Skip to content
L Legalize.pe
001-2025-GRJ-GR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 001-2025-GRJ/GR

11 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

ACTA DE ACUERDOS DE COFINANCIAMIENTO N° 0 0 i -2025-GRI/GR

Siendo las “ ' horas, en © hoc en el distrito de Huancayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a los días del mes de ¿Cc de 2025, se reúnen con el fin de suscribir el presente acta de acuerdos de cofinanciamiento, de una parte, Gobierno Regional de Junin, con Registro Único de Contribuyente N°. 20486021692, con domicilio legal en Jr. Loreto 363 — Huancayo, representado por MG. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE, identificado con Documento Nacional de Identidad N°. 20055221, designado mediante Resolución N.2 0005-2023 de fecha 13/01/2023, que en lo sucesivo se denominará GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN, y, de la otra parte, el Agente Económico Organizado denominado GRUPO PICHANAQUI VALLE S.A.C., con domicilio legal en Av. Marginal Km. 70 A.V. Hnas Paucar (Ex Discoteca El Faraon) Junin - Chanchamayo - Pichanaqui, debidamente representado por su GERENTE GENERAL, Sr.{a) VALLE MUÑOZ EDITH, identificado con Documento Nacional de Identidad N°. 45677838, según poder que obra inscrito en la partida electrónica N° 11101613, que en lo sucesivo se denominará AEO BENEFICIARIO;

Se inicia la presente sesión, teniendo como único punto de agenda la socialización y suscripción de los acuerdos de cofinanciamiento, los mismos que se desarrollan bajo los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO: ANTECEDENTES

El GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN, en el marco de la Ley N°. 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar \, la competitividad productiva, ha aprobado un importe destinado para cofinanciar planes de negocio. Este importe fue aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional N°. 045-GRJ/GR, de fecha 09 de febrero de 2024; asimismo, mediante Resolución Ejecutiva Regional N°. 192-2024-GRJ/GR, de fecha 28 de octubre de 2024, se aprobó la lista de planes de negocio ganadores, entre las cuales figura como ganadora el plan de negocio denominado “MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE TRANSFORMACION DE CAFE PERGAMINO EN DERIVADOS PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO EN EL GRUPO PICHANAQUI VALLE S.A.C.,DISTRITO PICHANAQUI, PROVINCIA /| CHANCHAMAYO, REGION JUNIN”, que en lo sucesivo se denominará PLAN DE NEGOCIO, presentada por el AEO BENEFICIARIO.

De acuerdo, al Artículo N° 28 del Reglamento de Ley N°. 29337, corresponde al GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN adquirir equipos, maquinarias, insumos, materiales y/o prestación de servicios, así como la construcción de la infraestructura, con cargo al cofinanciamiento según el presupuesto técnico, a fin de que puedan implementar sus PLANES DE NEGOCIO.

\simismo, es compromiso del AEO BENEFICIARIO cumplir con sus aportes (dinero en efectivo y/o valorizaciones) e han sido contemplados como parte de los costos de inversión de sus PLANES DE NEGOCIO. En ese sentido, ara que se pueda ejecutar el PLAN DE NEGOCIO, se hace necesario suscribir los acuerdos de cofinanciamiento ' en cumplimiento al Artículo N° 26 del Reglamento de Ley N°. 29337.

SEGUNDO: OBJETO

NEl objeto de los acuerdos de cofinanciamiento es para establecer las obligaciones del GOBIERNO REGIONAL DE -'JUNIN y del AEO BENEFICIARIO durante la ejecución y operación del PLAN DE NEGOCIO relacionadas con las metas, propósito y uso de bienes y servicios para el que fueron solicitados, así como las responsabilidades y las “ acciones legales que corresponde iniciar en caso de daño o afectación de estos bienes; o para su devolución cuando corresponda, así como disposiciones para su cautela, prohibición de transferencia a terceros, gravamen en garantía de deudas, financiamiento frente a terceros; asimismo, la obligación de devolverlos en caso de incumplimiento de responsabilidades.

