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0087-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0087-2026-GRJ/CR

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GOBIERNO REGIONAL JUNIN

CONSEJO REGIONAL - “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA” A — ACUERDO REGIONAL N°087-2026-GRJ/CR creo WL IOYY 2056 |

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POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 07.04.2026, en la Sede del Gobierno Regional

Junín.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Acuerdos del Consejo Regional, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional...”

Que, el articulo 76° del Reglamento Intemo del Consejo Regional, señala: “Los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referiran a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite....”,

Que, en la presente sesión ordinaria de Consejo Regional, el Consejero Regional Yoner Ambicho Aquino, en calidad de Presidente de la Comisión Permanente de Salud, realiza un Informe al pleno del Consejo Regional, sobre las acciones realizadas en referencia a la Carta N° S/N-2025-CRJ de fecha 15.10.2025 (Expediente N°6604456 y Doc. N9714079). Señalando lo siguiente: “..., recordar que el año pasado, se me han derivado dos documentos, como presidente de la Comisión Permanente de Salud, nos hemos reunido el 16 de diciembre para evaluar estos dos documentos, dos cartes en realidad, y dos acuerdos regionales. Una con Carta N°27, se me ha trasladado en sesión del Consejo del 21 de octubre; también la Carta S/N - 2025, solicitud de fiscalización e investigación y toma de acciones inmediatas, ante graves irregularidades, presunto conflicto de interés y posibles delitos contra la Administración Pública en el Concurso CAS N°2-2025 del Hospital Julio Cesar Dimarini Caro; el fondo del asunto manifestaba que, en aquel entonces, se ha constatado que el propio Cirujano General Gustavo Ortiz Galván. en su calidad de jefe de departamento de cirugía, emitió un Informe N88-25, documento donde supuestamente adecuó perfiles y puestos para médicos especialistas en cirugia. también menciona que las bases de convocatoria CAS N°02 establecían de manera taxativa que la entrevista personal se realizaria de forma presencial, no obstante el comité evaluador de forma inexplicable, accedió a la solicitud del señor Ortiz Galván para realizar una entrevista virtual. Prácticamente este es el fondo del asunto de este documento que nos han derivado a la Comisión de Salud. Pero recordemos consejeros que yo anteriormente, el 6 de junio, con Acuerdo Regional N *148-2025-GRJ/CR, el pleno del Consejo Regional aprueba mi Plan de Fiscalización, en donde solicitaba que se me apruebe, para ver algunas irregularidades que se estaban suscitando en el área de Recursos Humanos y efectivamente para pedir la documentación correspondiente y evaluar justamente esta convocatoria CAS que presuntamente beneficiaba a este director. Pero, cuando este documento llega, mi persona ya había realizado un informe de fiscalización, que en el fondo es lo mismo: en el cual también he evidenciado que se tienen a la vista las solicitudes de algunos postulantes: eso es un resumen, parte del documento de fiscalización el cual yo he alcanzado y esto ha sido aprobado en octubre del año pasado, lo resaltante es que se tiene a la vista, las solicitudes de algunos postulantes que solicitan evaluación de entrevista personal de manera virtual, en este caso el Médico Cirujano Gustavo Ortiz Galván y otro Miguel Angel Múñico Cárdenas y el Rosmery Pasache Juárez, y mediante acta de absolución de reclamos, el comité declara procedente dichas solicitudes de entrevista personal de manera virtual, apartándose de lo indicado en las bases del presente concurso, continuando con la etapa del concurso, concluyendo con el informe final del concurso. Informe N°3-2025 que informa que de las 35 plazas convocadas fueron cubiertas 24 y 11 quedaron desiertas. También se tiene el acta de un folio de fecha 16 de abril de 2025, sobre una queja presentada a la Defensoria del Pueblo por la evaluación de manera virtual del médico cirujano Gustavo Ortiz Galván, recomienda la Defensoría del Pueblo que la comisión evalúe las bases del presente concurso. Es importante manifestar que en este extremo que la comisión evaluadora del proceso CAS realiza un comunicado y por unanimidad dejan sin efecto en parte el acta del resultado final...”

En ese acto, el Regional Yoner Ambicho Aquino, hace entrega de los siguientes documentos al Secretario del Consejo Regional: Copia del Informe de fiscalización N*025-2025-GRJ/FICR, Original de la Carta N°S/N-2025- CRJ de fecha 15.10.2025 (Expediente N°6604456 y Doc. N°9714079), y la Copia de la parte del acta de la Comisión de Salud (del folio 54, 55 y 56)

El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del artículo 37°, concordante con el artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos

Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento del Informe verbal realizado por el Presidente de la Comisión de Salud, Consejero Yoner Ambicho Aquino, sobre las acciones realizadas en referencia a la Carta N° S/N-2025-CRJ de fecha 15.10.2025 (Expediente N*6604456 y Doc. N°9714079), el mismo que ya

Mag, LUIS FERNANDO MORALES NIEVA PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE JUN

Ia,

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL fue tratado, fiscalizado y aprobado el Informe de Fiscalización N*025-2025-GRJ/F/CR, por el cual faculto la fiscalización específica al consejero: Yoner Ambicho Aquino, mediante el Acuerdo Regional N°148-2025-GRJ/CR,

para que fiscalice el "Hospital regional de Medicina Tropical Julio Cesar Demarini Caro — Chanchamayo.

ARTÍCULO SEGUNDO. - El Consejo Regional, ENCARGA a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional, respecto a la denuncia formulada con la carta S/N -2025 (Exp. 6604456) por la ciudadana Sra. June Allyson Alviar Weissy identificada con DNI N*20575845, se le haga de conocimiento el presente Acuerdo de Consejo y los documentos pertinentes, en su domicilio consignado en su DNI y por WhatsApp del número celular consignado (+34643110049). Para su conocimiento y fines pertinentes. Con el que se deja constancia de las acciones adoptadas por la Comisión de Salud y el Pleno del Consejo Regional.

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 07 días del mes de abril del año dos mil veintiséis. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

Mag. LUIS FERNANDO MORALES NEVA PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE JUNÍN

Ce GOBERNACIÓN GGR, OCI Consejeros JAAW


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