Skip to content
L Legalize.pe
0049-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0049-2026-GRJ/CR

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

In,

Ne

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL

“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”

CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGIONAL N*049-2026-GRJICR 7555 (700 POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 02.03.2026, en la Sede del Gobierno Regional Junín.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el articulo 2°

de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiemos

Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía

política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 39° de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, sobre Acuerdos del Consejo

Regional, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos

del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un

determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional...”

Que, al Consejo Regional de Junín, ingreso la Carta de Denuncia con Expediente N*6812587; en relación a ello, E el Secretario Ejecutivo del Gobiemo Regional de Junin, Abog. Rogelio A. Espinoza Espiritu, mediante Oficio N°27- : 2026-GRJ/SE, solicita al Sub Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, Ing. Edgar Luis Lima Ataucusi, remita un informe técnico sobre la denuncia presentada por la Empresa Privada Grupo Empresarial Visión Compartida Sociedad Anónima Cerrada - GEVICOM S.A.C., en contra del Comité de Selección N°007-2025-GRJCE-OXILEY 29230/SEGUNDA CONVOCATORIA; al respecto, con Oficio N°002-2026-CE 2636783 se da spuesta a lo solicitado, la misma que a la letra señala lo siguiente: “..., 4.- En ese sentido, no resulta cierto que haya incurrido en actos arbitrarios ilegales, ni en supuesta intensión de impedir la participación del denunciante

n el proceso de selección, habiéndose respetado en todo momento su derecho de participación y el principio del

debido procedimiento; el error administrativo es un hecho fortuito ajeno a este Comité. ...”. del mismo modo, mediante Memorando N82-2026-GRJ-CR-SE, se solicita a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emita opinión legal, sobre la competencia que tendría el Consejo Regional, respecto al documento de la referencia (Carta de Denuncia); en ese sentido, mediante Informe N23-2026-GRJ-ORAJ, la Directora de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Abog. Ena Milagros Bonilla Pérez, OPINA lo siguiente: “..., el Consejo Regional no es autoridad competente, para recibir y/o atender, la denuncia de fecha 07 de enero de 2026, interpuesto por la persona de Juan Javier Bedoya Martel, en su condición de Representante Legal de la Empresa Privada Grupo Empresarial Visión Compartida Sociedad Anónima Cerrada - GEVICOM S.A.C.”, a lo expuesto, el Presidente del Consejo Regional Luis Fernando Morales Nieva, realiza un pedido al Pleno del Consejo Regional de Junín, para que se TRASLADE al Ejecutivo (Gobernación) todo lo actuado (Carta de Denuncia — Doc. 10044825) presentado por la Empresa Privada Grupo Empresarial Visión Compartida Sociedad Anónima Cerrada - GEVICOM S.A.C., representado por su Gerente General, Juan Javier Bedoya Martel, para que dentro de sus atribuciones tome las acciones administrativas y/o legales que correspondan, por el supuesto impedimento de participación relacionado al Proceso de Selección N° 007-2025-GRJ-CE-OXI/LEY 29230; El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del artículo 37°, concordante con el articulo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiemos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO UNICO.- El Pleno del Consejo Regional de Junín, TRASLADA al Ejecutivo (Gobernación) todo lo actuado (Carta de Denuncia — Doc. 10044825) presentado por la Empresa Privada Grupo Empresarial Visión Compartida Sociedad Anónima Cerrada - GEVICOM S.A.C., representado por su Gerente General, Juan Javier Bedoya Martel, para que dentro de sus atribuciones tome las acciones administrativas y/o legales que correspondan, por el supuesto impedimento de participación relacionado al Proceso de Selección N° 007-2025- GRJ-CE-OXI/LEY 29230.

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 02 dias del mes de marzo del año dos mil veintiséis.

Regístres uniquese y Cúmplase.

GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

Mag. LUIS FERNANDO 1 | Cc. GOBERNACIÓN, GGR, OCI, ORAF. | PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE JUNI

= oe Lo»


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/7912803-0049-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9667871/7912803-acuerdo-regional-n-049-2026-grj-cr.pdf