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0401-2024-GRJ-CR Regional Ordinance Junín In force

Ordenanza Regional N.° 0401-2024-GRJ/CR

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OJONAL JUNÍN

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REG. N° 8181 B24

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ORDENANZA REGIONAL N°401-2024-GRJ/CR

VISTO: Dictamen N°01-2024-GRJ-CPDHMyF, de fecha 04.07.2024,

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968, Ley N° 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; y en concordancia con sus numerales 1, 2 y 19 del artículo 2 de la referida Norma nacional;

Que, en ese sentido, el “Instrumento Internacional de Derechos Humanos de Aplicación Específica para los defensores y las defensoras de Derechos Humanos” está aprobado y reconocidos, por las organizaciones de las Naciones Unidas mediante Resolución 53/144. Asimismo, mediante la Resolución N° 31 del Consejo de Derechos Humanos de fecha 21 de marzo del 2016.

Que, mediante D.S.N°004-2021-JUS, se crea el Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas Defensoras de DD.HH. cuya finalidad es la protección, el reconocimiento y el acceso a la justicia de las personas defensoras de derechos humanos, para propiciar un entorno adecuado para la realización de sus actividades de promoción, protección y defensa de los derechos humanos.

Que, mediante Resolución Ministerial N*0159-2019-JUS, se aprobó el “Protocolo para garantizar la protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos”; cuyo objetivo es establecer acciones, procedimientos y medidas de articulación que generen, a nivel nacional.

Que, en la reunión de trabajo de fecha 25.03.2024, entre el representante del Ministerio de Justicia y DD.HH. el Gobierno Regional - Junín, las Instituciones vinculadas al sector; se acordó Constituir la “Mesa Regional de Junín para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos”.

Que, mediante Informe Técnico N°05-2024-GRJ-DRDS-SGPPO de fecha 10.04.24, el Sub Gerente de Población y Pueblos Originarios, determina por la procedencia de la propuesta de Ordenanza Regional; Que, mediante Opinión Legal N°42-2024-GRJ/ORAJ de fecha 08.04.2024, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para el proyecto de Ordenanza.

Que, mediante Informe N°196-2024 de fecha 20.05.24, el Gobernador, remite todo el expediente al Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, a fin de que instruya el trámite que corresponde. Que, estando a las consideraciones expuestas, y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Politica del Estado, modificada por la Ley N°27680, Ley N°27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N°27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el Dictamen N*001-2024-GRJ-CPDHMyF, de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, la Mujer y la Familia, el cual después de un análisis y debate correspondiente, fue sometido a votación, siendo [aprobado por UNANIMIDAD, lo siguiente;

“ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA MESA REGIONAL DE JUNÍN, PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS”

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la creación y constitución de la “Mesa Regional de Junín para la rotección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos”, órgano colegiado que tendrá a su cargo la elaboración del protocolo regional para la protección de las personas defensoras de derechos humanos en la Región Junín, conforme a los términos expresados en su acta de constitución, de fecha 25 de marzo de 2024 y definir estrategias y acciones para alcanzarla.

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR de interés Regional, la “Mesa Regional de Junín para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos, de tal manera que sean articulados con los planes, políticas, programas y proyectos a nivel de la región que se encuentren en etapa de diseño y formulación, como en implementación y ejecución. ARTICULO TERCERO: DETERMINAR LA CONFORMACIÓN de la “Mesa Regional de Junín para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos”, órgano colegiado que estará integrada de la siguiente Manera: Co-Presidencia:

  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Viceministerio de DD.HH. y Acceso a la Justicia)

  • Gobierno Regional de Junín Secretaria Técnica:

  • Sub Gerencia de Población y Pueblos Originarios de la Gerencia de Desarrollo Social del GORE. Miembros:

  • Representantes del Gobiemo Nacional. Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Representante del Ministerio del Ambiente. Representante del Ministerio de Cultura. Representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) Representante del Ministerio del Interior. Representante de la Autoridad Nacional del Agua. Representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR). Representante de la Presidencia del Consejo de Ministros (Secretaria de Gestión Social y Dialogo). y" - Representante del Ejercito del Peru. a aportes Regionales

  • Representante del Gobierno Regional de Junín.

  • Representante de la Defensora del Pueblo de Junín.

  • Representante del Ministerio Publico de Selva Central.

  • Representante del Poder Judicial de Selva Central.

  • Representante de la Región Policial de Junín.

  • Representante del Frente Policial VRAEM.

  • Representante de la Prefectura Regional de Junín.

  • Representante de la Municipalidad Provincial de Satipo. Representantes de organizaciones defensoras de derechos humanos

  • Representante de la Asociación Regional de Pueblos Indígenas de la Selva Central (ARPI SC).

  • Representante de la Organización Regional de Nacionalidades Amazónicas de la Selva Central

(ORNASEC). Representante de la Central Asháninka del río Ene (CARE).

  • Representante de la Central Asháninka de rio Tambo (CART).

  • Representante de la Central de Comunidades Nativas de la Selva Central (CECONSEC).

  • Representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP).

  • Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

Por lo tanto: Mando, Promúlguese, Comuníquese y Cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 21 días del mes de julio del 2024

MAA JUNÍN

Mg. ZOSIMO CÁRDENAS MUJE

\____ GOBERNADOR REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8008982-0401-2024-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9797177/8008982-grj-195751d5f2ae56af975881a56e4e058dc6d19d.pdf