Acuerdo Regional N.° 000341-2025-GRJ/CR
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GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSEJO REGIONAL
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA"
ACUERDO REGIONAL N*341-2025-GRJ/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesion Extraordinaria celebrada a los 29.12.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junin.
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Interno de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite, .
Que, mediante el Oficio N°103-2025-GRJ-CR/YABP de fecha 23.12.2025, ingresado por el Consejero Yoni Angel Balbín Peña, donde solicita la aprobación del Informe de Fiscalización N*060-2025-GRJ/F/CR, mediante la cual se faculta
e] fiscalizar el Estado Situacional de la ejecución de la obra: "Mejoramiento y Ampliación del Servicio Educativo del Nivel 29 Primaria de la Institución Educativa Integrada José Gálvez con Modelo de Servicio Educativo JEC — Nivel Secundaria 3 del [Centro Poblado Rio Negro, Distrito de Rio Negro — Satipo — Junín”, con CUI. 2300334. Conforme se encuentra a establecido por el Art. 15°, inciso k) de la Ley N°27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del
'ohsejo Regional: “Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional, y dentro de ello, pyar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”, en este contexto, los Consejeros égionales, en cumplimiento de sus funciones y competencias, están facultados para realizar intervenciones en las d ferentes unidades estructuradas del Gobierno Regional, bajo esta premisa se tiene como objetivo general fiscalizar el Estado Situacional de la ejecución de la obra: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio Educativo del Nivel Primaria de A Institución Educativa Integrada José Gálvez con Modelo de Servicio Educativo JEC — Nivel Secundaria del Centro Poblado Rio Negro, Distrito de Rio Negro — Satipo — Junín”, con CUI. 2300334.
El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento, del INFORME DE FISCALIZACIÓN N060- 2025-GRJ/F/CR, por el cual faculto la fiscalización específica al consejero: Yoni Ange! Balbín Peña, mediante el Acuerdo Regional N0196-2025-GRJ/CR, para fiscalizar el Estado Situacional de la ejecución de la obra: "Mejoramiento y Ampliación del Servicio Educativo del Nivel Primaria de la Institución Educativa Integrada José Gálvez con Modelo de Servicio Educativo JEC — Nivel Secundaria del Centro Poblado Rio Negro, Distrito de Rio Negro ~ Satipo — Junín”, con CUI. 2300334.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Regional, remite al ejecutivo el Informe de fiscalización N*060-2025-GRJ/F/CR, para que, a través de las dependencias pertinentes, implemente las recomendaciones del citado informe, las cuales deben ser cumplidas bajo responsabilidad Administrativa y Funcional.
ARTÍCULO TERCERO.- Hágase, de conocimiento del presente acuerdo de Consejo, al Órgano de Control Institucional (Contraloría General de la Republica), para las acciones pertinentes. ARTÍCULO CUARTO. - Sirva el presente Acuerdo Regional, como evi fiscalización del consejero suscribiente, para su informe de la Contraloría de la Ley N°31812 y la Directiva N°010-2024-CG/PREVI.
cia del cumplimiento de su función de ral de la Republica. En el cumplimiento
Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 29 dial es de diciembreel año dos mil veinticinco. Regístrese, Comuniquese y Glmplase.
Cc. GOBERNACIÓN, OCI, GGR, Consejera YABP Equipo de Fiscalización. PRESIDENTE DEL
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