Acuerdo Regional N.° 000245-2025-GRJ/CR
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“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMIA PERUANA”
ACUERDO REGIONAL N°245-2025-GRJ/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 07.1 0.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín.
CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Redional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, cidd4dano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto. o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Artículo 13° de Ley N° 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales señala lo siguiente: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”, luego, el Literal a) del artículo 15° del referido texto normativo refiere que: “es atribución de Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 081-2022 establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de ehabilitación y de reposición (en adelante IOARR), e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia (en adelante IOARR de emergencia) en el marco del Sistema Nacional de E / Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes 21.) de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda; Que, de acuerdo al numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 210-2022-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 011-2024-EF, (en adelante, el Reglamento de la Ley N° 29230), corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya Inversiones, que se encuentren registradas en el Programa Multianual de Inversiones cuando corresponda, y contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, se pueden incluir actividades de operación y/o mantenimiento, Las Entidades Públicas del Gobiemo Nacional pueden, adicionalmente, incluir proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica.; Que, el inciso 1) del numeral 19.2 del articulo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, señala que la lista de priorización de Inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N° 29230 en el caso de los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional, el Concejo Municipal o el Consejo Universitario, respectivamente. Esta facultad es indelegable; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29230, en su numeral 23.1 señala que las Entidades Públicas deben actualizar las listas de priorización periódicamente y como mínimo una vez al año, para lo cual, Proinversión brinda asistencia técnica a las respectivas Entidades Públicas, cuando asi lo soliciten. La lista de priorización es publicada por Proinversión en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida la información a la que se refieren los artículos 19 y 20. Asimismo en su numeral 23.2, señala que Proinversión actualiza la lista de priorización publicada en su portal institucional, retirando aquellas Inversiones y actividades de operación y/o mantenimiento que cuenten con un Convenio de Inversión suscrito y/o aquellos que se encuentren en ejecución o ejecutados bajo otra modalidad. Para ello, Proinversión requiere a las Entidades Públicas la debida actualización de la lista de priorización. Que, con la promoción de la participación de la inversión privada en la Ejecución de estos proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población; Que, el monto de inversión de los proyectos de inversión en el presente acuerdo no supera el tope de capacidad anual de S/. 1,670,112,345.00 que tiene el Gobierno Regional de Junin para la emisión de los CIPRL, como lo ha informado
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL
la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Junin, mediante el Informe Presupuestal N° 2043-2025-GRJ/GRPPAT/SGPT, asimismo, cumple con las Reglas Fiscales establecidas en el Decreto Legislativo N° 1275, por tanto, el titular de la entidad puede suscribir convenios mediante el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, en este marco legal, el Gobierno Regional de Junín, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, para contar con servicios públicos e infraestructura adecuada y eficiente, ha decidido ejecutar la modalidad Obras por Impuestos, los proyectos que son priorizados por el presente acuerdo y que se encuentran conforme a los criterios del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; asi se señalan en el Reporte N° 561-2025- GRJ/GRPPAT/SGPM!I de la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones.
Que, el presente Acuerdo cuenta con la opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica a través de Informe Legal N° 648-2025-GRJ-ORAJ y el Reportes N° 98-2025-GRJ/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.
Que la Comisión Especial de Obras por Impuesto, mediante el Dictamen N° 008-2025-GRJ/CR-Comisión Especial con fecha 01 de octubre del presente año, aprobó en el Pleno de la Comisión Especial de Obras por Impuesto, en la sesión ordinaria de 01 de octubre del 2025; y en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional.
El Pleno del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
_ ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la priorización de la siguiente inversión para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley 29230, su reglamento y modificatorias vigentes, el mismo que se indica a continuación:
Código Ne PROYECTO Único deta | RONTOE Inversion ‘
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE INVESTIGACION CRIMINAL EN LA OFICINA DE CRIMINALISTICA HUANCAYO DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, DISTRITO DE HUANCAYO DE LA PROVINCIA DE HUANCAYO DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN
ARTÍCULO SEGUNDO. - FACULTAR al Gobernador Regional de Junín aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos de inversión priorizados, hasta la emisión de los “Certificados de Inversión Pública de Regional y Local - Tesoro Público CIPRL”, considerando que se encuentra facultado a suscribir los convenios de inversión pública regional con las empresas privadas, así como aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6° de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO TERCERO, - AUTORIZAR a la administración del Gobierno Regional de Junín realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local —Tesoro Público” CIPRL, asi como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO CUARTO. - SOLICITAR asistencia técnica, en la modalidad de asesoría a la agencia de promoción PROINVERSION.
ARTÍCULO QUINTO. ~ FACULTAR al titular del Gobierno Regional a susgribir convenio de asistencia técnica con PROINVERSION. ARTÍCULO SEXTO. - PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucion de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSION, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Regláqento de la Ley N° 29230. ARTÍCULO SEPTIMO, - RECOMENDAR al Ejecutivo para que designe en el plazde ley a los integrantes del comité especial encargado de elaborar las bases del proceso de selección de la empresa pNvada que financiará y ejecutara los proyectos viables y el comité especial encargo de elaborar las bases [del proceso de selección de la entidad supervisora de los proyectos priorizados y las demás atribucignes conferidasjen la Ley 29930.
| Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 07 diag
del mes Regístrese, Comuniquese ib
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oftubre del año dos mil veinticinco.
Ce GOBERNACIÓN. GGR. OCI. Ox), Protnversión 4 = a Prosa
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