Acuerdo Regional N.° 0003-2026-GRJ/CR
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nr
Dz 100 96 339 68 500 46
GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSEJO REGIONAL
ACUERDO REGIONAL N°003-2026-GRJ/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regionat de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 09.01.2026, en la Sede del Gobierno Regional Junin.
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto. o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, se encuentra como Punto de Agenda en la Estación Orden del día, fijar el número de sesiones y los días del mes a llevarse a cabo tales Sesiones Ordinarias de Consejo Regional;
Que, en el nuevo Reglamento Intemo, se establece en el TITULO III “DE LAS SESIONES”, CAPITULO IV “DE LAS SESIONES ORDINARIAS”, del Artículo 69°, señala: “Como regla general, el Consejo Regional al inicio de cada año establecerá la cantidad de Sesiones Ordinarias que se llevarán a cabo durante el mes, siendo como mínimo una sesión por mes, precisándose fecha y hora, previo Acuerdo del Consejo Regional, Excepcionalmente, este Acuerdo puede ser modificado cuando fuere necesario, o la circunstancia lo amerite”.
s Consejeros, propone: “que el Consejo Regional, fije como regla general, las fechas de las Sesiones Ordinarias para el presente año 2025, que serán el primer y tercer lunes de cada mes, a partir de las 10.00 de la mañana. Las siones Extraordinarias serán convocadas cuando sean necesarias, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno”. ue, el Art. 3 del nuevo Reglamento Intemo de Consejo, señala que la función normativa comprende el debate, la / probación, modificación, interpretación y derogación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional; /de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley N°27783 — Ley de Bases de Descentralización, Ley | N°27867 - Ley Orgánica de Gobiemos Regionales y sus Modificatorias y el presente Reglamento. Comprende, asimismo, el debate y aprobación de las modificaciones a este Reglamento.
El Pleno del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto APROBATORIO de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
ACUERDA: ARTÍCULO ÚNICO: El Consejo Regional, FIJA como regla general, las fechas de las Sesiones Ordinarias para el presente año 2026, que serán el PRIMER y TERCER martes de cada mes, a partir de las 10.00 de la mañana. Las Sesiones Extraordinarias serán convocadas cuando sean necesarias, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno.
Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junín a los, 09 días del mes de enero del año dos mil veintiséis.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
“Mag. LUIS FERNANDO MORALES NIEVA PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE JUNÍN
Ce, GOBERNACIÓN. GGR. OCI.
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