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000235-2025-GRJ-CR Regional Agreement Junín In force

Acuerdo Regional N.° 000235-2025-GRJ/CR

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5g (49 USY GOBIERNO REGIONAL JUNÍN S 6 2 Yes CONSEJO REGIONAL

“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”

ACUERDO REGIONAL N°235-2025-GRJ/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 16.09.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junin.

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Art. 76 del nuevo Reglamento Intemo de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán formular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referiran a aspectos propios de sus funciones y atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante (debiéndose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar debidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite.

Que, mediante el Oficio N°23-2025-GRJ-CR/MMMD de fecha 15.09.2025, ingresado por la Consejera Maria Martina Maldonado Doria, donde solicita la aprobación del Informe de Fiscalización N*020-2025-GRJ/F/CR, 2 fiscalizar el estado situacional en la ejecución de la obra:” Mejoramiento del servicio de educación secundaria en Fa. la E. Miguel Grau Seminario, Distrito de Mariscal Castilla - Concepción — Junín”, con CUI. 2240272, el mismo i o que tuvo un periodo de actividad del 15.04.2025 al 30.08.2025.

3 5 Conforme se encuentra establecido por el Art. 15°, inciso k) de la Ley N°27867- Ley Orgánica de Gobiernos egionales, es atribución del Consejo Regional: “Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del obiemo Regional, y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional"; en este contexto, los Consejeros Regionales, en cumplimiento de sus funciones y competencias, están facultados para realizar intervenciones en las diferentes unidades estructuradas del Gobierno Regional, bajo esta dp se tiene como objetivo general fiscalizar el estado situacional en la ejecución de la obra:” Mejoramiento del servicio de educación secundaria en la I.E. Miguel Grau Seminario, Distrito de Mariscal Castilla — Concepción — Junín”.

El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento, del INFORME DE FISCALIZACIÓN N020-2025-GRJ/F/CR, por el cual faculto la fiscalización específica a la consejera: Maria Martina Maldonado Doria, mediante el Acuerdo Regional N081-GRJ/CR, para que fiscalice el estado situacional en la ejecución de la obra:” Mejoramiento del servicio de educación secundaria en la I.E. Miguel Grau Seminario, Distrito de Mariscal Castilla - Concepción — Junin’, con CUI. 2240272

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Regional, remite al ejecutivo el Informe de fiscalización N*020-2025- GRJ/F/CR, para que, a través de las dependencias pertinentes, implemente las recomendaciones del citado informe, las cuales deben ser cumplidas bajo responsabilidad Administrativa y Funcional. .

ARTÍCULO TERCERO.- Hágase, de conocimiento del presente acuerdo de Consejo, al Órgano de Control Institucional (Contraloría General de la Republica), para las acciones pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO. - Sirva el presente Acuerdo Regional, como evidencia del cumplimiento de su función de fiscalización del consejero suscribiente, para su informe de la Contraloria General de la Republica. En el cumplimiento de la Ley N° 31812 y la Directiva N°010-2024-CG/PREVI.

Dado en la Sala del Gobierno Regional de Junin a los, 16 días del mes de setiembre del año veinticuatro.

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Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

Tr Cc, GOBERNACIÓN. OCI. GGR. MMMD. AZ _ _ _——— —Á

Yoni A.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8136882-000235-2025-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10007866/8136882-acuerdo-regional-n235-2025-grj-cr.pdf