Skip to content
L Legalize.pe
0003-2024-GRJ-GR Regional Decree Junín In force

Decreto Regional N.° 0003-2024-GRJ/GR

9 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

0,„,..., p RE_

RO

"11191 Gobierno Regional Junín

DECRETO REGIONAL N° Q 3-2024-GRJ/GR

-,*()

1,;(497/1„,„..-o,„

Huancayo,

le.D(

2 5 JUN 2024

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTO: El informe técnico N° 010-2024-GRJ/GGR-ORDITI, emitido con fecha 28 de mayo del 2024, y registrado con fecha 28 de mayo del 2024, el informe Legal N° 193-2024-GRJ-ORAJ, de fecha 06 de junio del 2024, y demás documentos adjuntos;

CONSIDERADO: Que el articulo 191 ° de la Constitución Política del Estado, modificado por o~K a la Ley 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, respecto a la Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 7783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Artículo 2° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Articulo Único de la Ley N° 30305, os Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales define como la facultad de adoptar y concordar las políticas de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 del Artículo 9 de la ley 27783, ley de Bases de Descentralización; Que, el artículo 5° de la ley N° 27867, Ley Orgánico de Gobiernos Regionales, en adelante Ley Orgánica precisa que; "La misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a su competencia exclusiva, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Región". c>,>, G RENCIA RE IONALDE ..,9,F.C110 '(:)‘

c0(

oRIA

.p.

a

Que, el literal f) del artículo 9° de la Ley 27867- Ley Orgánica, establece que, "los Gobiernos Regionales son competentes para: dictar la norma inherente a la Gestión Regional"; Que de acuerdo a lo prescrito en el inciso a) y d) del artículo 21°de la ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Gobernador Regional, dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus Órganos Ejecutivos, Administrativos y Técnicos, y dictar Decretos y Resoluciones Regionales; asimismo el referido precepto, lo reconoce como la máxima la jurisdicción, representante /ilegal y titular de pliego tunal. tel Gobie

,

,

/4

1 Z.

1 Cl

1 'c

o,

'''

DOC. N° 0800341,4-C LEXP. N° 04606 2-39

~EPepLICA DEL pe

41119 ‘4119011S'

Gobierno Regional Junín

Que, el artículo 37° de la ley orgánica, establece que corresponde a la Gobernación Regional emitir normas que, entre otros aspectos, regulen asuntos de carácter general y de interés ciudadano. /4, ,,

1,,'\

Que, el Manual de Operaciones - MOP, es el documento técnico de gestión organizacional: que fortalece la estructura funcional de un programa o (5 Al proyecto especial, a través de las cual se agrupan las funciones entre sus \ ,. .' ;----0 unidades funcionales, estableciendo las líneas de dependencia. Así también, -.R1,,í.`,(:.\ ,y' formalizar la estructura orgánica de un órgano desconcentrado o de un órgano ---------académico, cuando así corresponda, agrupando las funciones entre unidades y estableciendo las líneas de dependencia.

lia" O

5". .-1 1 ,

Que, así el anexo 04 de los lineamientos N° 02-2020-SGP, que establece Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el GeOc Manual de Operaciones - MOP aprobado con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N°005-2020-PCM/SGP, señala el formato del MOP, contiene títulos y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología que se detallan a continuación: a) Titulo Primero: Disposiciones Generales.- se Desarrolla; ompetencia, Naturaleza Jurídica, entidad a la que pertenece, funciones enerales; es decir, el conjunto de acciones definidas en su norma de creación. ase Legal, se refiere a su norma de creación y la normatividad complementaria -.1tii•TsV aplicable. b) Titulo Segundo: Estructura Funcional. —en este Título se desarrolla la estructura del programa o proyecto especial indiciando los tipos de unidades funcionales que la componen, sus funciones y la interrelación interna y externa de estos. c) Titulo Tercero. Procesos. - descripción de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo, debiendo señalar la unidad funcional responsable de cada proceso y los productos, d) Anexo. Organigrama del Programa y proyecto, especial que refleja la Estructura Funcional. \

Geren a Regional 0‘s de P eamarao. Z Pre puesk, y >1 a rItienan¿ento ritoriai

Que, de conformidad a lo establecido en el número 55.2 del Artículo 55° del decreto Supremo N°054-2018-PCM y sus modificatoria; el MOP se aprueba por el titular del sector en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de la alcaldía en el caso de los Gobiernos Regionales y Locales.

Que conforme a la ley 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala en su Artículo 21° que, es atribución del gobernador regional, aprobar la norma reglamentaria de organización y funciones de la dependencia R25, NA1 Ey:1ADE 7 i DES ›!¡ Administrativa del Gobierno Regional. SO, 1AL .9 Que mediante Ordenanza Regional N° 357-GRJ/CR, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Junín y su modificatoria aprobado con Ordenanza Regional N°3762023-GRJ/CR.

