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0015-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0015-2026-GRJ/CR

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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGIONAL N°015 -2026-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 13.01.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Articulo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional;

Que, el artículo 149° de Reglamento Intemo del Consejo Regional (RIC), señala. Las Comisiones Investigadoras son aquellas que el Consejo regional determina circunstancialmente como consecuencias de denuncias quejas y/o presunción de irregularidades que se presenten en el desempeño de la función pública por parte de los Gerentes, funcionarios O empleados del Gobierno Regional Junín; su función es temporal y culmina cuando presenta informes y se adoptan las medidas correspondientes.

Que, estando programado como punto de agenda para la sesión ordinaria de fecha 13.01.2026, el análisis y pronunciamiento sobre el proyecto de ley N*07582/2023-CR y el proyecto de ley N°07095/2023-CR, sobre modificación de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se tiene la participación y sustentación de la responsable de la oficina de Asesoria Jurica.

Que luego de la participación de la Asesora legal de la entidad, se genera debate en el pleno del Consejo Regional, teniendo la intervención de varios consejeros regionales, llegando a la conclusión de que es necesario Conformar una Comisión Especial con cinco integrantes para que, dentro de sus competencias analice y revise el proyecto de Ley en mención contando con la participación de uno o más constitucionalistas expertos en el tema, con la finalidad de que el pleno del consejo emita un pronunciamiento que coadyugue en la mejora de todos los Consejos Regionales, Provinciales y Distritales del Perú.

/ El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc, a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto MAYORITARIO de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Consejo Regional, conforma la COMISIÓN ESPECIAL, para que dentro de sus competencias analice y revise el proyecto de Ley N°07582/2023-CR y el proyecto de Ley N*07095/2023-CR, contando con la participación de uno o más constitucionalistas expertos en el tema, con la finalidad de que el pleno del consejo emita un pronunciamiento que coadyugue en la mejora de todos los Consejos Regionales, Provinciales y Distritales del Perú. ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión Especial, tendrá un plazo de 60 días calendarios, y estará conformado por los siguientes consejeros:

  • Consejero, Luis Fernando Morales Nieva (Presidente)

  • Consejero, Rafael Anderson Gonzales Ureta (Vicepresidente)

  • Consejero, Yoni Ángel Balbín Peña (Miembro)

  • Consejera, Maribel Edith valencia Mejía (Miembro)

  • Consejero, Heman Robert Rojas De La Cruz, (Miembro) ARTÍCULO TERCERO.- Disponer a Directora Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de Junín, como Secretaria Técnica de la presente Comisión Especial. Asi mismo, recomendar al Ejecutivo (Gobernación y a la Secretaria Técnica), para que otorguen la facilidades logísticas y económicas correspondientes, para contratar dos abogados constitucionalistas para asesorar a la Comisión Especial. ARTÍCULO CUARTO.- Encargar a la Secretaria Técnica de la Comisión Especial (Directora Regional de Asesoría Legal) para que lleve las actas de la Comisión y la redacción del Dictamen o Informe Final. Así mismo, los aportes que brinde la Comisión Especial, se debe plasmar en una mem id especial.

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin/a los, 13 días del mes de enero del año dos mil veintiséis.

Regístrese, Gomuniqu e y Cúmplase.

Mag. LU!

Ce GOBERNACIÓN, GGR, OCI, ORAJ, ORAF. GRPPyAT, Consejeros. LFMN, RAGU, YABP, MEVM, maroc |


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/7764905-0015-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9484131/7764905-acuerdo-regional-n015-2026-grj-cr.pdf