Decreto Regional N.° 004-2025-GRLL-GOB
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Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 18.09.2025 12:11:46 -05:00
Trujillo, 18 de Septiembre dedel
Trujillo, 18 de Septiembre
DECRETO REGIONAL N°
-2025-GRLL-GOB
DECRETO REGIONAL N° 000004-2025-GRLL-GOB " DECLARAR FERIADO NO LABORABLE”
CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de fecha 04 de abril del 2025, la Asociación Internacional Club de Leones de Trujillo, indica que desde el 21 de septiembre al 28 de septiembre del 2025 se llevará a cabo el 73° Festival Internacional de Primavera, evento tradicional que promueve el turismo en la región La Libertad; por lo que solicita, se declare día feriado no laborable en la provincia de Trujillo el día viernes 26 de septiembre 2025; Mediante Informe N° 013-2025-GRLL-GGR-GRCTASGT, de fecha 21 de abril del 2025, la Sub Gerencia de Turismo, de la Gerencia Regional de Comercio, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional La Libertad, emite opinión técnica favorable para la declaración del día viernes 26 de septiembre 2025, como “Día Feriado No Laborable” en el ámbito de la provincia de Trujillo; Que, mediante Informe Legal N° 000251-2025-GRLLGGR-GRAJ-MMCA, de fecha 07 de agosto del 2025, ratificado por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica mediante Oficio No 1602-GRLL-GGR-GRAJ, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la viabilidad de la solicitud del Club de Leones de Trujillo respecto de declarar el día viernes 26 de setiembre de 2025 como día feriado no laborable en el ámbito público de la provincia de Trujillo; Que, los Gobiernos Regionales cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo previsto en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Firmado digitalmente por NAMAY VALDERRAMA Herguein Martin FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 18.09.2025 10:15:22 -05:00
Firmado digitalmente por VILLANUEVA GUERRERO Angelica Lucia FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 18.09.2025 08:52:58 -05:00
Que, de acuerdo al artículo 47° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de cultura, entre otras, la establecida en el Inc. k) que señala: “Promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales.”; Que, es política del Gobierno Regional La Libertad, promover y difundir las manifestaciones culturales de la región que engrandecen el Departamento de La Libertad; así como, promover actividades en materia de turismo, acorde con lo establecido en el inciso g) del Artículo 9º de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por su parte, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 15621, de fecha 22 de setiembre del año 1965, se declara oficial la Semana del Festival Internacional de la Primavera que se celebra en Trujillo y se autoriza señalar
Firmado digitalmente por LOZANO CHAVEZ Nelson Ivan FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 18.09.2025 08:10:25 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: BVBYWLV
anualmente un día feriado dentro de la semana, así como la exoneración de impuestos a los espectáculos púbicos; Asimismo, el Decreto Supremo N° 094-87-PCM, declara el día central del festival como feriado no laborable y la exoneración de impuestos espectáculos púbicos; Que, en el caso de autos el Festival Internacional de la Primavera que organiza el Club de Leones de Trujillo se ha constituido en uno de los eventos turísticos más representativos de nuestra región, por su connotación internacional y su posicionamiento en el calendario turístico nacional, generando una mayor dinámica económica en la oferta de bienes y servicios, debido al incremento del flujo de visitantes internacionales y nacionales, así como la participación de las poblaciones regionales y locales. Tal es así que en el presente año, desde el 21 al 28 de septiembre del 2025, se desarrollará la 73° edición de dicho evento con una serie de actividades contenidas en su programación, que incluye además de actividades culturales y turísticas, actividades sociales para cumplir con sus objetivos de servicio en beneficio de la comunidad; por lo que la directiva del Club de Leones de Trujillo ha solicitado la declaración del día viernes 26 de setiembre 2025 como día feriado no laborable con la finalidad de facilitar la participación de la población, conforme se ha venido efectuando en las ediciones pasadas; Bajo este contexto, en mérito a las disposiciones legales antes esbozadas y considerando la importancia y transcendencia alcanzada por el Festival Internacional de la Primavera y sus especiales características a nivel del Gobierno Regional, resulta procedente atender lo solicitado por el Club de Leones de Trujillo y declarar el viernes 26 de setiembre del 2025 como feriado no laborable en la provincia de Trujillo, para los trabajadores que prestan servicios en la entidades públicas; con la finalidad de facilitar el acceso de la población y los visitantes a los diferentes actos programados por el mencionado Festival; De conformidad con lo establecido en el artículo 40º parte in fine e inc. k) del artículo 47° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, estando al Acta de Gerentes Regionales Nº 18-2025AGR-GRLL y contando con las visaciones de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Comercio, Turismo y Artesanía y Gerencia General Regional;
SE DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FERIADO NO LABORABLE el día viernes 26 de setiembre del 2025, para los trabajadores que prestan servicios en las entidades públicas en el ámbito de la provincia de Trujillo, con motivo de la celebración del 73º Festival Internacional de Primavera.
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ARTÍCULO SEGUNDO.- COMPENSAR las horas dejadas de laborar a partir del día lunes 29 de setiembre del 2025, conforme a lo establecido por el titular de la Entidad Pública, en función a sus propias necesidades. ARTÍCULO TERCERO.– DISPONER, sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, que los titulares de las entidades del sector público adopten las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día feriado. ARTÍCULO CUARTO.- ESTABLECER que las Entidades y Centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la compensación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador. ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFICAR, al Club de Leones de Trujillo y dependencias del Gobierno Regional La Libertad. ARTÍCULO SEXTO.- PUBLICAR el presente Decreto Regional en el portal web del Gobierno Regional La Libertad. Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
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