Acuerdo Regional N.° 000208-2025-GRJ/CR
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Sy 9526385 . 6487753 GOBIERNO REGIONAL JUNIN CONSEJO REGIONAL
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
ACUERDO REGIONAL N°208-2025-GRJ/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional de Junin, en Sesión Ordinaria celebrada a los 19.08.2025, en la Sede del Gobierno Regional Junín.
CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Articulo 191° de la Constitución Politica del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiemos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39° de la Ley N°27867, Ley Organica de Gobiemos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Óle, el Art. 76 del nuevo Reglamento Intemo de Consejo, señala que los miembros del Consejo Regional podrán mular los pedidos por escrito que estimen convenientes, que se referiran a aspectos propios de sus funciones atribuciones. También se podrá realizar pedidos en forma verbal cuando tengan carácter urgente o relevante Hebiendose someter a votación la admisión del referido pedido). Los pedidos deben ser precisos y estar Hebidamente fundamentados para someterlos a votación o disponer el trámite. Que, mediante el Oficio N°033-2025-GRJ-CRIYAA de fecha 15.08.2025, ingresado por el Consejero Yoner Ambicho Aquino, donde solicita la aprobación del Informe de Fiscalización N?15-2025-GRJ/F/CR, fiscalizar la Ejecución Contractual del Contrato N°218-2024/GRJ/ORAF, sobre la adquisición de Ambulancias del Hospital Regional de medicina TROPICAL Julio Cesar Demarini Caro - Chanchamayo, el mismo que tuvo un periodo de actividad del 17.06.2025 al 07.08.2025. Conforme se encuentra establecido por el Art. 15°, inciso k) de la Ley N°27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: “Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobiemo Regional, y dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional’; en este contexto, los Consejeros Regionales, en cumplimiento de sus funciones y competencias, están facultados para realizar intervenciones en las diferentes unidades estructuradas del Gobierno Regional, bajo esta premisa se tiene como objetivo general fiscalizar la Ejecución Contractual del Contrato N218-2024/GRJ/ORAF, sobre la adquisición de Ambulancias del Hospital Regional de medicina TROPICAL Julio Cesar Demarini Caro — Chanchamayo. El Pleno del Consejo Regional luego de un debate, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en el Inc. a) del Artículo 37°, concordante con el Artículo 39° de la Ley N°27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, y modificatorias; con el voto UNÁNIME de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- El Pleno del Consejo Regional, toma conocimiento, del Informe de Fiscalización N°015- 2025-GRJ/F/CR, por el cual faculto la fiscalización específica al consejero: Yoner Ambicho Aquino, mediante el Acuerdo Regional N0147-2025-GRJ/CR, dentro del marco de la Ley N31812 y la Directiva N015-2022- CG/PREVI, para que fiscalice la Ejecución Contractual del Contrato N°218-2024/GRJ/ORAF, sobre la adquisición de Ambulancias del Hospital Regional de medicina TROPICAL Julio Cesar Demarini Caro - Chanchamayo ARTÍCULO SEGUNDO. - El Consejo Regional, remite al ejecutivo el Informe de fiscalización N015-2025- GRJ/F/CR, para que, a través de las dependencias pertinentes, implemente las recomendaciones del citado informe, las cuales deben ser cumplidas bajo responsabilidad Administrativa y Funcional. )
ARTÍCULO TERCERO. - Hágase, de conocimiento del presente acuerdo de Consejo, al Organo de Control Institucional (Contraloría General de la Republica), para las acciones pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO. - Sirva el presente Acuerdo Regional, como evidencia del cumplimiento de su función de fiscalización del consejero suscribiente, para su informe de la Contraloría General de la Republica. En el cumplimiento de la Ley N° 31812 y la Directiva N°010-2024-CG/PREVI.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. e "5ysics\xeWio’
| Cc. GOBERNACIÓN. GGR, OCI, YAA, Equipo de Fisealizacion |
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/8136855-000208-2025-grj-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10007447/8136855-acuerdo-regional-n208-2025-grj-cr.pdf