Acuerdo Regional N.° 000236-2025-GRJ/CR
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CONSEJO REGIONAL “AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
ACUERDO REGIONAL N°236-2025-GRJ/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 07.10.2025, en la Sede del Gobierno
Regional Junín.
CONSIDERANDO: : Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiemos Regionales y sus modificatorias, señalan que los obiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del o Regienal expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de
5 3 interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a 3) una conducta o norma institucional;
Que, el literal a) del Artículo 15 de la Ley N° 27867 establece que es atribución del Consejo Regional la
aprobación de los mecanismos de control y fiscalización sobre la gestión regional;
Que, la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector
Privado (Obras por Impuestos - Oxl), y su Texto Único Ordenado, tienen por objeto impulsar la ejecución de
proyectos de inversión pública y actividades de operación y/o mantenimiento con participación del sector
privado;
= Que, el Sistema Nacional de Control y el control interno, conforme a la Ley N° 27785 y sus modificatorias, son herramientas esenciales para cautelar el uso eficiente y transparente de los recursos y bienes del Estado,
= aplicándose a todas las entidades sujetas al control, incluidos los Gobiernos Regionales;
E Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Interno de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional
odran formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referirán a aspectos propios de sus
¿2 4, /funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente
o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos
VI y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite.
Que, el consejero Luis Fernando Morales Nieva, formulo un pedido para: “que el Consejo Regional Junín, disponga mediante Acuerdo Regional la implementación de acciones de Control Interno Concurrente y/o Previas en el Gobierno Regional Junín, para los proyectos de inversión a ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuesto. y otros.
Que, el pleno del Consejo Regional luego de la participación del consejero regional coinciden en que, es necesario que la oficina de Control Institucional en el marco de sus competencias y autonomía funcional implemente las acciones de Control Concurrente o Servicio de Control Específico.
El Pleno del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional Junín, DISPONE al Ejecutivo (Gobernación) la implementación de acciones de Control Interno Concurrente y/o Previas en el Gobierno Regional de Junín para los proyectos de inversión a ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos (Oxi), sin excepción. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Control Institucional (OC!) del Gobierno Regional de Junín que, en el marco de sus competencias y autonomía funcional, y conforme a las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República (CGR), EVALÚE e implemente las acciones de Control Concurrente. Visitas de Control o Servicio de Control Específico en las etapas señaladas en el artículo Primero del presente Acuerdo en todos los proyectos de inversión que se ejecuten por el mecanismo de obras por impuesto por parte del Gobiemo Regional de Junin. Así mismo ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Junín la implementación de la oficina de control previo, con la única finalidad de evaluar que todos los proyectos de inversión a ejecutarse por el mecanismo de Obras por Impuesto por parte de la entidad cumplan con la correcta aplicación de todas las normas legales y un eficiente gasto de los recursos públicos, exigiendo niveles de calidad de ficha técnica, expediente técnico del proyecto debiendo garantizar una evaluación rigurosa y técnica del expediente para evitar mayores costos. Del mismo modo un
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN CONSEJO REGIONAL > control y supervisión del cumplimiento estricto del proceso de adjudicación de los proyectos de inversión,
ba convenios, ejecución y todos los procesos necesarios hasta la entrega de los proyectos culminados. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la Gerencia General Regional, las Gerencias de Línea, la Oficina Regional de Asesoría Juridica, la Oficina Regional de Rlaneamiento, Presupuesto y demás órganos involucrados en el proceso Obras por Impuestos (Oxi), están bligados a comunicar y remitir a la Oficina de Control Institucional (OCI) y/o al órgano que corresponda, toda la documentación e información técnica, legal y financiera previa y oportunamente para el ejercicio deNas accibnes de control, en especial los expedientes de propuesta de priorización y los expedientes de procesdde selección para la adjudicación.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión, cumplimiento y
¿A || ejecución de lo dispuesto en el presente Acuerdo Regional, defiendo informar periódicamente al Consejo | / ¡Regional sobre las acciones adoptadas para su correcta implem i
| | AÑ Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 07 dias del mes de octubre del año dos mil veinticinco,
| | Regístrese, Comuníquese y
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Cc. GOBERNACIÓN. OCI GGR. GRE. GRPPYAT, ORAJ
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