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0061-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0061-2026-GRJ/CR

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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN

CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA" [__GONSEIO REGIONAL 7 neo we] J037 0782 | ACUERDO REGIONAL N°061-2026-GRJ/CR [exe wl 7032304 POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 17.03.2026, en la Sede del Gobierno Regional Junín.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Acuerdos del Consejo Regional, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional...”

Que, el artículo 76° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “Los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos opios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando engan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los edidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer al tramite...”,

Que, el Consejero Regional Luis Fernando Morales Nieva, realiza el pedido verbal para que el Pleno del Consejo Regional de Junín, FACULTE al Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, para que en ejercicio de su autonomia administrativa, pueda disponer la reprogramación de las sesiones de Consejo Regional debidamente convocadas, cuando medien causas justificadas, falta de quórum o situaciones sobrevenidas que impidan su realización;

El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del artículo 37°, concordante con el artículo 39° de la Ley N*27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto MAYORITARIO de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- FACULTAR, al Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, Luis Fernando Morales Nieva para que, en ejercicio de su autonomía administrativa, pueda disponer la reprogramación de una nueva CONVOCATORIA DE LAS SESIONES (ordinaria y extraordinaria) de Consejo Regional debidamente convocadas, cuando medien causas justificadas, falta de quórum o situaciones sobrevenidas que impidan su realización. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que toda reprogramación deberá ser en coordinación con los miembros del Consejo Regional y las instancias correspondientes, y comunicada con una antelación mínima de 24 horas, salvo casos de emergencia o fuerza mayor debidamente acreditados. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la notificación del presente Acuerdo y su publicación en el portal institucional.

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 17 días del mes de marzo del año dos mil veintiséis. Registke uníquese y Cúmplase.

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Mag. LUIS FERNANDO MORALES NIEVA PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE JUNÍN

Ce GOBERNACION. GGR. OCI. Consejeros

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8082130-0061-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9903277/8082130-acuerdo-regional-n-061-2026-grj-cr.pdf