Skip to content
L Legalize.pe
000008-2022-GRLL-CR Regional Ordinance La Libertad In force

Ordenanza Regional N.° 000008-2022-GRLL-CR

15 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Firmado digitalmente por RODRIGUEZ ESPEJO Gonzalo Alfredo FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 09.06.2022 09:00:59 -05:00

Trujillo, 08 de Junio del de 2022 Trujillo, 09 de Junio

ORDENANZA REGIONAL N°

-2022-GRLL-CR

ORDENANZA REGIONAL N° 000008-2022-GRLL-CR

“APRUEBAN LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS REGIONALES N° 024-2018-GR-LL/CR Y N° 0342018-GR-LL/CR, PARA INCORPORAR CIENTO SESENTA Y SEIS (166) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS AL TUPA-SUT DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, CIENTO CUARENTA Y SEIS (146) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTÁNDAR, UN (01) SERVICIO EN EXCLUSIVIDAD ESTÁNDAR, TRES (03) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MODIFICADOS Y DIECISÉIS (16) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS NUEVOS” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

En Sesión Ordinaria Presencial de fecha 07 de junio del 2022, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 046 2022-GRLL/CR-COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, Dr. David Osvaldo Calderón De Los Ríos, que contiene el Dictamen N° 016-2022-GRLL/CR-COMPLAN recaído en el proyecto de Ordenanza Regional relativo a APROBAR, la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 024-2018-GR-LL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Regional de La Libertad, Ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, Un (01) Servicio en Exclusividad Estándar, Tres (03) Procedimientos Administrativos Modificados y Dieciséis (16) Procedimientos Administrativos Nuevos, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en los Artículos 191° concordante con el artículo 192° de la Constitución Política del Perú, establece que: “los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y “promueven el desarrollo y la economía regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 8 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo el artículo 38 de la misma Ley, expresa que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 09.06.2022 08:18:54 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU

Que, el Gobierno Regional de La Libertad Mediante Ordenanza Regional N°024-2018-GR-LL/CR y N°034-2018-GR-LL/CR, aprobó la modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos administrativos (TUPA), para actualizar las normas, nombres e incorporar nuevos procedimientos; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 5-A de la Ley Nº27658; Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; y propiciar la simplificación administrativa, siendo uno de sus componentes la mejora de la calidad regulatoria, que incluye la estandarización de procedimientos administrativos; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. La misma que es de aplicación a las Entidades de la Administración Pública, comprendiéndose a los Gobiernos Regionales”; Que, acorde al literal a) del numeral 7.1 del artículo 7.° del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, la simplificación administrativa tiene como propósito identificar y eliminar requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos administrativos y reducir los tiempos de espera. La priorización de las acciones de simplificación administrativa toma en cuenta si los procedimientos son de alta demanda de prioridad para la población, impactan en múltiples actividades económicas, tienen elevados costos de cumplimiento tiempos de espera o número de quejas y sugerencias, entre otros criterios; Que, mediante Decreto Legislativo N°1203, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba la creación de la herramienta de Sistema Único de Trámite - SUT, con la finalidad de sistematizar el registro, revisión, visado, aprobación y publicación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que permite el análisis y simplificación del procedimiento (Tablas ASME), la sustentación técnica del costo, elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en menor tiempo; Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº001-2018-PCM-SGP, se establece las condiciones mínimas y los plazos para la implementación y uso progresivo del Sistema Único de Trámites (SUT) en las entidades de la Administración Pública, por tal motivo el Gobierno Regional de La Libertad, en mérito a la Resolución Gerencial Regional N°061-2020-GRLL-GOB/GGR y Resolución Gerencial Regional N°25-2020-GRLL-GOB/GGR, el Gerente General designó al equipo responsable de gestionar e implementar el Sistema Único de Trámite (SUT) del GORE La Libertad, quienes actualmente están formulando el TUPA – SUT. Para incorporar los procedimientos al nuevo formato sistematizado; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP que aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT) prescribe: “…se eliminan los expedientes y documentos físicos. Se presume que la información registrada en los expedientes electrónicos y su correspondiente envío para revisión, se realizan con carácter oficial, pues son acciones coordinadas y ejecutadas por los administradores SUT, designados con resolución de la máxima autoridad administrativa de la entidad”, además cabe precisar que la supervisión del proceso de elaboración o modificación del TUPA a través del SUT, en el GORE La Libertad, se encuentra a cargo Gerente General o quien haga sus veces; Que, el numeral 41.1 del artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, dispone que las entidades están obligadas a incorporar los procedimientos administrativos estandarizados obligatorios, así como, los servicios estandarizados en su respectivo TUPA sin necesidad de aprobación por parte de otra entidad los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados aprobados mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU

Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2021-PCM se Aprueba procedimientos administrativos estandarizados (PAE) del Sector Educación, con Decreto Supremo Nº 047-2021-PCM se Aprueba PAE y Servicio Exclusivo Estandarizado (SEE) del Sector Transportes y Comunicaciones, mediante Decreto Supremo Nº 021-2021-PCM se Aprueba el PAE Del Sector Trabajo, con Decreto Supremo N°112-2021PCM se Aprueba el PAE del Sector Energía y Minas y mediante Decreto Supremo Nº018-2021-PCM se Aprueba el PAE del Sector Producción, siendo el GORE La Libertad el responsable de Incorporar dichos Procedimientos y servicios estandarizados en el TUPA GRLL y para su aprobación, cada Gerencia Regional Sectorial conoce de la observancia obligatoria de gestionar a su cargo la tramitación de dichos procedimientos administrativos estandarizados; Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo 164-2020-PCM; que Aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, donde el Gobierno Regional de La Libertad, procedió a su incorporación al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), mediante el Decreto Regional N°001-2021-GRLL/GOB y actualmente se encuentra a disposición de la ciudadanía en el portal de transparencia del Estado; Que, con Oficio N°244-2022-GRLL-GGR-GRAAT; la Gerencia Regional de Administración y Adjudicación de Terrenos, alcanza una propuesta conteniendo los documentos técnicos normativos actualizados y validados que a solicitud del consejo regional se reconsidere el costo y simplifiquen dos (02) procedimientos administrativos del TUPA vigente; el N°18.- Expedición de certificado negativo de zona catastrada con fines de inmatriculación o para la modificación física de predios rurales inscritos ubicados en zonas no catastradas (Solo para propietarios) y N°20.- Asignación de código de referencia catastral para modificación física de predios rurales inscritos en zonas catastradas, estas Tablas ASME fueron simplificadas por los expertos de la GRAAT. y las tramitaron para el nuevo costeo en el SUT; Que el Artículo 1° del Decreto Legislativo N°1256 que aprueba la Ley de prevención y eliminación de barreras burocráticas tiene como finalidad supervisar el cumplimiento del marco legal que protege los derechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, en tal sentido, el GORE La Libertad mediante Decreto Regional N°002-2020-GRLL/GOB, aprobó eliminar 313 barreras burocráticas del TUPA vigente y dispuso expresamente para su conocimiento y gestión de las áreas que atienden los procedimientos; Que, mediante Resolución Gerencial Regional N°061-2020-GRLL-GOB/GGR, en su Artículo Tercero dispone iniciar el proceso de implementación del Sistema Único de Tramites (SUT) GORE La Libertad, en ese marco, el equipo técnico ha procedido a revisar y evaluar las Tablas ASME, la Información complementaria ciudadana y los datos generales, en la plataforma SUT-PCM, se han formulado los maestros de organización, se registraron las sedes de la entidad, los recursos e inductores por cada procedimiento en el aplicativo SUT-PCM de cada uno de los procedimientos administrativos aprobados que gestionaron las gerencias regionales sectoriales que cumplieron con tramitar sus propuestas; Que, mediante Informe Nº06-2022-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI-JDS, de fecha 10 de mayo de 2022, la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, conforme a sus funciones establecidas en el ROF. y del análisis y conclusiones expuestas en el presente informe, recomienda la modificación del TUPA del GORE La Libertad aprobada mediante Ordenanza Regional N°024-2018-GR-LL/CR y N°034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Procedimientos Administrativos Estandarizados, Servicios Exclusivos Estandarizados, Procedimientos modificados y Procedimientos Nuevos según el ANEXOS 2 que se detalla en el siguiente cuadro:

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU

ANEXO N°2 CUADRO RESUMEN Procedimientos Administrativos (PA): PROCEDIM. A. ESTANDARIZADOS UNIDAD ORGÁNICA

SERVICIO E. P.A. P.A. ESTANDARIZADO MODIFICADOS NUEVOS S

GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN

UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL (UGEL)

GERENCIA REGIONAL DEL AMBIENTE

GERENCIA REGIONAL DE TRABAJO Y P.E.

GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y C.

GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA MINAS E H.

GERENCIA REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN

SECRETARIA GENERAL GRLL.

GERENCIA REGIONAL DE ADM. Y ADJUDIC. DE TERRENOS.

Total, de Procedimientos Administrativos

Total, General de Procedimientos A.