TERCERO: INVERSION Y FINANCIAMIENTO

En atención a lo señalado en el punto precedente, el GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN y el AEO BENEFICIARIO convienen cofinanciar el PLAN DE NEGOCIO, por un total de inversión de S/ 210,950.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA 00/100), de los cuales el GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN cofinanciara un monto de S/ 139,150.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA 00/100) de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, el AEO BENEFICIARIO aportara una contrapartida total de S/ 71,800.00 (SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS 00/100), los mismos financiaran bajo el siguiente esquema:

= alorización

a i 7 ~ AD ee Mela AEO — |. INVERSION FIJA 210,950.00 139,150.00 | 23,800.00 48,000.00 1.1 INVERSION FIJA TANGIBLE 1.1.3. EQUIPOS Mesas con base pata de gallo 70x 70 Unidad 8 1,280.00 1,280.00 Piladora pulidora 1.5 qq | Unidad 1 18,650.00 18,650.00 Friobar Unidad 1 720.00 720.00 ah de madera (Palo l Unidad! 32 | 4000.00 4,000.00 rosa oon Este Refrigerador Unidad 1 1,000.00 1,000.00 Congeladora Unidad 1 1,220.00 1,220.00 Mesas con base pata de . allo 50 x 50 Unidad 8 1,200.00 1,200.00 Cocina eléctrica Unidad 1 130.00 130.00 Molino 150 Kg/h Unidad 1 18,300.00 18,300.00 Tostadora de laboratorio , 2 tambores Unidad 1 35,000.00 35,000.00 Licuadora encapsulada | Unidad 1 2,800.00 2,800.00 Escritorio Unidad 1 1,670.00 1,670.00 Molino de laboratorio Unidad 1 8,800.00 8,800.00 Impresora Unidad 1 980.00 980 Medidor de humedad Unidad 1 6,700.00 6,700.00 Seliadora continua Unidad 1 5,500.00 5,500.00 patuina de café (Ottima Tuna! 1 | 43,260.00 13,260.00 vo ,200. 260. Tostadora de café 5 - | Kg/bateh [Unidad 1 62,500.00 62,500.00 Moledor fé (La 7 Praia demand) [Unidad| 1 4,200.00 4,200.00 Pilador de muestras Unidad 1 7,500.00 7,500.00 Ventiladora Unidad 2 340.00 340.00 Máquina de café E Faema) Unidad 1 15,200.00 15,200.00 210,950.00 139,150.00 | 23,800.00 48,000.00 100% 66% 11% 23%

CUARTO: VIGENCIA

El presente acuerdo de cofinanciamiento tendrá vigencia desde la suscripción de la presente acta y se extenderá hasta Junio del año 2027, en cumplimento al Artículo N° 25 del Reglamento de Ley N°. 29337, que indica que la validez del mismo será hasta el cierre del PROCOMPITE donde se adjudicó como beneficiario.

QUINTO: CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN

El cronograma de ejecución del PLAN DE NEGOCIO ganador se detalla a continuación:

INVERSION FIJA INVERSION FIJA TANGIBLE EQUIPOS

Mesas con base pata de gallo 70 x 70 jul-25 jun-26 Piladora pulidora 1.5 qq jul-25 jun-26 Friobar jul-25 jun-26 Sillas de madera (Palo rosa) jul-25 jun-26 Refrigerador jul-25 jun-26 Congeladora jul-25 jun-26 Mesas con base pata de gallo 50 x 50 jul-25 jun-26 Cocina eléctrica jul-25 jun-26 Molino 150 Kg/h jul-25 jun-26 \| Tostadora de laboratorio 2 tambores jul-25 jun-26 Licuadora encapsulada jul-25 jun-26 Escritorio jul-25 jun-26 Molino de laboratorio jul-25 jun-26 Impresora jul-25 jun-26 Medidor de humedad jul-25 jun-26 Selladora continua jul-25 jun-26 | Maquina de café (Ottima Evo) jul-25 jun-26 Tostadora de café 5 Kg/batch jul-25 jun-26 Moledor de café (La Cimbali CM Ondemand) jul-25 jun-26 Pilador de muestras jul-25 jun-26 Ventiladora jul-25 jun-26 . | Máquina de café (Faema) jul-25 jun-26

ul /; SEXTO: OBLIGACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

” Por el presente acuerdo de cofinanciamiento, el GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN se obliga a:

— Asegurar los recursos establecidos para el cofinanciamiento del PLAN DE NEGOCIO ganador.

— Adquirir los bienes y servicios a ser entregados al AEO BENEFICIARIO de acuerdo al PLAN DE NEGOCIO

\ ganador, cuya cantidad y especificaciones técnicas se detallan en el mismo.

