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004-2011-GR-LL-PRE Regional Decree La Libertad In force

Decreto Regional N.° 004-2011-GR-LL-PRE

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DECRETO REGIONAL N° 004 -2011-GRLL-PRE

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

VISTO: El Oficio N* 411-2011-GRLL-GGR/GRSA de fecha 16 de marzo del 2011 mediante el cual el Gerente Regional de Agricultura - La Libertad, en base al Informe Técnico N° 0002-GRLL-GGR/GRSASAV-GLV de fecha 15 de marzo del 2011 e Informe Legal N* 00005-2011-GRLL-GGR/GRSA de fecha 15 de marzo del 2011, propone se declare en situación de emergencia a la provincia de Julcán por la sequía que viene afectando a la agricultura en esa zona de la Región La Libertad.

. 2 pa CONSIDERANDO: , .

Que, la Gerencia Regional de Agricultura, a través de los informes referidos en la parte expositiva, informa que en la provincia de Julcan, las precipitaciones han sido escasas o casi nulas desde el mes de agosto del 2010 a la fecha, lo que ha originado que los agricultores no instalen el área normal de cultivos y solo hayan instalados 3,514 hectáreas de 4,438 hectáreas, resultando afectados los cultivos de papa,

cebada y trigo; y en ganadería principalmente el ganado vacuno y ovino. Los agricultores afectados son aproximadamente 800, quienes atraviesan necesidades económicas para el sustento de su familia.

Que, la falta de recursos hídricos por ausencia de lluvias en la oportunidad y en las cantidades necesarias, afecta gravemente a la agricultura produciendo daños de impacto negativo irreversible.

Que, ante esa situación el Gobierno Regional La Libertad estima necesario, por razones de interés público, adoptar acciones y medidas inmediatas para mitigar los efectos de la problemática anteriormente expuesta.

En ejercicio de las facultades que confiere la Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N* 27867.

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declarar, en situación de emergencia a la provincia de Julcán, con todos sus distritos, por el plazo de sesenta (60) días calendario, a efecto que los diversos niveles de gobierno municipal, regional y nacional adopten las medidas pertinentes a fin de mitigar los efectos de la sequía.

ARTICULO 2°.- Encargar a la Gerencia Regional de Agricultura la determinación de los caseríos y sectores afectados para los fines del presente decreto regional

ARTICULO _3".- La Presidencia Regional conformará una Comisión Especial de Trabajo, que estará presidida por el Gerente Regional de Agricultura, para que en el plazo de 30 días calendario formule o proponga una primera evaluación y lineamientos de base, a efectos de la formulación de un urgente plan integral de recuperación.

ARTICULO 4°.- Disponer la publicación del presente decreto regional tanto en el diario oficial “El Peruano” como en el diario de avisos judiciales "La República” y su difusión en los demás medios de comunicación. .

Dado en Trujillo, a los diecisiete dias del mes de Marzo del año dos mil once

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE =

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(OSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/468628-004-2011-gr-ll-pre PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/577572/336473092046124370920200406-89391-10wmm0t.pdf