Acuerdo Regional N.° 0063-2026-GRJ/CR
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“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA" ESE REGIONAL
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ACUERDO REGIONAL N*063-2026-GRJ/CR — 8." 4092356 —
POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 17.03.2026, en la Sede del Gobierno Regional Junín.
CONSIDERANDO: > Que, conforme establece el articulo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Acuerdos del Consejo Regional, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este organo sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional...”,
Que, el literal i) del articulo 15° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional;
Que, mediante Decreto Legislativo N°1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, se establece que el Sistema Nacional de Abastecimiento es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de lograr un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;
Que, mediante Decreto Supremo N217-2019-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el cual tiene como objeto desarrollar la Cadena de Abastecimiento Público, con una visión sistémica e integral, y como finalidad, regular los mecanismos para asegurar el aprovisionamiento y la gestión de los bienes, servicios y obras que requieran las Entidades para el cumplimiento de sus metas u objetivos estratégicos y operativos, a través del empleo eficiente y eficaz de los recursos públicos asignados;
Que, mediante Resolución Directoral N°0015-2021-EF/54.01, la DGA-MEF, aprobó la Directiva N°0006-2021- EF/54.01 denominada: “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema cional de Abastecimiento”, la misma que tiene como objetivo regular la gestión de los bienes muebles que rmen parte o sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se cuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento;
ue, el literal a) del artículo 18° de la Directiva, establece uno de los supuestos de excepción para el alta de bienes uebles, prescribiendo que no se requiere el alta de bienes muebles cuando se compra bienes muebles para terceros, por disposición norma con rango de Ley, o en cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a sus normas e creación;
Que, mediante Memorando N°824-2024-GRJ/GRDS de fecha 19 de febrero del 2024, la Lic. Lisette Ruiz Rivera, Gerente Regional de Desarrollo Social de la Sede Central del Gobierno Regional Junin, solicita la convocatoria de ejecución: "ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO, EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO, DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN". durante la ejecución de la IOARR con CUI N° 2573842;
Que, con fecha 18 de setiembre del año 2024, EL Gobierno Regional Junín - Sede Central suscribe el Contrato N*268-2024/GRJ/ORAF con la empresa GE HEALTHCARE DEL PERU S.A.C. representado por su Apoderado, el Sr. Guillermo Ricardo Lem Vásquez, para ejecución de contratación de bienes: “ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO, DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN" con CUI N 2573842, por el monto de S/. 10.514,504.17 (Diez Millones Quinientos Catorce Mil Quinientos Cuatro con 17/100 soles);
Que, el Gobierno Regional Junín Sede Central, mediante orden de compra N0000369 de fecha 28 de mayo del 2025 (SIAF N4596), adquirió un Equipo de Resonancia Magnética de 1.5 Teslas por un monto de sí. 10,306,883.17 soles, bajo la modalidad de proceso de selección de Licitación Pública N°05-2024-GRJ-CS-1, para el proyecto denominado: "ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO: EN EL(LA) EESS HOSPITAL
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CONSEJO REGIONAL REGIONAL DOCENTE CLINICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN" con CUI N*2573842;
Que, mediante Memorando N*1925-2025-GRJ/GRDS de fecha 29 de mayo del 2025, se resuelve otorgar conformidad a la empresa GE HEALTHCARE SAC con RUC N°20548739641, por la “ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO; EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLÍNICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO, DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN” de la IOARR con CUI N°2573842, que corresponde al pago de la PRESTACIÓN PRINCIPAL (EQUIPO RESONADOR MAGNÉTICO DE 1.5 TESLAS, MARCA GENERAL ELECTRIC, MODELO SIGNA VOYAGER), de acuerdo a la ORDEN DE COMPRA N°369 y SIAF N°4596;
Que, con fecha 05 de abril del 2025, en las instalaciones del Hospital Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, sito en la Av. Daniel Alcides Carrión N°156 Huancayo - Huancayo Junín, suscriben el ACTA DE RECEPCIÓN FINAL, PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO Y CAPACITACIÓN DEL BIEN DE UN (01) ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO; EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO
28 QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO, DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA
HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN", con CUI N° 2573842, los miembros del comité de recepción del bienyy + el representante de la empresa GE HEALTHCARE SAC, por la "ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO; £: EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO - HUANCAYO DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN", de la IOARR con CU! N*2573842;
Que, mediante Oficio N°1189-2025-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-OEA/DG de fecha 22 de setiembre del 2025, el Dr. Gustavo Arturo Llanovarced Damián, Director General del Hospital Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión" Huancayo, solicita en merito al Contrato N*268-2024/GRJ/ORAF, Licitación Pública N°05-2024-GRJ-CS- 1, contratación de bienes: "ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO, EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO QUIRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO, DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA HUANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN", con CUI N°2573842, por el monto de S/ 10,306,883.17 soles, se realice las acciones correspondientes para la transferencia definitiva del bien, en cumplimiento a la Directiva N°0006-2021-EF/54.01;
