Acuerdo Regional N.° 000308-2025-GRJ/CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GIONAL |
ona, [conue To Real : | REG N [ 950 El q | GOBIERNO REGIONAL JUNIN
CONSEJO REGIONAL
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMIA PERUANA”
ACUERDO REGIONAL N°308 -2025-GRJ/CR POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 02.12.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín.
CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Interno de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite. Que, el Consejero Regional Yoner Ambicho Aquino, realiza un pedido verbal para que, el consejo regional recomiende al Ejecutivo a través de las áreas correspondientes priorizar la ejecución del proyecto: “Mejoramiento del Servicio de Atención de Salud básica en el Centro Huachoriki, del Centro Poblado menor Centro Huachoriki del distrito de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín”, con CUI. 2662937. En vista que las autoridades de la población presentaron hace mas de un año la solicitud de construcción del Centro de Salud en mención, el mismo que atiende a la población de nueve / Centros Poblados de la zona y se encuentra dentro del Plan Mil y requiere implementar su infraestructura para una atención adecuada y oportuna del servicio de salud. El Pleno del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones s conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N*27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
/ ACUERDA: ARTICULO UNICO: El Consejo del Gobierno Regional de Junin, RECOMIENDA al Ejecutivo priorizar la ejecución “Mejoramiento del Servicio de Atención de Salud basica en el Centro Huachoriki, del Centro Poblado menor Centro Huachoriki del distrito de Pichanaki, provirjcia\de Chanchamayo, departamento de Junin”, con CUI. 2662937.
Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 02 dias dpl mes Ye diciembre del año dos mil veinticinco. >
JUN.
Regístrese, Comuníguese y Cú plase.
Cc. GOBERNACIÓN. OCI. GGR. GRI
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8136956-000308-2025-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10008938/8136956-acuerdo-regional-n308-2025-grj-cr.pdf