Skip to content
L Legalize.pe
002-2020-GRLL-GOB Regional Decree La Libertad In force

Decreto Regional N.° 002 2020 GRLL GOB

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD "APROBAR LA ELIMINACION DE TRESCIENTOS TRECE (313) BAlRERAS BUROCRÁTICAS DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD" DECRETO REGIONAL Nº 002 -2020-GRLL/GOB VISTO: El Informe N°003-2020-GRLL--GRPAT-SGDMl/JDS, de fecha 29 de enero de 2020; donde la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional, recomienda Aprobar el presente informe y proponer a la Gerencia General Regional, el proyecto de Decreto Regional, para la Eliminación de Barreras burocráticas dei Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del GORE La l.ibert ad "''' : :>,-,:ir::iri,'1n riel -Artículos 4 º 41)ºv 4 i º dP.i ; 1.:,.-;rPto 1 P•1ic;iativr, 1'.>116, en los términos expuestos Gr--¡ Al mismo, y; CONSIDERANDO: Que, de conforrn'Jad con la Constitución Poliric» del Estado; la. Le/ N° 27680, Ley Cr'.).::in:.a de 1.Jobierr,od-<egior.ales y sus modificatorias Leyt<> Nº 2?902, 2so·i 3, 28961, 28%8 y 29053, s: IC;s reconoce a los Gobiernos Regionales, autonon.ía política, econórnica y administrativa -:>.n los a~~·1r,":- 'ie su comoetencia: Que, el artículo 21 º literal d) de la Ley N° 27867, Ley CJrgáníca de Gobiernos Regionales, , señala que es atribución del Gobernador Regional dictar Decretos y Resoluciones Regionales. Asimismo, el artculo 40º de la misma Ley establece que los Decretos Reqionales establecen normas reqlarnentarias aré! la ejecuciór: de las ordenanzas reqionales, sancionan los procedimientos necesario" para I'.' 'uministrc.-;;:--:l't• reqiona' y resue'ven o regulan asuntos de orden - er.éraf· y de interés ciudadano. Los i.ecretos R0"2;ales son aprobados y suscritos por el GobernadorReqional, con acuerdo del dlrecíorio d· Gerencias Regionales: Que, según Ordenanza Regional Nº 0L4-2018-GR-LL/CR, y Ordenanza Re(:·'"'c:il f' 034. 2018-GR-LL/CR, se aprueba la tviod1ficaci6n - y Actualización del Texto Único de Proceoi;;e;nL;s . Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad, en un total de Tres Cientos Cuarenta (340) Procedimientos Administrativos y Veintidós (22) Servicios Prestados en Exclusividad euconírandose en vigencia; Que, el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº1256 que, aprueba la Ley de prevención y plirr¡;. 1-1r.ión de barreras burocráticas tiene como fin::ilidad supervisar el cumplimiento del ma-co !e~al ~;:;, protege los rJerechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa en beneficio de personas naturales o jurídicas, mediante la prevenciór: e eliminación de barreas burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad. que restrinjan u obstaculicen el acceso a la permanencia de agentes económicos que constituyan incumplimientos de las normas y/o principios que garantizan la simplificación administrativa con el objeto de procurar una eficiente prestación del servicio al ciudadano en las entidades de la administración pública;

Que, el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº ·1256, dispone; Barrera burocrát ica; !::x1gencia, requisito, limitación, prohibición y/o cobro que imponga cualquier entidad, dirigido a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso y/o que puedan afectar a administrados en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y/o principios que garantizan la simplificación administrativa. La sola calidad de exigencia, requisito, limitación, pmhibición y/o cobro no implica necesariamente su carácter ilegal yto su carencia de razonabilidad; Que, mediante el Articuro 4 º Principios de las autoridades a cargo de supervisar: la Ley de Prevención y eliminación de barreras burocráticas dispone que las autoridades a cargo de hacer cumplir la presente ley se rijan por principios 1.- Principio de acción preventiva; Los órganos encargados de; inicio de las acciones de oficio dentro del INDECOPI privilegian las acciones de prevención y/o coordinación con el objeto de promover la eliminación voluntaria de las barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad por parte de las entidades sujetas a investigación; Que, mediante el Artículo '+nº Finalidarl Je las actividades de prevención; De co.ilormid ad con lo establecido por f,I principio de acción preventiva, los órganos encargados del inicio de las accioner de oficio dentro Gf;i INDE.COPI ,rivileg::n lz.s nSi::one~. de prevención y/o_q:;¡ordinaci, , 1 con 1-; .;hic to r · · promover id ellminaélon volunta,ia de .u: .Ju;G-,as urocrátivds 1.t'üsuntarñeí1te ilegales y/o (,J1'..-ilti;; ., razunabilidad por parte de las entidades a investigación; Que, mediante el Artículo 47° Actividades de supervisión, investigación e inspección en materia de eliminación de barreras burocráticas; Las actividades de supervisión, investigación e insµección dirigidas y/o vincut.dos con d inic:;; C:,; procedimientos acministrativcs d2 _0n1pi:;: ;nci: > :·2 :a comisión se rigen por e! pri1·h1¡:,i:.i de acción ,Jreventiva reconocido en la presente L~)y: Que, - mediante ei !1.rtiH;lo 40' Cfl 1 exío Único Ordenado de ta Ley n,; · 'f; ' ey e::,: Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, respecto de la Legalidad del Procedimiento 40.5 Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de .10S mismos, pueden aprobarse por decreto regional respectivamente: Que, se'.j•J!i. Oficio ·N° 1)()9-2020-Gf{L.L-GR/GGR, de SISGEC·O · ~º 559940\ i Serer:t0 General Regional, ha comunicado al :-:2r:ret21io Técnico de la Comisión Reuional de IWit.t'JPI; el acogimiento de· 1a entidad al "Principu. de ;';ción Preventiva" según Artículos 4 º y 47° del Dec. e(:: Legislativo Nº 1256 y dispone al Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial realizar las acciones adrninistreuvas inmediatas que permitan emitir el Decreto Regional para la ei ;';>:~ación voluntaria de barreras burocráticas del TUPA de GORE La Libertad;

.....-'.'l'A/"'

· . Que, mediante Informe Técnico f\Jº003-2020-GRP/H-SGDMl/JDS, y lo dispuesto en los proveídos del Oficio Nº364-2020-GRLL-GGR/GRAJ, habiéndose consultado con el Secretario Técnico de i-" /º_8_º -) INDECOPI, evaluamos y se reformuló el Anexo Nº01, quedando más explicativo y se recomienda % irff Eliminar Trescientos Trece (313) Barreras Burocráticas identificadas en los procedimientos ~>:·,:i administrativos y servicios del T! :PA del G.'.")biPro RPgional de La Libertad, seqún el siauiente detal e Gal ,. ... . . A1'18XO N° 1 :

¡:(J;:::i~ · _ .16:~\

~gf '

'·'1"!f).I

En la Gerencia Reg. AdministrH,)0ri barreras burocráticas

  • Oficina

En la Gerencia Regional de Cooperación burocráticas.

de Ejecución Coactíva:

se debe eliminó,

"h:> (2)

Técnica y PIP; se debe eliminar cuatro (4) barreras

En la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción siete (37) barreras burocráticas.

del Empleo;

se deben eliminar

treinta

y


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/1433714-002-2020-grll-gob PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1493133/DECRETO%20REG.%20N%C2%B0%20002-2020-GRLL-GOB.pdf.pdf