Que, mediante Informe Técnico N°2563-2025-GRJ/GRDS-CMDE/R-UEI de fecha 06 de octubre del 2025, el Arq. Carlos M, Dávila Esteban, Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, solicita se gestione la transferencia del Resonador Magnético de 1.5 Teslas, marca: General
’ Electric, modelo: Signa Voyager, adquirido con Contrato N*268-2024/GRJ/ORAF de contratación de bienes:
"ADQUISICION DE RESONADOR MAGNETICO; EN EL(LA) EESS HOSPITAL REGIONAL DOCENTE CLINICO IRURGICO DANIEL ALCIDES CARRION DE HUANCAYO DISTRITO DE HUANCAYO, PROVINCIA IANCAYO, DEPARTAMENTO JUNIN", durante la ejecución de la IOARR: con CUI N*2573842, Asimismo, recomienda derivar el expediente a la Oficina Regional de Asesoria Juridica;
e, mediante Informe Técnico N°523-2025-GRJ/GRDS de fecha 06 de octubre del 2025, la Lic. Lisette Ruiz ivera, Gerente Regional de Desarrollo Social, solicita a la Abog. Ena Milagros Bonilla Pérez, Directora Regional de Asesoría Juridica, opinión legal respecto a transfer 01 Resonador Magnético de 1.5 Teslas adquirido con [Contrato N°268-2024/GRJ/ORAF, en el marco de ejecución de la IOARR: con CUI N° 2573842 a favor del Hospital
/ Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión" de la provincia de Huancayo de la Región Junin;
Que, mediante Informe Legal N825-2025-GRJ/ORAJ de fecha 10 de octubre del 2025, la Abg. Ena Milagros Bonilla Pérez, Directora de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, menciona que conforme a la Directiva N°001- 2015/SBN, aprobada por Resolución N046-2015/SBN de fecha 09 de julio del 2015, en el numeral V “DISPOSICIONES GENERALES”, establece: “Para sustentar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes, así como los procedimientos de alta y baja de los registros correspondientes, la UCP elaborará y sustentará el Informe Técnico, conforme al formato contenido en el Anexo N°3, el cual deberá incluir los datos técnicos del bien (marca, modelo, serie, entre otros) y la base legal, además de precisar el beneficio económico que representa para el Estado el procedimiento propuesto”;
Que, siendo las normas de orden público, su cumplimiento es obligatorio de manera que la Sub Dirección de Gestión Patrimonial, debe elaborar el Informe Técnico, conforme al formato contenido en el Anexo N3 de la Directiva N001-2015/SBN, para la emisión del Informe Legal que corresponda. Consecuentemente y por los motivos indicados, opina que debe recabarse, previamente al Informe Legal, el Informe Técnico de la Sub Dirección de Gestión Patrimonial. Que, mediante Memorando N5228-2025-GRJ/GRDS de fecha 16 de octubre del 2025, la Lic. Lisette Ruiz Rivera, Gerente Regional de Desarrollo Social, solicita al Lic. Roberto Abel Cervantes Zacarias, Sub Director (e) de la Oficina de Gestión Patrimonial, el Informe Técnico para la transferencia definitiva del Resonador Magnético de 1.5 Teslas, adquirido a través de la ejecución de la IOARR con CUI N2573842, para el Hospital Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión”, considerando que el Resonador Magnético fue
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entregado y viene funcionando en el hospital en mención, siendo necesario la transferencia para registro patrimonial que corresponde;
Que, mediante Informe Técnico N30-2025-GRJ-ORAF/OGP de fecha 04 de noviembre del 2025, el Lic. Adm. Roberto Abel Cervantes Zacarias, Sub Director (e) de la Oficina de Gestión Patrimonial, sustenta la aprobación de transferencia a título gratuito de un Equipo de Resonancia Magnética de 1.5 Teslas adquirido por la Sede Central del Gobierno Regional Junin a favor del Hospital Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, la cual se enmarca dentro de lo establecido por el cuerpo legal y normativo respectivo, especificamente lo señalado por la Directiva N°0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento", aprobada con Resolución Directoral N0015-2021-EF/54.01 y sus modificatorias, cuyo objetivo es regular la gestión de los bienes muebles que formen parteo sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento;
Que, la Comisión de Infraestructura, aprobaron el DICTAMEN N° 01-2026-GRJ-CR/CPI, Dictamen que aprueba la transferencia a título gratuito de un Equipo de Resonancia Magnética de 1.5 Teslas adquirido por la Sede Central del Gobierno Regional Junín a favor del Hospital Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión", conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 18° de la Directiva N°0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco de! Sistema Nacional de Abastecimiento" y su modificatoria.
Que, conforme a lo señalado, el Consejero Regional Luis Fernando Morales Nieva, realiza la propuesta de acuerdo a que el Pleno del Consejo Regional de Junín, Autorice la transferencia a título gratuito de un equipo de esonancia Magnética de 1.5 Teslas, adquirido por la Sede Central del Gobierno Regional Junin a favor del gspital Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, conforme a lo establecido en la Directiva N*0006- 021-EF/54.01; asimismo, se traslade el presente acuerdo, al Ejecutivo para que, a través de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, formalice y apruebe mediante acto resolutivo la transferencia a título gratuito del mencionado bien;
El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del artículo 37”, concordante con el artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto MAYORITARIO de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- El Consejo del Gobierno Regional de Junin, AUTORIZA la transferencia a título gratuito de un equipo de Resonancia Magnética de 1.5 Teslas, adquirido por la Sede Central del Gobierno Regional Junin a favor del Hospital Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, conforme a lo establecido en la Directiva N°0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y su modificatoria.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRASLADAR, el presente acuerdo, al Ejecutivo para que, a través de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, formalice y apruebe mediante acto resolutivo la transferencia a título gratuito del mencionado bien.
Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 17 días del mes de marzo del año dos mil veintiséis.
e, Comuníquese y Cúmplase.
Mag. LUIS FERNANDO MORALES NIEVA PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONALDE JUN
Ce. GOBERNACIÓN, GGR. OCI. ORAF
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