Gobierno Regional Junín

Que mediante Resolución de Secretaria de Gestión Publica N°005-2020,9)PCM/SGP, se aprobó los lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen )orientaciones sobre el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y el Manuel de Operaciones (MOP), los mismos que tienen por finalidad orientar a las entidades Públicas en su diseño Organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el MOP en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia. Que con la aprobación de los lineamientos de organización del estado, se introduce en nuestro ordenamiento un concepto relevante en materia de organización y estructura del Estado, corno es el diseño organizacional, el cual tal y como lo definen algunos autores, es "el proceso de elección de la estructura más adecuada para la realización de un conjunto de funciones según la estrategia y el entorno de una organización", o "la determinación de la estructura organizacional que más se ajusta al ambiente, la estrategia, tecnología, personas, actividades y tamaño de la organización"; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 544-2013-GRJUNN/PR, de fecha 21 de octubre del 2013 se, aprobó la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y funciones de la Red de Salud Chanchamayo; O z'

Que, con Reporte N° 000089-2024-GRJ/DRSJ/RISCH/DE, la Red Integrada de Salud Chanchamayo, presenta a la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la información del Gobierno Regional de Junín, el proyecto del manual de operaciones MOP de la Red Integrada de Salud Chanchamayo, solicitando su aprobación mediante Decreto Regional;

Que, con Informe Técnico N° 010-2024-GRJ/GGR/ORDITI, la Oficina egional de desarrollo institucional y tecnológico de la información ORDITI, B. Gerencidkegional mite el manual de operaciones (MOP) de la Red Integrada de Salud de Plantea .0111) y Presu u Acend aknlento anchamayo, opinando que es procedente su aprobación el mismo que se T ncuentra enmarcado dentro de los criterios técnicos y lineamientos de Organización del Estado y Lineamientos 02-2020-SGP que establece la orientación sobre el Reglamento de las organizaciones y funciones. Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por el -.•-,,,,,Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueba los "Lineamientos de ENCIA 6 gzurganización del Estado", que regula los principios, criterios y reglas que definen RE 10 .:Cis_E O DE él diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, 1;.) busca que las entidades, conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; concordado con los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Operaciones(MOP), aprobado con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-SGP y los lineamientos N°01-2020ciones Estandarizada en el marco de los sistemas Administrativos.

Gobierno Regional Junín

Asimismo. Señala: los procesos considerados en la propuesta del MOP, han sido identificados y detallados en el Mapa de Procesos Estratégico de nivel 0 de la Red Integrada de Salud Chanchamayo, conforme a las normas técnicas aprobadas NTP N°001-2018- PCM/SGP, aprobada con la Resolución de AWS-12,9,1>, Secretaria de Gestión Pública N° 006-2018-PCM/SGP. '0"(
l \. ()

Que, mediante Opinión Legal N° 193-2024-GRJ- ORAJ, , la Oficina ,VRegional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, en cumplimiento del 9.¿?,,; ,,4 ,c,\9/ literal B del Sub Capítulo II de los lineamientos N° 02-2020-SGP, que establece orientaciones sobre el Manual de Operaciones MOP, valida la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización, opinando que es o REG/py9 procedente dar el trámite que corresponda para su aprobación del manual de operaciones (MOP) de la Red Integrada de Salud Chanchamayo, debiendo emitirse conforme a norma específica.

Que, mediante Acta de sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Junín N°003-2024-GRJ/DGR de fecha 12 de junio del 2024, se aprueba el Proyecto del Manual de Operaciones de la Red Integrada \de Salud de Chanchamayo. z' Que, estando los documentos que conforman el expediente administrativo, que dio origen al presente Decreto Regional y contando con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de t• ,`P laneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional :de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia .?Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Infraestructura, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información. Gezenci Regional de Plan Int), Presu e* y Aeond!c ailtiento

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 20°, 21° itera! d) y el artículo 41° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. DECRETA:

G''ENCIA O, REGI NA-DE 17 ,' 31 DES.-': SO

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Manual de Operaciones - MOP y la nueva estructura Orgánica de la Red Integrada de Salud Chanchamayo, el mismo que consta Título Primero (Disposiciones Generales) a folios (04) Titulo Segundo (La Estructura Orgánica /Funcional) a folios (36), Titulo Tercero (procesos Estratégicos, Misionales y Procesos de Apoyo) a folios (17) Título Cuarto (Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales) y anexos a folios (7), finalmente Mapa de Procesos a folios (100). ARTÍCULO SEGUNDO. - DEROGUESE Y DÉJESE SIN EFECTO, el Reglamento de Organización de Funciones de la Red Integrada de Salud Chan o, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 544:2013de fecha 21 de octubre del 2013, en mérito a loS fundamentos ecreto Regional. parte cgrOderatiVIel prese Irl

' y.: Oc, DEGIRENU;t INFRAESIR

Gobierno Regional Junín

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información para la publicación de la presente y sus anexos en la página web institucional, (www.regionjunin.gob.pe) y a la Oficina Regional de Comunicaciones las acciones administrativas para la difusión en los medios sociales, según las acciones que corresponde sobre la aprobación del Manual de Operaciones MOP de la Red Integrada de Salud Chanchamayo. ARTÍCULO CUARTO. - DISPÓNGASE la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el artículo 42° de la ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y a los órganos competentes del Gobierno Regional Junín. ARTÍCULO QUINTO. - NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Red Integrada de Salud Chanchamayo, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, y a los órganos competentes del Gobierno egional Junín, a la, de acuerdo al TUO de la Ley N° 27444, aprobado con ecreto Supremos N° 004-2019- JUS; para conocimiento cumplimiento y difusión.

'LluT,41

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

R

GOBIER

Gerel a Regional Q de PI' eamieMn, 2.1 Pre o Acend .I/ Tate I e arlY

Mg. ZÓSIM

te

Ti Ñitwia

GOBE

•NAL JUNO/

REGIONAL.

GOBIERNO REGIO HM La SaQietlria Girara! que la presente ea opa hG I

ERENCIA ,\C GIONAi, DE 1Z1

soca

SECR TARI


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/7822363-0003-2024-grj-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9558250/7822363-decreto-regional-n-000003-2024-grjgr.pdf