Decreto Regional N.° 001 2019 GRLL GOB
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DECRETO REGIONAL N°O 4 - 2019-GRLL/GOB
DECRETO REGIONAL QUE APRUEBA COMO POLÍTICA REGIONAL, LA PRESENTACIÓN OBLIGATORIA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Y DE SUS UNIDADES EJECUTORAS.
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley N° 28607, en su artículo 191” establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192* inciso 1 dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que establece como objetivo específico 5 instalar y consolidar la gestión de conflictos de intereses y la gestión de intereses en la administración pública;
Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo como parte de sus 69 acciones estratégicas, la necesidad de implementar en todo el aparato público la obligación de transparentar los intereses que tengan aquellos funcionarios y servidores públicos con capacidad de decisión y manejo de recursos y bienes públicos;
Que, en materia de corrupción, el Acuerdo Nacional: Consensos para enrumbar al Perú, en su
Objetivo IV Estado eficiente, transparente y descentralizado, establece en su acápite 26 la
siguiente política de Estado “Promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas’;
Que mediante Resolución Suprema N° 258-2016-PCM, el Poder Ejecutivo creó la Comisión Presidencial de Integridad, con el encargo específico de proponer medidas concretas para promover la integridad y el respeto a los principios éticos en la función pública, con la finalidad de fomentar la transparencia, y prevenir y sancionar la corrupción, siendo su primera propuesta aquella por la cual los altos funcionarios, sus asesores directos y quienes ocupan cargos de confianza deberán presentar ante su entidad una Declaración Jurada de Intereses que contengan información relativa a sus vínculos societarios, comerciales, gremiales, empresariales, profesionales y laborales anteriores al ejercicio del cargo;
Que, el Decreto Supremo N° 080-2018-PCM, de fecha 1 de agosto del 2018, dispone la presentación de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuya finalidad es transparentar los vínculos societarios, comerciales, gremiales, empresariales, profesionales y laborales, entre otros, de los sujetos obligados que permita la construcción de una cultura de integridad y transparencia en el sector público;
Que, con fecha 15 de enero de 2018, se suscribió el Pacto Ético Anticorrupción entre el Gobernador Regional y los Consejeros Regionales (representantes de las 12 provincias de la Región La Libertad), con la finalidad de asumir compromisos e impulsar nuevas medidas que faciliten la lucha contra la corrupción;
Que, el Gobierno Regional de La Libertad, como persona jurídica de derecho público, tiene la voluntad política regional de carácter general de implementar lineamientos de combate contra el flagelo de la corrupción en virtud del Principio de Legalidad y, en tal sentido las autoridades y altos funcionarios están sujetos al deber de probidad, el cual involucra actuar con rectitud, honradez y honestidad en aras de satisfacer el interés general y desestimando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona, en concordancia, con los principios y valores éticos establecido en la Constitución Política del Estado y las leyes que regulan la función pública;
Que, la Ley N° 27815 — Ley del Código de Ética de la Función Pública establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, estableciendo el deber de la probidad, el cual implica actuar con rectitud, honradez y honestidad en aras de satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona. En esa misma línea, el Código prohíbe a todo funcionario mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo;
Que, el numeral 6 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28175 — Ley Marco del Empleo Público, señala que son principios que rigen el empleo público, entre otros, el Principio de Probidad y Ética Pública, que prescriben que el empleado público actuará de acuerdo a los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes, que requiera la función pública;
Que, el literal i) del artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 30057- Ley del Servicio Civil, señala que son principios de la Ley del Servicio Civil, la probidad y ética pública, señalando que el servicio civil promueve una actuación transparente, ética y objetiva de los servidores civiles quienes, por demás, actúan de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes que requieran la función pública;
Que, el artículo 97 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece los casos en los cuales la autoridad, que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo del procedimiento puedan influir en el sentido de la resolución, debe abstenerse de participar en los asuntos cuya competencia le esté atribuida;
Que, sobre el particular, es necesario promover medidas que consagren una cultura de integridad y respeto a los principios éticos de la función pública, a través de una debida regulación de la gestión de intereses y de prevención de los conflictos de intereses;
Que, en ese sentido debe aprobarse mediante Decreto Regional disposiciones que permitan a los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional La Libertad, transparentar sus vínculos, a través de la presentación de una Declaración Jurada de Intereses que contenga información relevante de los vínculos societarios, comerciales, gremiales, empresariales, profesionales y laborales anteriores al ejercicio del cargo, entre otros, para la construcción de Una cultura de integridad y transparencia en el sector público;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 en su artículo 37° establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que, entre otros aspectos, resuelvan o regulen asuntos de orden general y de interés ciudadano;
En ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y, estando a lo señalado en los artículos 21°, 22°, 37°, 40° y 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
DECRETA: ARTÍCULO 1°.- Presentación de la Declaración Jurada de Intereses
DISPONGASE la presentación obligatoria de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de La Libertad y de sus Unidades Ejecutoras, independientemente del régimen laboral o contractual al que se encuentren adscritos en la Entidad.
