Skip to content
L Legalize.pe
000355-2025-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 000355-2025-GRJ/CR

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

gt Mag,

A

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO REGIONAL N°355-2025-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a los 29.12.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de

la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales

emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica

y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo

Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público,

ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma \ institucional; \ Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Interno de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante El (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente 2 fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite.

Que, mediante el Oficio N°010-2025-GRJ-CR/MLC de fecha 23.12.2025, ingresado por la Consejera Maritza López

ristina, donde solicita la aprobación del Informe de Fiscalización N*045-2025-GRJ/F/CR, mediante la cual se faculta fiscalizar la obra: “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad a través del Puente en la Av. Perú sobre el Rio Mazamari, Distrito de Mazamari, provincia de Satipo, Departamento de Junín”, con CUI 2489868. Conforme se encuentra establecido por el Art. 15°, inciso k) de la Ley N°27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: “Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional, y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”; en este contexto, los Consejeros Regionales, en cumplimiento de sus funciones y competencias, están facultados para realizar intervenciones en las diferentes unidades estructuradas del Gobierno Regional, bajo esta premisa se tiene como objetivo general fiscalizar la obra: Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad a través del Puente en la Av. Perú sobre el Rio Mazamari, Distrito de / Mazamari, provincia de Satipo, Departamento de Junín”, con CUI 2489868. / El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el y Inc. a) del Artículo 37”, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento, del INFORME DE FISCALIZACIÓN N045- 2025-GRJ/FICR, por el cual faculto la fiscalización específica a la consejera: Maritza López Cristina, mediante el Acuerdo Regional N0179-2025-GRJ/CR, para fiscalizar la obra: Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad a través del Puente en la Av, Perú sobre el Rio Mazamari, Distrito de Mazamari, provincia de Satipo, Departamento de Junin’, con CUI 2489868.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Regional, remite al ejecutivo el Informe de fiscalización N*045-2025-GRJ/F/CR, para que, a través de las dependencias pertinentes, implemente las recomendaciones del citado informe, las cuales deben ser cumplidas bajo responsabilidad Administrativa y Funcional.

ARTÍCULO TERCERO.- Hágase, de conocimiento del presente acuerdo de Consejo, al Órgano de Control Institucional (Contraloría General de la Republica), para las acciones pertinentes. ARTÍCULO CUARTO. - Sirva el presente Acuerdo Regional, como evidencia del cufmplimignto de su función de fiscalización del consejero suscribiente, para su informe de la Contraloría General de Id Republi¢a. En el cumplimiento de la Ley N°31812 y la Directiva N°010-2024-CG/PREVI.

GOBIERNO RE

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 29 días del mes de diciembre del año dogmil veinticinco.

Cc GOBERNACIÓN, OCI. GGR, Conseiera MLC. Equipo de Fiscalización

L —— ahi ta — od


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8165493-000355-2025-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10030278/8165493-acuerdo-regional-n355-2025-grj-cr.pdf