— Está obligado a ejecutar la totalidad del cofinanciamiento aprobado para el PLAN DE NEGOCIO ganador y supervisar fa entrega de los respectivos aportes y el cumplimiento de las demás obligaciones del AEO BENEFICIARIO, de conformidad con lo establecido en el PLAN DE NEGOCIO y el presente acuerdo de cofinanciamiento suscrito. No puede cerrar unilateralmente ningún PLAN DE NEGOCIO, salvo en los casos de incurnplimiento de obligaciones del AEO BENEFICIARIO establecido en el presente acuerdo.

Realizar el acompañamiento y seguimiento de la operación del PLAN DE NEGOCIO ganador, hasta lograr su consolidación empresarial, que puede ser hasta por dos (2) años, planteando sus respectivos informes con las acciones correctivas que sean necesarias.

Realizar la supervisión a la ejecución y operación del PLAN DE NEGOCIO ganador del AEO BENEFICIARIO, con el objetivo de determinar si los bienes y servicios destinados están cumpliendo su propósito y uso para el que fueron solicitados. Caso contrario, procederá a la implementación del proceso administrativo de reversión y a realizar la recuperación de los bienes y servicios otorgados en su valor real e iniciará las acciones legales que correspondan.

Realizar la liquidación del PLAN DE NEGOCIO y la transferencia definitiva de la capacidad productiva adquirida a favor del AEO BENEFICIARIO, con la Resolución Ejecutiva correspondiente, siempre que el AEO BENEFICIARIO haya cumplido con la implementación cabal del PLAN DE NEGOCIO ganador.

Cumplir la realización de los aportes y demás obligaciones asumidas por el AEO BENEFICIARIO, de” acuerdo a lo estipulado en el respectivo PLAN DE NEGOCIO.

Brindar las facilidades necesarias a los funcionarios o personal designado para efectuar la supervisión a la ejecución y operación del PLAN DE NEGOCIO ganador, así como su acceso a los registros y documentos que se estimen pertinentes.

Firmar las actas de recepción de la infraestructura, maquinaria, equipos, materiales y servicios, en la cual se detalle o especifique los usos a los cuales se obliga.

Operar el PLAN DE NEGOCIO cumpliendo estrictamente lo establecido.

Dar alos bienes y servicios recibidos, uso exclusivo para el que fueron transferidos, por lo que se prohíbe transferir, prestar y enajenar bajo cualquier modalidad a terceros.

El AEO BENEFICIARIO acepta que los bienes cofinanciados, serán otorgados en la modalidad de CESION EN USO, hasta que se efectué la transferencia definitiva de los mismos.

Realizar el mantenimiento periódico, cuidado o preservación de los bienes no fungibles otorgados, conforme recomendado por la Empresa fabricante en caso así lo requieran.

El AEO BENEFICIARIO tiene la responsabilidad de gestionar sus recursos centralizadamente, tanto en la enfrega de bienes y servicios, provisión de insumos, comercialización de los productos y política de manejo de ingresos,

Mantener la unidad como Agente Económico Organizado (AEO) para cumplir todas las obligaciones que contraen como organización.

Acepta que frente al incumplimiento de sus obligaciones perderá el carácter de AEO BENEFICIARIO. En caso que un socio incumpla las obligaciones contraídas como organización, perderá el carácter de socio, debiendo ser retirado por el AEO.

De perder el carácter de AEO BENEFICIARIO, acepta devolver al GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN todos los bienes que le fueron entregados en su valor real y pagar el valor real de todos los servicios que les fueron prestados, bajo responsabilidad legal por incumplimiento. En los casos de retiro de socios, por decisión propia o del AEO, éstos tienen la obligación de devolver al AEO, todos los bienes que están bajo su responsabilidad en su valor real y pagar el valor real de todos los servicios que les fueron prestados, bajo responsabilidad legal por incumplimiento.

Informar trimestralmente al GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN del avance en la implementación y operación del PLAN DE NEGOCIO.

Informar oportunamente al GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN cualquier circunstancia referida a la implementación y operación de la PLAN DE NEGOCIO ganador.

OCTAVO: ADHESIÓN Y LIBRE SEPARACIÓN

Tanto la GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN como el AEO BENEFICIARIO declaran expresamente que celebran el presente acuerdo de cofinanciamiento en forma fibre, autónoma y que lo hacen sin mediar ningún tipo de coacción sobre ellos. Asimismo, ambos se comprometen a mantener los términos del acuerdo de cofinanciamiento hasta la culminación de la ejecución, operación, liquidación, transferencia definitiva y cierre del PLAN DE NEGOCIO.

