-2025-GRLLCR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Aprobar el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033”; Que, en Sesión Extraordinaria Presencial del Consejo Regional de fecha 17 de junio del 2025; se debatió el Dictamen N° 019-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presidida por la Consejera Regional, Sra. Indhira Leyla Espir Calderón, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 20242033; Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias que señala: "Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º, 61º y 63º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR UNANIMIDAD LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033, documento de gestión territorial (que como anexo forma parte de la presente), contiene 34 medidas y 262 hitos distribuidos en 09 Objetivos Prioritarios. El PRCP La Libertad 2024–2033 tiene como objetivo incrementar el bienestar de la población a través de la competitividad y productividad, con miras a tener un departamento más competitivo en los mercados, tanto nacional como internacional. ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR de Prioridad Regional la Implementación, Aplicación y Cumplimiento del Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 20242033, por las Instituciones Públicas y Privadas en el Ámbito del Departamento de La Libertad, en coordinación con el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización del Ministerio de Economía y Finanzas. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del GRLL (quien recibe el apoyo de alto nivel del CERPLAN), la función de Secretaría Técnica del Consejo Regional de Competitividad y Productividad de La Libertad, encargada de liderar, articular y coordinar con las Instituciones Pública-Privada regionales a nivel regional y nacional, Comités Técnicos Público–Privado Regionales, la implementación del Plan Regional de Competitividad y Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033; así como, la implementación y administración de la Unidad Técnica de Seguimiento y Monitoreo con la Plataforma Informativa “AYNI La Libertad”, en coordinación con la Gerencia Regional Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del GR-LL. La Subgerencia de Tecnologías de la Información brindará la asistencia y soporte técnico, almacenamiento y resguardo de la información y proveer la conectividad necesaria, para el adecuado funcionamiento de la plataforma “AYNI La Libertad”. ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que los Comités Técnicos Público-Privados Regionales (CTPPR), conformados por (de acuerdo a Ordenanza Regional N° 0004-2025-GRLL-CR, de fecha 07 de abril de 2025): 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Infraestructura. Conductor: Gerencia Regional de Infraestructura del GR-LL Capital Humano. Conductores: Gerencia Regional de Salud y Gerencia Regional de Educación del GR-LL Innovación. Conductores: CREEAS La Libertad y, Gerencia de Proyecto Especial Chavimochic Financiamiento. Conductor: Gerencia Regional de La Producción del GR-LL Mercado Laboral. Conductor: Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del GR-LL Ambiente de Negocios. Conductores: Cámara de Comercio y Producción de La Libertad y, Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del GR-LL Comercio Exterior. Conductor: Comité Ejecutivo Regional Exportador (CERX La Libertad) y, Gerencia Regional de Comercio, Turismo y Artesanía del GR-LL Institucionalidad. Conductor: Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del GR-LL Sostenibilidad Ambiental. Conductores: Gerencia Regional del Ambiente del GR-LL y, CGRA La Libertad.
Tengan como función: a) b)
La implementación del Plan Regional de Competitividad y Productividad: PRCP La Libertad 2024-2033, en coordinación con la Secretaría Técnica. De ser necesario y si lo requiere la naturaleza del trabajo, previa aprobación de la Secretaría Técnica, podrán participar como invitados, representantes de instituciones públicas, privadas, organismos no gubernamentales sin fines de lucro, instituciones académicas y de investigación, entre otros.
ARTÍCULO QUINTO.- FACULTAR al Gobernador Regional de La Libertad para que, mediante Resolución Ejecutiva Regional, pueda emitir las Normas Técnicas y Reglamentarias necesarias para la implementación de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEXTO.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano", diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad: www.regionlalibertad.gob.pe. Asimismo, remitir un ejemplar de la presente ordenanza al Consejo Nacional de Competitividad y Formalización del Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde su publicación. ARTÍCULO SEPTIMO.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
POR TANTO: Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. Dado en la Ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional La Libertad, el 19 de junio de año dos mil veinticinco. Documento firmado digitalmente por
TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
Al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 11.07.2025 16:16:54 -05:00
Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD .
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VTOUXFO
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