ARTÍCULO 2°.- Finalidad
El presente decreto tiene por finalidad transparentar información de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de La Libertad y de sus Unidades Ejecutoras, para
la detección y prevención de posibles conflictos de intereses en el desempeño de sus funciones.
ARTÍCULO 3°.- Ámbito de aplicación
Se encuentran comprendidos dentro del ámbito de la presente norma, los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de La Libertad y de sus Unidades Ejecutoras, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen y, que ocupen los siguientes puestos:
a. Gobernador Regional.
b. Vice Gobernador Regional.
c. Gerente General, Gerente General Adjunto, Gerentes Regionales, Gerentes Regionales Sectoriales, Gerente General del Proyectos Especiales, Directores Ejecutivos de Proyectos Regionales, Secretario General, Secretario del Consejo Regional y Sub Gerentes.
d. Directores y Sub Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL.
e. Director, Sub Directores y Directivos de Institutos Pedagógicos y Tecnológicos, así como de Instituciones Educativas Públicas.
f. Directores de Redes de Salud, de Hospitales, Institutos Especializados y demás establecimientos de Salud y su correspondiente personal jerárquico.
g. Asesores, consultores y funcionarios de la Alta Dirección.
h. Titulares o encargados de los sistemas de gestión de recursos humanos, endeudamiento, planeamiento, tesorería, presupuesto, contabilidad, logística y abastecimiento.
i. Aquellos que, en el ejercicio de su cargo, labor o función sean responsables de la preparación de bases de contratación pública o integrantes de los comités especiales de selección de tales procesos.
j. Aquellos que administran, manejan o disponen de fondos o bienes del Estado.
k. Todo servidor cuyo cargo se encuentre clasificado a partir del Nivel F5 o su equivalente.
ARTÍCULO 4°.- Contenido
La Declaración Jurada de Intereses es un documento de carácter público que contiene información relevante del funcionario o servidor público referida a:
a. Información de empresas, sociedades u otras entidades en las que posea alguna clase de participación patrimonial o similar.
b. Participación en directorios, consejos de administración y vigilancia, consejos consultivos, consejos directivos o cualquier cuerpo colegiado semejante, sea remunerado o no.
c. Empleos, asesorías, consultorías y similares, en los sectores público y privado, sea remunerado o no.
d. Participación en organizaciones privadas (asociaciones, gremios y organismo no gubernamentales).
e. Personas que integran el grupo familiar (padre, madre, suegro, suegra, cónyuge, conviviente, hijos/as, hermano/s y hermana/s), incluyendo sus actividades,
ocupaciones y centros o lugares de trabajo actuales. La información respecto de los hijos/as menores de edad es protegida y excluida para efectos de la publicación.
La información señala en los literales a, b, c y d que se presente al inicio, comprende el periodo previo de cinco (5) años anteriores a la presentación de la Declaración Jurada de Intereses.
La información requerida en el literal e) corresponde a aquella que el declarante tenga conocimiento al momento de la declaración. En caso tuviese falta de certeza deberá hacerse la precisión en el numeral 6) Otra información relevante que considere necesario declarar.
ARTÍCULO 5°.- Requisito indispensable
La Declaración Jurada de Intereses constituye requisito indispensable para el ejercicio del cargo. Su incumplimiento imposibilitará asumir los cargos o puestos detallados en el artículo 3°.
ARTÍCULO 6°.- Lista de sujetos obligados
La Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Sede Central del Gobierno Regional La Libertad, dentro de los treinta (30) días calendarios de la entrada en vigencia del presente decreto, deberá remitir a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información de la Sede Central, la lista completa de funcionarios y servidores públicos sujetos al ámbito de aplicación de la presente norma, conforme al ANEXO A, a efectos de comunicarles y ejecutar el cumplimiento obligatorio de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses, conforme el ANEXO B;
ARTÍCULO 7”.- Forma de presentación y actualización
La Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de La Libertad y de sus Unidades Ejecutoras, se presenta ante la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información de la Sede Central del Gobierno Regional de La Libertad, en forma virtual a través del Portal Institucional del Gobierno Regional de La Libertad que conecta con la Plataforma de Declaración Jurada de Intereses implementada por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros. Para su presentación se deberá
contar con firma digital, ante lo cual se requiere del Documento Nacional de Identidad Electrónico.