Que, mediante Oficio N°215-2022-GRLL-GRA la Gerente Regional de Administración adjunta Informe N° 021-2022-GRLL-GRA-PDM, emitido por el registrador de costos del SUT-GRLL, comunicando expresamente la validación de los costos por derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios de las Gerencias Regionales y alcanza el resumen de costos para continuar con el trámite de aprobación de la modificatoria del TUPA GORE La Libertad; Que, como consecuencia de la Formulación del TUPA en la plataforma del SUT-PCM y el costeo del total de Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos (PA) según se detalla en el Cuadro resumen del Anexo 2, es preciso indicar que dichos PA se costearon 2 veces a solicitud de la Gerencias Regionales por motivo de que los costos salieron muy elevados y de conformidad al Oficio N°2152022-GRLL-GRA, la Gerente Regional de Administración envió el resumen de costos definitivo del SUTPCM, donde refleja el costo por derecho de tramitación por cada procedimiento y para continuar con el trámite de aprobación adjuntamos el archivo en digital del TUPA-SUT y el ANEXO 1: LISTADO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS ESCLUSIVOS INCORPORADOS EN EL TUPA (SUT) DEL GORE LA LIBERTAD, con sus respectivos derechos de trámite que es parte integrante de la presente Ordenanza Regional; Que, con Oficio N°507-2022-GRLL-GGR-GRAJ de fecha 19 de mayo del 2022, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, remite el Informe Legal N° 100 -2022-GRLL-GGR-GRAJ-RRA de fecha 19 de mayo del 2022, suscrito por el Abog. Ricardo Reynalte Acosta de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, mediante el cual EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la propuesta de ordenanza regional relativa a la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 24-2018-GR-LL/CR, y 34-2018-GR-LL/CR, para incorporar ciento sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU

Regional de La Libertad, ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, un (1) servicio en exclusividad estándar, tres (3) procedimientos administrativos modificados y dieciséis (16) procedimientos administrativos nuevos; Que, mediante Oficio N°288-2022-GRLL-GOB/GGR de fecha 19 de mayo, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de la Libertad, remite el proyecto que aprueba la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 24-2018-GR-LL/CR, y 34-2018-GR-LL/CR, para incorporar procedimientos administrativos al TUPA del Gobierno Regional de la Libertad según el Anexo 1, para lo cual se adjunta los informes y demás documentos que sustentan el petitorio; se remite el TUPA-SUT del GORE La Libertad en archivo digital y el Anexo 1; Que, con Oficio N° 046-2022-GRLL-CR/COMPLAN, de fecha 30 de mayo del 2022, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento presentó el Dictamen N° 0162022-GRLL-CR/COMPLAN, mediante el cual dicho colegiado, aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza Regional relativo a APROBAR, la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 024-2018GR-LL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Regional de La Libertad, Ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, Un (01) Servicio en Exclusividad Estándar, Tres (03) Procedimientos Administrativos Modificados y Dieciséis (16) Procedimientos Administrativos Nuevos”; en mérito a lo señalado en los informes técnicos e informe legal adjunto al expediente remitido por la Gerencia General Regional; Que, en Sesión Ordinaria Presencial de fecha 07 de junio del 2022, el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación Proyecto de Ordenanza Regional relativo a APROBAR, la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 024-2018-GR-LL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Regional de La Libertad, Ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, Un (01) Servicio en Exclusividad Estándar, Tres (03) Procedimientos Administrativos Modificados y Dieciséis (16) Procedimientos Administrativos Nuevos; el mismo que contó con la participación del Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y el Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad y confianza, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR, la modificación de las Ordenanzas Regionales N° 024-2018-GRLL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR, para incorporar Ciento Sesenta y seis (166) procedimientos administrativos al TUPA-SUT del Gobierno Regional de La Libertad, Ciento cuarenta y seis (146) Procedimientos Administrativos Estándar, Un (01) Servicio en Exclusividad Estándar, Tres (03) Procedimientos Administrativos Modificados y Dieciseises (16) Procedimientos Administrativos Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU

Nuevos. ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR, los costos por derecho de trámite de Ciento Sesenta y seis (166) Procedimientos Administrativos que se incorporan a TUPA del Gobierno Regional de La Libertad y se detallan en el ANEXO 1 y en archivo digital adjunto, que son parte integrante de la presente norma. ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER, que los costos por derecho de trámite y los procedimientos Incorporados aprobados por la presente norma, substituyan por reemplazo a los Procedimientos Administrativos que se encuentran con el mismo nombre en el TUPA vigente que fueron aprobados mediante las Ordenanzas Regionales N° 024-2018-GR-LL/CR y N° 034-2018-GR-LL/CR. ARTÍCULO CUARTO. - PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 42° de la ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el portal de transparencia. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaria General del Gobierno Regional de La Libertad, en coordinación con la Sub Gerencia de Tecnologías de la información, bajo responsabilidad, publiquen los ANEXOS 1 y el TUPA, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad; así como, en el lugar más visible y que esté a disposición del ciudadano y usuario. ARTICULO SEXTO. - DISPONER que la presente Ordenanza Regional entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los ocho días del mes de junio del año Dos Mil Veintidós. Documento firmado digitalmente por GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad.

Documento firmado digitalmente por MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RGBBQLU


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/3532782-000008-2022-grll-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3691457/ORDENANZA%20REGIONAL-000008-2022-CR.pdf.pdf