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0006-2026-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 0006-2026-GRJ/CR

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GOBIERNO REGIONAL JUNIN a CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGIONAL N°006-2026-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 09.01.2026, en la Sede del Gobierno Regional Junin.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el Artículo

2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos

Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de

autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del

Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés

público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una norma

institucional;

Que, habiendo ingresado al despacho el Oficio N°519-2025-GRJ/GGR, refrendado por el Gerente Regional

Econ. Roy Tomas Gonzales Mayta, con el que solicita la aprobación mediante Acuerdo Regional, la propuesta

de Director Titular y Director Suplente del Gobierno Regional Junin ante el Directorio de la EPS Selva Central.

La misma que adjunta el Oficio N°0593-2025-GG/EPSSSC.SA de fecha 12.012,2015, y la copia del Oficio

N°432-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de fecha 10.12.2025.

Que, el T.U.O. de la Ley Marco Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legistativo que : aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N°005-2020- VIVIENDA. aa) VMCS Viceministerio de Construcción y Saneamiento del MVCS. 1. Un (1) director, titular y suplente, propuesto por la(s) municipalidad(es) provincial(es) accionista(s), a través de Acuerdo del Concejo Municipal. 2. Un (1) director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional, a través de Acuerdo del Consejo Regional. 3. Un (1) director, titular y suplente, propuesto por la Sociedad Civil. Artículo 7.- Expediente del candidato A\director Los Proponentes son responsables de la elaboración y de la presentación o registro del expediente de ada candidato propuesto, el cual debe contener como mínimo los siguientes documentos: 1. Hoja de Vida suscrita án|cada página por el candidato. 2. Copia simple del documento de identidad. 3. Copia simple del diploma de grado adémico de bachiller de cualquiera de las carreras siguientes: ingeniería, economia, derecho, contabilidad o : Jedministración. 4. Copia simple del titulo profesional de cualquiera de las carreras siguientes: ingeniería, economía,

dRlecho, contabilidad o administración. 5. Copia simple de los títulos, certificados y/o constancias que acrediten los

studios de posgrado y/o los estudios de especialización. 6. Copia simple de los documentos que acrediten la experiencia profesional no menor de cinco (5) años en cargos de nivel directivo y/o de nivel gerencial en empresas, entidades o instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, preferentemente en el Sector Saneamiento, de acuerdo con el Cuadro de Equivalencia de Cargos, conforme al Anexo N°4 de la presente norma. 7. Certificado de antecedentes penales vigente, en el que conste que no registra antecedentes. 8. Declaración jurada de no encontrarse incurso en ningún impedimento para ser director, conforme al formato del Anexo N°3 de la presente norma, la cual no debe ser de una antigiiedad mayor de 30 dias calendario contados desde su suscripción. El Pleno del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39”de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias: con el voto UNANIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. - El Consejo Regional, conforma la COMISIÓN ESPECIAL, para que revise y verifique los requisitos mínimos, de los profesionales candidatos que se propondrá como candidato representante del Gobierno Regional de Junin, para Director ante la EPS Selva Central: ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión Especial, estará conformado, de la siguiente manera:

  • Consejero, Ismael Nicodemus Robles Cortez (Presidente)

  • Consejera, Maribel Edith Valencia Mejía (Vicepresidenta)

  • Consejera, Maritza López Cristina (Miembro)

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 09 días del mes de enero del año dos mil veintiséis.

Regístrese, Camuniquese y Cúmplase.

S NIEVA DE JUNÍN


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/7764737-0006-2026-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9483800/7764737-acuerdo-regional-n006-2026-grj-cr.pdf