Decreto Regional N.° 003-2016-GRLL-GOB
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GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
sal) AUTENTICADO
AT!
Sra. Teresa Jesús Calderón Vejarano A
Reg We! AV po 2 2.0 JUN. 2016 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
“CONFORMAR EL GRUPO MOCHE COMO INSTANCIA MULTISECTORIAL ADSCRITA A LA COMISIÓN TECNICA REGIONAL DE CONSERVACIÓN Y USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS DE LA REGIÓN LA LIBERTAD”
DECRETO REGIONAL N%003 .2016-GRLLIGOB
VISTO:
El Oficio N° 186-2016-GRLL-GGR/GRAMB de fecha 23 de marzo de 2016; en donde la Gerencia Regional del Ambiente, recomienda la conformación del Grupo Moche mediante la emisión de un Decreto Regional, en los términos expuestos en el mismo, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 66° de la Constitución Politica del Perú, establece que los recursos naturales renovables son patrimonio de la Nación y el estado es soberano en su aprovechamiento, indicando a la vez que las condiciones de su aprovechamiento se fijan en su Ley Orgánica;
Que, el Artículo 3 de la Ley N' 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, considera como recursos naturales a todo componente de la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tenga un valor actual o potencial en el mercado, incluyendo dentro de ellos a las aguas superficiales y subterráneas;
Que, mediante la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, se regula el uso y gestión Integrada de los recursos Hídricos, aclarando que dichos recursos comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta, extendiéndose al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable;
Que, en la Ley antes señalada, se establece el principio de valoración del agua y de su ‘/gestion integrada, y afirma que el agua tiene valor sociocultural, económico y ambiental, debiendo basarse su uso en la gestión integrada y el equilibrio entre estos valores. La misma ley resalta, que el agua es parte integrante de los ecosistemas y renovable a través del ciclo hidrológico;
Que, el literal g del Artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, señala entre otros ámbitos, que es una competencia constitucional de los Gobiernos Regionales el promover y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente; así mismo el Literal d) del Numeral 2, del Artículo 10° de la misma Ley, establece como una competencia compartida a cargo de los Gobiernos Regionales, la gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 022-2008-GR-LL/CR, se declaró de necesidad pública e interés regional, la conservación y uso sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad; constituyéndose una Comisión Técnico Regional, encargada de entre otros aspectos, promover la gestión multisectorial, integrada y concertada y analizar y diagnosticar la situación problemática para la conservación y uso sostenible de los recursos hídricos de la región;
Que, mediante Ordenanza Regional N* 005-2013-GR-LL/CR, a propuesta de la citada Comisión, se aprobó la Estrategia Regional de la Gestión de los Recursos Hídricos en la Libertad, la misma que adecuó a los lineamientos contenidos en la Ley de Recursos Hídricos N° 29338 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG;
Que, el Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Técnica Regional de Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad, establece que el Pleno de la Comisión es el encargado de, entre otras, “(...) Aprobar la conformación de sub comisiones de trabajo";
Que, mediante Acta de reunión de trabajo, celebrada el 04 de febrero de 2016, la Comisión Técnica Regional de Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad, acordó conformar el GRUPO MOCHE, responsable de ejecutar acciones para la Recuperación de la calidad del agua en la cuenca del río Moche; el mismo que será presidido por la Gerencia Regional del Ambiente;
Que, mediante Informe N° 006-2016-GRLL-GRAMB/SGRN-JACC, el coordinador de La Comisión Técnica Regional de Conservación y Uso Sostenible de Los Recursos Hídricos de La Región La Libertad, recomienda la conformación del GRUPO MOCHE, la cual estará adscrita a la acotada Comisión; y será responsable de ejecutar las acciones correspondientes para la recuperación de la calidad del agua de la cuenca del rio Moche;
Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, prescribe que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por el Presidente Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales;
Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conformar el "Grupo Moche" que será la instancia multisectorial, adscrita a la Comisión Técnica Regional de Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad, el cual tendrá un periodo de vigencia de tres (3) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Regional.
ARTÍCULO 2*.- Disponer que el “Grupo Moche” será responsable de ejecutar acciones%, para la recuperación de la calidad del agua en la Cuenca del Rio Moche, teniendo para tales efectos, las ' «+= funciones de seguimiento, monitoreo y elaboración de propuestas técnicas, relacionadas con la mejora de la calidad del agua en la cuenca en mención.
ARTÍCULO 3°. Integrantes del “Grupo Moche” estará conformado por representantes de las siguientes instituciones:
GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
ANA - Administración Local del Agua Moche Virú Chao Gerencia Regional de Agricultura
Gerencia Regional de Energía Minas e Hidrocarburos Gerencia Regional de Salud
Fenn
FEDATARIA(A)
229 fatg___20 JUN. 2016
GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD AO
Sra. Teresa Josús Calderón Vejarano
tg ALA jg LOMO
Gerencia Regional de Educación
Gerencia Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento
Gerencia Regional del Ambiente
Universidad Nacional de Trujillo
Universidad César Vallejo
Universidad Privada Antenor Orrego
Proyecto Especial CHAVIMOCHIC
Municipalidad Provincial de Trujillo
Municipalidad Provincial de Otuzco
Municipalidad Provincial de Julcan
Municipalidad provincial de Santiago de Chuco
Comité de Lucha por la defensa ambiental del rio Moche
Oficina Desconcentrada del Organismo de Supervisión y Fiscalización Ambiental - OEFA La Libertad .
PR
vB ¿E 3) Los miembros integrantes del Grupo Moche podrán aceptar la participación y el aporte de
co as instituciones y/o profesionales especialistas en recursos hídricos, con la aprobación de la mayoría ©\simple de sus integrantes, pudiendo incorporarlas a la lista de miembros.
ARTÍCULO 4°.- Disponer que el Grupo Moche se regirá en lo que fuera pertinente, por el Reglamento de funcionamiento interno de la Comisión Técnica Regional de Conservación y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad.
ARTÍCULO 5°.- El presente decreto regional entrará en vigencia a partir del día siguiente 5, de su publicación en el Diario encargado de los avisos judiciales.
ARTÍCULO 6°.- Disponer la publicación del presente decreto regional en el diario encargado de los avisos judiciales de La Libertad y en el de mayor circulación regional, difundiendo además en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional de La Libertad.
Rye Dado en Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, alos 20 del mes de 1UW. del año IX dos mil dieciséis.
| REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE.
REGION LA LIBERTAD
FARIAS "LUIS A. VALDE Me GOBERNADOR REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/468623-003-2016-grll-gob PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/577567/-15923226954497724420200406-89391-1o4383u.pdf