Ordenanza Regional N.° 0429-2026-GRJ/CR
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL N°429-2026-GRJICR
Dictamen N°003-2026-GRJ-CPPPATyDI, de fecha 16.03.2026. pres e] PELE | POR CUANTO: : ~
De conformidad con to previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N°27680; en la Ley de Bases de la Descentralización,
N°27902, Ley N*28013, Ley N°28926, Ley N°28961, Ley N°28968, Ley N°29053 y demás normas
S
iz _ El Ley N°27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°27867 y sus modificatorias - Ley
¡Ss E O E Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N°27680, Ley de
complementarias y;
CONSIDERANDO:
Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización estipula que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, (...), así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; concordante con el artículo 8° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, establece que el Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos; Que, el numeral 3 de artículo 8° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estipula que la gestión del gobierno regional se rige por el principio de gestión moderna y rendición de cuentas. Y, el artículo 24°, dispone que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas egionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los Ibgros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada :S Año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, establece que la transparencia de la información es una iniciativa que permite el desarrollo de un gobierno abierto que promueve una relación horizontal entre el gobierno y la ciudadanía: Y, el V Plan de Acción de Gobierno Abierto, aprobado con Decreto Supremo N° 033- 2023-PCM, señala la necesidad de apertura del Estado hacia las personas, con el fin de que las entidades públicas provean información a través de canales oportunos y accesibles, promuevan la participación de las personas en el ciclo de vida de las intervenciones públicas, gestionen efectivos mecanismos de rendición de cuentas, e instalen herramientas efectivas de prevención y lucha contra la corrupción; Que, el literal g) del numeral 6.3 de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, dispone que la exposición del informe de rendición de cuentas e titulares en las audiencias públicas es dirigida a los ciudadanos; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015 — 2024 - PCM/SD, se aprueba el instrumento técnico para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objeto es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan que los gobiernos regionales y locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado y objetivos de desarrollo sostenible, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;
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Son GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL
Que, la Comisión Permanente de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en reunión de Comisión, aprobó el Dictamen N°003-2026-GRJ-CPPPATyDI, el cual después de un análisis y debate correspondiente en el Pleno del Consejo Regional, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME, y se aprobó la siguiente;
"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DELAS AUDIENCIAS PUBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN”
ARTÍCULO PRIMERO: DEROGAR, en su integridad la Ordenanza Regional N° 382-2023-GRJICR, y toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente, la cual regulaba, el desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Junín. ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR, el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Junin y el Anexo N° 1, 2, y 3, que forma parte integrante del citado reglamento, el mismo que consta de ocho (08) títulos, y cuarenta y cinco (454, Artículos, 31 ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El | Peruano”, y con todos sus anexos, en el portal institucional, (www.regionjunin.gob.pe) del Gobierno Regional Junin.
_ ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que, a través de la
: Secretaria General del Gobierno Regional de Junin, notifique la presente Ordenanza Regional, a las instancias correspondientes en coordinación de la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Pliego del Gobierno Regional de Junín, para su conocimiento y cumplimiento.
Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 17 días del mes de marzo del año 2026.
ORALES NR o REGIONAL DE JUNÍN
Por lo tanto:
Mando, Promúlguese, Comuníquese y Cúmplase,
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de marzo del 2026.
NOTA: El Gobierno Regional de Junin precisa que la Ordenanza Regional y sus Anexos, se podrá visualizar en el portal institucional (bttps://www.regionjunin.gob.pe/index.php) el mismo dia de su publicación en el diario Oficial El Peruano.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8039524-0429-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9839262/8039524-ordenanza-regional-429.pdf