En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones por parte del AEO BENEFICIARIO, el GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN se reserva el derecho de actuar utilizando los mecanismos legales que le franquee la ley para el cumplimiento de sus funciones.

NOVENO: MODIFICACIONES AL ACUERDO

Es 4 Queda expresamente pactado que todas las precisiones técnico-operativas y/o modificaciones relativas a la

ejecución del presente acuerdo de cofinanciamiento se efectuará mediante adenda, la cual deberá estar suscrita por los representantes legales de ambas partes y se integrarán al presente acuerdo. Las modificaciones deberán ser justificadas y comunicadas al Ministerio de la Producción y Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

DÉCIMO: COORDINACIÓN

| 2)\Para efecto de la ejecución y cumplimiento del presente acuerdo de cofinanciamiento, ambas partes convienen en designar a las personas que se señala a continuación:

GOBIERNO REGIONAL DE | MIGUEL ANGEL RIVERA PORRAS 20092395 JUNIN | _ AEO BENEFICIARIO Valle Mufioz Edith 45677838 |

Estas personas tendrán bajo su responsabilidad la planificación, ejecución, supervisión y seguimiento de las . actividades, así como la elaboración conjunta de fos informes respectivos. Asimismo, las personas designadas se yeunirán cada vez que sea necesario para cumplir con el objeto del presente acuerdo o a solicitud de cualquiera \c " ¡E delas partes.

Tanto el GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN como el AEO BENEFICIARIO podrán delegar en otros funcionarios la ejecución del presente acuerdo, previa comunicación a la otra parte mediante documento escrito con una .. anticipación de cinco (5) días hábiles.

DEcIMO PRIMERO: DE LA FIRMA DE ACTAS DE ENTREGA DE EQUIPOS, MAQUINARIAS, INSUMOS Y MATERIALES A LAS AEO

y “Dado que las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios se realizarán en diferentes fechas de acuerdo al cronograma de implementación del PLAN DE NEGOCIO establecido en el punto QUINTO, ambas partes se comprometen a la firma de actas de entrega específicas elaboradas por el personal designado, en las cuales se indicará de acuerdo a la naturaleza del bien o servicio, los compromisos asumidos por el AEO BENEFICIARIO.

DÉCIMO SEGUNDO: DOMICILIO

Para los efectos del presente acuerdo de cofinanciamiento, las partes ratifican el domicilio indicado en la parte introductoria de este documento. Cualquier variación del mismo deberá ser puesta en conocimiento de la otra parte mediante comunicación escrita, con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles. Toda comunicación, aviso o notificación que se cursen las partes entre sí, surtirá efectos en los domicilios señalados.

DÉCIMO TERCERO: DE LOS DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL ACUERDO

ee

JUNI

Forma parte integrante del presente acuerdo de cofinanciamiento, el PLAN DE NEGOCIO ganador, que cuenta con la visación del AEO BENEFICIARIO, profesionales que fo elaboraron y miembros del Comité Evaluador.

DÉCIMO CUARTO: ACTUACIÓN DE LAS PARTES El presente acuerdo de cofinanciamiento se sustenta en la buena fe de las partes, por lo que éstas declaran su voluntad de solucionar de manera cordial las improbables diferencias que pudieran surgir entre las partes en la

aplicación del presente acuerdo de cofinanciamiento.

Sin haber otro punto y leída esta acta por cada uno de los interesados, se levanta la sesión, siendo las A horas del mismo día. Se suscriben por duplicado del mismo tenor en señal de absoluta conformidad.

SAC.

tee

wanandseocenes SOs EDITH VALLE MS) RUC 20609944257

GOBIERN AL JUNÍN

REGIONAL

Mg\ZOSIMO IENAS MUJE ROBE

MG ZÓSIMO CARDENAS MUJE VALLE MUÑOZ EDITH GOBERNADOR REGIONAL DE JUNIN DNI: 45677838 GERENTE GENERAL

GOBIERNO REGIONAL JUNIN ai 'cretaria General Que suscribe, Certifica que la presente bs copia de su original.

HYO.

y

nilia Pers" SECRETARIA GENERAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8033239-001-2025-grj-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9831085/8033239-actas-de-acuerdo-de-confinanciamiento-n-001-2025-grj-gr.pdf