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0428-2026-GRJ-CR Regional Ordinance Junín In force

Ordenanza Regional N.° 0428-2026-GRJ/CR

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GOBIERNO

Nag. LUIS FERN, PRESIDENTE DEL CONSE

GOBIERNO REGIONA

GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL N°428-2026-GRJ/CR

VISTO: Fa aq tees! Dictamen N°002-2026-GRJ-CPPPATYDI, de fecha 13.03.2026. E: np (04

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N°27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N°27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°27867 y sus modificatorias - Ley N°27902, Ley N°28013, Ley N°28926, Ley N°28961, Ley N°28968, Ley N°29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N°27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su numeral 40.1 del artículo 40°, señala que “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; Asimismo, el numeral 40.3 prescribe que, “Los procedimientos administrativos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad legal presente”. El numeral 5.2 del artículo 5° de la norma acotada, indica que las entidades deben aprobar o modificar su TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 408-2024-GRJ/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, elaborado mediante el Sistema Único de Tramites (SUT), con la finalidad de incorporar los procedimientos administrativos estandarizados del Sector Turismo, Sector Agrario y Riego y Procedimientos Administrativos en materia Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, mediante Informe Técnico N° 32-205-GRJ/GGR/ORDITI, de fecha 27 de noviembre del 2025, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información del Gobierno Regional, emite opinión técnica sobre la propuesta del TUPA del Gobierno Regional Junín, en el cual, concluye que se ha registrado en el SUT (47) procedimientos administrativos en condición de modificado y (4) procedimientos como nuevo, haciendo un total de (51) procedimientos y servicios prestados en exclusividad y se ha eliminado (15) procedimientos administrativos, correspondientes a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, así mismo señala que se ha eliminado en el SUT (10) servicios prestados en exclusividad, correspondiente al Archivo Regional;

Que, mediante Reporte N° 910-2026-GRJ/ORAJ, de fecha 18 de diciembre de 2025, la Directora Regional de Asesoría Jurídica remite el Informe Legal N° 14-2025-GRJ/ORAJ-REHO sobre aprobación del Texto

E - Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, en el cual valida y hace propio : en todo sus extremo el Informe Legal opinando que es procedente aprobar la propuesta del Texto Único de

ay ocedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, al encontrarse conforme con la

+@onstitucién Política del Perú, el TUO de la Ley N° 27444, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública

  • 005-2018-PCM-SGP y normativa vigente sobre simplificación administrativa; Que, mediante Informe Técnico N° 01-2026-GRJ/ORAF de fecha 05 de febrero del 2026, la Directora egional de Administración y Finanzas, remite el sustento de la determinación de costos que sustentan los

¡ ©\Yerechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, en la *= que concluye que los costos que sustentan los derechos de tramitación fueron calculados mediante el

aplicativo del módulo de costos del Sistema Único de Tramites (SUT) de la Secretaria de Gestión Pública

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Abog.

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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL

de la PCM, en consecuencia esta Oficina emite la opinión favorable respecto a los costos de tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el proyecto del TUPA del Gobierno Regional Junín;

Que, mediante Reporte N° 466-2025-GRJ/GGR, de fecha 19 de diciembre del 2025 la Gerencia General Regional remite al Gobernador Regional el expediente del Texto Único de Procedimientos Administrativos, a fin de elevar al Consejo Regional para su debate y posterior aprobación;

Que, mediante Informe N° 056-2025-GRJ/GR, de fecha 19 de diciembre del 2025, el Gobernador Regional, remite al presidente del Consejo Regional el expediente completo del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, a fin de que instruya el trámite que corresponde de acuerdo con las competencias previstas en el Reglamento Interno del Consejo Regional y normativa pertinente;

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;

Que, la Comisión Permanente de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en reunión de _ Comisión, aprobó el Dictamen N*002-2026-GRJ-CPPPATyDl, el cual después de un análisis y debate: correspondiente en el Pleno del Consejo Regional, fue sometido a votación, contando con el voto UNÁNIME, y se aprobó la siguiente;

"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, POR INCORPORACIÓN, MODIFICACIÓN Y ELIMINACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD”

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, por incorporación de cuatro (04) procedimientos administrativos/servicios prestados en exclusividad y modificación de cuarenta siete (47) procedimientos administrativos/servicios prestados en exclusividad correspondiente a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO: ELIMINAR, quince (15) procedimientos administrativos/servicios prestados en exclusividad correspondiente a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones y diez (10) servicios prestados en exclusividad, correspondiente al Archivo Regional.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva de Consejo Regional, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, con el apoyo e información que proporcione la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información; así también publicarlo en el portal Web https://www.gob.pe/regionjunin, del Gobierno Regional de Junin.

ARTÍCULO CUARTO: DEROGUESE, la Ordenanza Regional N° 408-2024-GRJ/CR -GRJ/CR, en lo que fuera pertinente, o en lo que se oponga, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín.

Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Reglonal de Junin a los 17 dias del mes de marzo del año 2026.

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Por lo tanto: Mando, Promúlguese, Comuníquese y Cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de marzo del 2026. ~

MOTO aE GOBERNADOR REGIONAL

NOTA: El Gobierno Regional de Junin precisa que, la Ordenanza Regional y el TUPA, se podrá visualizar en el portal institucional (hitos:/Awww.regionjunin.gob.pe/index.php} el mismo dia de su publicación en el diario Oficial El Peruano.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8039496-0428-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9839251/8039496-ordenanza-regional-428.pdf