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0051-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0051-2026-GRJ/CR

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“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA"

ACUERDO REGIONAL N°051-2026-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 02.03.2026, en la Sede del Gobierno Regional

Junín.

CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2°

de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, sobre Acuerdos del Consejo Regional, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. ..”;

Que, el artículo 1° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, manifiesta: *... Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país.”, asimismo, el artículo 2° numeral 2.2) de la norma acotada, refiere que: “La presente Ley regula las acciones destinadas a la protección del ambiente que deben adoptarse en el desarrollo de todas las actividades humanas ...”;

Que, el literal i) del artículo 15° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, sobre Atribuciones del Concejo Regional, establece: “Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobiemo Regional”;

Que, el numeral 1.2) del artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, establece: “El Decreto Legislativo tiene como finalidad establecer los principios, definiciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento, asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera eficiente y eficaz, promoviendo una gestión interoperativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados. A

Que, mediante Decreto Supremo N217-2019-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, en cuyo numeral 1.2) del artículo 1°, establece: “La Cadena de Abastecimiento Público se desarrolla a través de la interrelación de actividades que permiten asegurar el aprovisionamiento y trazabilidad de los bienes, servicios y obras, para el logro de las metas u objetivos estratégicos y operativos de las Entidades, optimizando el uso de los recursos públicos y garantizando condiciones de necesidad, conservación, oportunidad y destino, en el marco de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, la Gestión de Adquisiciones, y la Administración de Bienes.”,

Que, el artículo 1? del Decreto Supremo N*009-2019-MINAM, Aprueba el Régimen Especial de Gestión y Manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, sobre Objeto señala: “Establecer un régimen especial para la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) como residuos de bienes priorizados, mediante la determinación de un conjunto de obligaciones y responsabilidades de los actores involucrados en las diferentes etapas de gestión y manejo, el cual comprende actividades destinadas a la segregación, almacenamiento, recolección, transporte, valorización y disposición final de los RAEE, teniendo en cuenta condiciones para la protección del ambiente y la salud humana.”,

Que, el artículo 1? de la Resolución Directoral N*0015-2021-EF/54.01, que aprueba la Directiva N° 0006-2021- EF/54.01, Directiva para la Gestion de Bienes Muebles Patrimoniales en el Marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, sobre Objeto, establece: “La Directiva tiene por objeto regular la gestión de los bienes muebles que formen parte o sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento.”;

Que, la Directiva N° 0008-2025-EF/54.01, Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE, aprobada con Resolución Directoral N° 0031-2025-EF/54.01; en su artículo 1° sobre Objeto y finalidad establece: “La Directiva tiene por objeto regular los procedimientos de gestión de los bienes muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos — RAEE con la finalidad de garantizar su trazabilidad y prevenir o mitigar impactos negativos en el cuidado y protección de la salud humana y del medio ambiente.”

PRESIDENTE DEL CONSEJO REGONAL CE JUNIN

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AL DEJO

PRESIDENTE DEL CONSEJO RECON

iMag, LUÍS FERNANDO MO!

Spinoza Espir.

CMA EISCUTIIO

Que, el literal g) del numeral 4.2 del artículo 4° de la Directiva señalada en el considerando precedente, sobre Donación, define: “acto de disposición a título gratuito mediante el cual se otorga la propiedad del bien mueble calificado como RAEE, generado por una Entidad del Sector Público, a favor de un Sistema de Manejo de RAEE.” Que, mediante Resolución Directoral Administrativa N° 2155-2025-GR-JUNIN/ORAF de fecha 07 de octubre del 2025, se aprobó la baja de doscientos cincuenta y tres (253) bienes muebles calificados como RAEE, asimismo la inclusión de ochocientos cincuenta y ocho (858) bienes muebles en condición de sobrantes (194 Patrimoniales y 664 No Patrimoniales), además la inclusión de seiscientos veintiséis (626) bienes muebles dados de baja por causales distintas a RAEE y que mediante Resolución Directoral Administrativa N° 2115-2025-GR-JUNIN/ORAF se modificó la causal de baja inicial por RAEE; Que, cumplido el plazo de publicación de la invitación de cinco (5) días hábiles dispuesto por la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; se tuvo presentadas dieciocho (18) solicitudes de los Sistemas de Manejo de RAEE, adjuntando la información y documentación señalada en el numeral 11.2 de la Directiva N° 0008-2025- EF/54.01, como son:

