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000323-2025-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 000323-2025-GRJ/CR

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RNO REGIONAL DE JUNÍN GOBIER ONS! RYO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL JUNIN

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CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO REGIONAL N*323-2025-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 16.12.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junin.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Interno de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite.

Que, mediante el Oficio N°27-2025-GRJ-CR/HRRDLC de fecha 12.12.2025, ingresado por el Consejero Hernán Roberth Rojas De La Cruz, donde solicita la aprobación del Informe de Fiscalización N°033-2025-GRJ/F/CR, mediante la cual se faculta fiscalizar el Estado situacional en la ejecución de la obra: “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO

2 EDUCATIVO EN EL INSTITUTO SUPERIOR DE MUSICA PUBLICA ACOLLA, DISTRITO DE ACOLLA, PROVINCIA hi DEAAUJA, REGION JUNIN’, con CUI N°2246585, el mismo que tuvo un periodo de actividad del 18.08.2025 al

. ARTÍCULO TERCERO.- Hágase, de conocimiento del presente acuerdo de Consejo, al

05.12.2025. Conforme se encuentra establecido por el Art. 15°, inciso k) de la Ley N°27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: “Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional, y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”; en este contexto, los Consejeros Regionales, en cumplimiento de sus funciones y competencias, están facultados para realizar intervenciones en las diferentes unidades estructuradas del Gobierno Regional, bajo esta premisa se tiene como objetivo general fiscalizar el “Estado situacional en la ejecución de la obra: “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EL INSTITUTO SUPERIOR DE MUSICA PUBLICA ACOLLA, DISTRITO DE ACOLLA, PROVINCIA DE JAUJA, REGION JUNIN".

El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37”, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento, del INFORME DE FISCALIZACIÓN N°033- 2025-GRJ/F/CR, por el cual facultó la fiscalización específica al consejero: Hernán Robert Rojas De La Cruz, mediante el Acuerdo Regional N°187-2025-GRJ/CR, para fiscalizar el Estado situacional en la ejecución de la obra: “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EL INSTITUTO SUPERIOR DE MUSICA PUBLICA ACOLLA, DISTRITO DE ACOLLA, PROVINCIA DE JAUJA, REGION JUNIN”, con CUI N°2246585.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Regional, remite al ejecutivo el Informe de fiscalización N*033-2025-GRJ/F/CR, para que, a través de las dependencias pertinentes, implemente las recomendacioneg/ del citado informe, las cuales deben ser cumplidas bajo responsabilidad Administrativa y Funcional.

fjano de Control Institucional (Contraloria General de la Republica), para las acciones pertinentes. ARTÍCULO CUARTO. - Sirva el presente Acuerdo Regional, como evidencia del cu fiscalización del consejero suscribiente, para su informe de la Contraloría General de la, de la Ley N° 31812 y la Directiva N°010-2024-CG/PREVI.

plimiento de su función de Xepublica. En el cumplimiento

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 16 días d&\mes de diciembre del año des mil veinticinco, Regístrese, Comuniquese

Cc GOBERNACIÓN. OCI. GGR. Consejero HRRDLC. Equipo de Fiscalización Mg Yoni

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8165461-000323-2025-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10012682/8165461-acuerdo-regional-n323-2025-grj-cr.pdf