Ordenanza Regional N.° 0408-2024-GRJ/CR
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ORDENANZA REGIONAL N°408-2024-GRJ/CR
VISTO: Dictamen N*21-2024-GRJ-CPPPATyDl, de fecha 13.12.2024.
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Politica del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N°27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N°27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°27867 y sus modificatorias - Ley N°27902, Ley N°28013, Ley N°28926, Ley N°28961, Ley N°28968, Ley N°29053 y demás normas complementarias y;
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma
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= Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley N° io 127867.
y era .
9 a Que, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del
8 ¿3 Procedimiento Administrativo General, en su numeral 40.1 del artículo 40°, señala que “Los procedimientos
administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; Asimismo, el numeral 40.3 prescribe que, “Los procedimientos administrativos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad legal presente”. El numeral 41.1 del artículo 41° de la norma acotada, indica que las entidades están obligadas a incorporar en su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos sin necesidad de aprobación por parte de otra entidad, los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, estandarizados, aprobados mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros; .
Que, mediante Ordenanza Regional N° 378-2023-GRJ/CR, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, elaborado mediante el Sistema Unico de Tramites (SUT), con la finalidad de incorporar los procedimientos administrativos estandarizados de los Sectores de Energía y Minas, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promoción del Empleo, Producción, Educación y procedimientos administrativos en materia Forestal y Fauna Silvestre y Acceso a la Información Pública.
Que, mediante Decreto Regional N° 008-2023-GR-JUNIN/GR, se aprobó la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Junín, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 378-2023-GRJ/CR, otorgando la facultad de tramitación a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, concerniente a los procedimientos administrativos de evaluación de Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) y evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), así como la exclusión de dos procedimientos administrativos correspondiente a la Dirección Regional de Agricultura;
Que, mediante Decreto Supremo N° 184-2021-PCM, se aprobaron dieciséis (16) procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales, los cuales constan en el Anexo 1 y en el Anexo N° 2 del mismo Decreto Supremo, se detallan treinta y seis (36) tablas ASMEVM modelo con los flujos óptimos para la adecuada tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector turismo;
Que, según Informe Técnico N° 50-2023-GRJ/GGR/ORDITI, de fecha 06 de diciembre del 2023, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información del Gobierno Regional, emite opinión técnica sobre la propuesta del TUPA del Gobierno Regional Junín, en el la que concluye, que se ha incorporado quince (15) procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo al TUPA del Gobierno Regional Junín aplicables en el ámbito regional, la misma que se realiza para dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 184-2021- PCM; asimismo, este fue elaborado a través del Sistema Unico de Tramites (SUT), teniendo en consideración los lineamientos y criterios técnicos establecidos en el marco normativo, señalado en el numeral Il del Informe Técnico N° 50-2024-GRJ/GGR/ORDITI; por lo que, es procedente su aprobación mediante Ordenanza Regional tal como lo establece el Artículo 18° de la Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 005-2018-PCM-SGP, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, mediante Informe N° 394-2023-GRJ-ORAJ, de fecha 13 de diciembre del 2023, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica remite el informe legal de los procedimientos administrativos, en el que señala que
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se ha revisado el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos y se ha podido advertir que ha sido elaborado conforme a lo dispuesto en la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N* 005-2018-PCM-SGP y en el Decreto Supremo N° 184-2021-PCM, correspondiendo su aprobación mediante Ordenanza Regional;
Que, mediante Informe Técnico N° 03-2024-GRJ/ORAF de fecha 19 de setiembre del 2024, la Directora Regional de Administración y Finanzas, remite el sustento de la determinación de costos que sustentan los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, en la que concluye que los costos que sustentan los derechos de tramitación fueron determinados mediante la aplicación del módulo de costos del Sistema Unico de Tramites (SUT) de la Secretaria de Gestión Pública, en consecuencia esta Oficina emite la opinión favorable respecto a los costos de tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el proyecto del TUPA del Gobierno Regional Junín;
Que, mediante Informe N° 45-2024-GRJ/GR, de fecha 23 de setiembre del 2024, el Gobernador Regional, remite al presidente del Consejo Regional el expediente completo del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, para la aprobación de acuerdo con las competencias previstas en el Reglamento Interno del Consejo Regional y normativa pertinente;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, articulos 15° y 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatorias; el Reglamento Interno de Consejo Regional y el Dictamen N*21-2024-GRJ-CR/CPPPATyDl, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, el cual después de un análisis y debate correspondiente, fue sometido a votación, siendo aprobado por UNANIMIDAD, lo siguiente;
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS» TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, POR INCORPORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DEL SECTOR TURISMO, APROBADO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 184-2021-PCM”
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, por incorporación de (15) procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 184-2021-PCM, cuyo texto forma parte integrante de la presente Norma Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva de Consejo Regional, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, con el apoyo e información oportuna que proporcione la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información; así también publicar en el portal Web https:/Avww.gob.pe/regionjunin del Gobierno Regional de Junin.
ARTÍCULO TERCERO: DERÓGUESE, la Ordenanza Regional N°378-2023-GRJ/CR, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín y el Decreto Regional N° 008-2023- GRJ/GR, que aprueba la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, aprobado con la Ordenanza Regional N° 378-2023-GRJ/CR.
Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 13 días del mes de diciembre del año 2024.
Por lo tanto: Mando, Promúlguese, Comuníquese? Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 19 días del mes de diciembre del 2024
GOBIERNG RRGIONAL JUNÍN
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