  1. Carta N° 235-2025-RLG del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo REVERSE LOGISTICS GROUP PERU S.A.C., según expediente N° 6609409-2025/SisDoRe.
  2. Carta N° 465-2025-ECORAEE del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo ECORAEE E.L.R.L., según expediente N° 6608600-2025/SisDoRe.
  3. Carta Sistema RAEE N° 472-2025 del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo ENVIRONMENT AND TECHNOLOGY PERÚ S.A.C., según expediente N* 6606716-2025/SisDoRe.
  4. Carta N° 409-2025-URBAN del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo URBAN MINING S.A.C., según expediente N° 6603843-2025/SisDoRe.
  5. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual ECO TECNO E.LR.L., según expediente N° 6609260-2025/SisDoRe.
  6. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual REVIRESA E.I.R.L., según expediente N° 6604831-2025/SisDoRe.
  7. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual NEXTGEN SOLUTIONS E.I.R.L., según expediente N° 6609529-2025/SisDoRe.
  8. Carta — RAEE N° 433 del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo RECICLAJE Y TECNOLOGIA PERU S.A.C., según expediente N° 6606682-2025/SisDoRe.
  9. Carta N° 476-2025-SCBRSAC del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo BETHEL & RAEE S.A.C., según expediente N° 6608884-2025/SisDoRe.
  10. Carta N° 255-ECOSYSTEM RAEE del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo ECOSYSTEM RAEE PERU S.A.C., según expediente N° 6608557-2025/SisDoRe.
  11. Carta N° 434-2025-SCJCLB del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo JCLB SOLUCIONES AMBIENTALES E./.R.L., según expediente N° 6603752-2025/SisDoRe.
  12. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual RENOVATEC PERÚ E.J.R.L., según expediente N° 6613391-2025/SisDoRe.
  13. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual LATINA SYSTEM E.LR.L., según expediente N° 6613386-2025/SisDoRe.
  14. Carta N° 318-2025-48J del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual A&J SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y COMERCIALES E.I.R.L., según expediente N° 6606651-2025/SisDoRe.
  15. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual E-WASTE PRO E.I.R.L., según expediente N° 6606779-2025/SisDoRe.
  16. Carta N° 051-2025-SCJ&J del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo SISTEMA COLECTIVO J&J ECOLOGIC E.I.R.L., según expediente N° 6603341-2025/SisDoRe.
  17. Carta S/N del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual TECNORENEW E.I.R.L., según expediente N° 6604148-2025/SisDoRe.
  18. Solicitud N° 012-2025 del Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Colectivo MAFIE SISTEMA COLECTIVO S.A.C., según expediente N° 6606708-2025/SisDoRe. Que, con Oficio N° 518-2025-GRJ/ORAF, la Directora Regional de Administración y Finanzas invita a la Oficina de Control Institucional la participación de un veedor en el sorteo a efectuarse para determinar el beneficiario de la donación de los RAEE involucrados en la Resolución Directoral Administrativa N°2155-2025-GR-JUNIN/ORAF; Que, el dia 31 de octubre del 2025, a las 11:00 horas en la Sede Central del Gobiemo Regional Junin (Oficina Regional de Administración y Finanzas), se procedió a realizar el sorteo con presencia de los representantes del Sistema de Manejo de RAEE: ECORAEE E.|.R.L. y BETHEL & RAEE S.A.C., producto de ello resultó ganador el Sistema de Manejo de RAEE: Sistema Individual RENOVATEC PERÚ E.L.R.L., conforme a lo señalado en el acta de sorteo;

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GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSEJO REGIONAL

Que, mediante Informe Técnico N°032-2025-GRJ-ORAF/OGP de fecha 19 de noviembre del 2025, el Lic. Adm. Roberto Abel Cervantes Zacarias, Sub Director (e) de la Oficina de Gestión Patrimonial, sustenta la disposición final de mil setecientos treinta y siete (1737) bienes muebles que deriva de la Resolución Directoral Administrativa N2155-2025-GR-JUNIN/ORAF, que aprobó la baja de doscientos cincuenta y tres (253) bienes muebles calificados como RAEE, asimismo la inclusión de ochocientos cincuenta y ocho (858) bienes muebles en condición de sobrantes (194 Patrimoniales y 664 No Patrimoniales), además la inclusión de seiscientos veintiséis (626) bienes muebles dados de baja por causales distintas a RAEE y que mediante Resolución Directoral Administrativa N2115-2025-GR-JUNIN/ORAF se modificó la causal de baja inicial por RAEE, a favor del Sistema de Manejo de RAEE denominado Sistema Individual RENOVATEC PERÚ E.I.R.L., con RUC N° 20613635034;

Que, la Comisión de Infraestructura, aprobaron el DICTAMEN N°02-2026-GRJ-CRICI - Dictamen que aprueba la donación de un total de mil setecientos treinta y siete (1737) bienes muebles (879 bienes dados de baja y 858 bienes sobrantes sustentando tal condición con Informe Técnico N*018-2025-GRJ-ORAF/OGP) conforme a lo establecido en la Directiva N°0008-2025-EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”;

El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas el Inc. a) del artículo 37°, concordante con el artículo 39° de la Ley N*27867 “Ley Orgánica de Gobiernos egionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

pou, Rabo

ACUERDA: IARTICULO PRIMERO. - El Consejo del Gobiemo Regional de Junín, AUTORIZA la transferencia en la modalidad de donación de mil setecientos treinta y siete (1737) bienes muebles (879 bienes dados de baja y 858 bienes sobrantes sustentado tal condición con Informe Técnico N° 018-2025-GRJ-ORAF/OGP), conforme a lo establecido en la única disposición complementaria final de la Directiva N° 0008-2025-EF/54.01 "Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”. ARTÍCULO SEGUNDO. - Trasladar el presente acuerdo, al Ejecutivo para que, a través de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, formalice y apruebe mediante acto resolutivo la disposición final de dichos bienes calificados como RAEE. ARTÍCULO TERCERO. - El presente acuerdo de consejo regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y su posterior publicación en la página web del Gobiemo Regional de Junín.

GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 02 días del mes de marzo del año dos mil veintiséis,

Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE Jt

| ce GOBERNACIÓN. GGR, OCI. ORAF, OGP |

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