Su actualización, por parte de los sujetos obligados, se deberá realizar, anualmente, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO 8°.- Oportunidad de presentación
La oportunidad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses se realiza de la siguiente manera:
a) Al inicio: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido designado y/o contratado.
b) De actualización: Durante el ejercicio, con una periodicidad anual contada desde la presentación de la declaración jurada.
c) De cese: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber cesado en el puesto.
En caso el sujeto obligado cambie de cargo o puesto, deberá presentar su declaración jurada de cese de puesto y de inicio del nuevo puesto.
ARTÍCULO 9°.- Publicación de la Declaración Jurada de Intereses
Las Declaraciones Juradas de Intereses de los sujetos obligados son publicadas en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la entidad en la que presta servicios, desde la fecha de su presentación.
En el caso de la publicación en el Portal de Transparencia Estándar, la responsabilidad de su debida publicación, recae en el funcionario responsable designado.
ARTÍCULO 10°.- Seguimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses
La Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Sede Central del Gobierno Regional de La Libertad efectuará el seguimiento y requerimiento, de corresponder, para garantizar el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses, con informe anual a la Gerencia General Regional. Para dicho efecto, se podrá contar con el apoyo de la Subgerencia de Tecnologías de la Información
ARTÍCULO 11”: Vigencia
El presente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIA ÚNICA: Plazo para la presentación de la declaración jurada de intereses
Los funcionarios y servidores públicos comprendidos bajo el ámbito de la presente norma que se encuentran ejerciendo funciones; cuentan con un plazo de hasta noventa (90) días calendarios para obtener el Documento Nacional de Identidad Electrónico y presentar la Declaración Jurada de Intereses conforme al procedimiento establecido por la presente norma.
Dado en Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los cinco días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
GOBERNADOR REGIONAL
ANEXO A
Lista de sujetos obligados a presentar Declaración Jurada de Intereses
ee Lista de sujetos obligados a presentar Declaración Jurada de Intereses
Datos de la entidad Nombre: RUC Sector.
Datos del funcionario a cargo de la elaboración de la lista [Nombre completo
DNI
[Correo
Teléfono:
N° DNI Nombres Apellido Paterno Apellido Materno Cargo Celular Correo
ANEXO B FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES
1.- INFORMACIÓN GENERAL: NOMBRE Y APELLIDOS: ENTIDAD:
CARGO:
FECHA DE PRESENTACIÓN: PERIODICIDAD: INICIO |
Jactuauzacion [| cese | ]
11.- INFORMACION DETALLADA:
1.- Detalle de empresas, sociedades u otras entidades en las que se posea alguna clase de participación patrimonial o similar mayor a 1%.
RAZON SOCIAL RUC NATURALEZA DE PORCENTAJE DE PERIODO LOS DERECHOS PARTICIPACIÓN
2.- Participación en directorios, consejos de administración y vigilancia, consejos consultivos y similares, remunerada o no, durante los últimos cinco años.
INSTITUCIÓN, EMPRESA O CARGO PERIODO ENTIDAD
3.- Empleos, asesorías, consultorías y similares, en los sectores público y privado, remunerados o no, en los últimos cinco años.
INSTITUCIÓN, EMPRESA O CARGO O POSICIÓN PERIODO ENTIDAD
4.- Participación en organizaciones privadas (partidos políticos, asociaciones, gremios y organismos no gubernamentales).
ORGANIZACIÓN TIPO DE PARTICIPACIÓN PERIODO
5.- Relación de personas que integran el grupo familiar (padres, suegros, cónyuge, conviviente, hijos, hermanos), incluyendo sus actividades y ocupaciones actuales.
NOMBRE DNI PARENTESCO ACTIVIDADES U CENTRO O LUGAR OCUPACIONES ACTUALES DE TRABAJO
6.- Otra información relevante que considere necesario declarar.
)
Declaro expresamente que toda la información contenida en la presente declaración contiene todos los datos relevantes, es veraz y exacta. (FIRMA) NOMBRES Y APELLIDOS DNI
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