Decreto Regional N.° 000006-2025-GRJ/GR
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
DECRETO REGIONAL
' We - )06-2025-GRJ/IGR Huancayo, 28 AGO 2025 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN
VISTO;
El Informe Técnico N°018-2025-GRJ/GRPPAT/SGCTP, de fecha 13 de agosto del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Gobierno Regional Junin, el Informe Legal N°618-2025- GRJ/ORAJ, emitido el 18 de agosto del 2025 y recepcionado el 19 de agosto del 2025; y.
CONSIDERANDO
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 199° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley n.* 27680, señala que los gobiernos regionales formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley:
Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización estipula que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, el numeral 3) del artículo 8° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estipula que la gestión del gobierno regional se rige por el principio de gestión moderna y rendición de cuentas, por el cual la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. La
DOC. N29} OFS 26138 EXP. N°]O69YS3 528
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GOBIERNO REGIONAL JUNIN
Que, el articulo 24° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el articulo 3° de la Ley n 31433, Ley que modifica la (...) y la Ley 27867, respecto a las audiencias públicas regionales, dispone que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el Estado debe promover y establecer mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a través de mecanismos directos e indirectos de participación; y en el artículo 9° precisa que el ciudadano tiene el derecho de participar en los procesos de formulación presupuestal, fiscalización, ejecución y control de la gestión del estado, mediante los mecanismo que la normatividad establezca;
Que, el artículo 3° de la Ley n° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, referido al principio de publicidad, señala que todas actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la presente Ley, están sometidas al principio de publicidad. Los funcionarios son responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia, deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se refiere esta Ley:
Que, el Decreto Supremo n° 092-2017-PCM, aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establece que la transparencia de la información es una iniciativa que permite el desarrollo de un gobierno abierto que promueve una relación horizontal entre el gobierno y la ciudadanía, para la prevención, y lucha contra la corrupción. Se trata de un enfoque centrado en el ciudadano (a) para crear valor a través de políticas de integridad y rendición de cuentas de las autoridades de gobierno, administradores públicos, y otros funcionarios;
Que, el Decreto Supremo n° 033-2023-PCM, aprueba el V Plan de Acción de Gobierno Abierto 2023-2024, establece la necesidad de apertura del estado hacia las personas, con el fin de que las entidades públicas provean información a través de canales oportunos y accesibles, promuevan efectivos mecanismos de rendición de cuentas, e instalen herramientas efectivas de prevención y lucha contra la corrupción;
Que, el literal g) del numeral 6.3 de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI "Rendición de Cuentas de Titulares y Transparencia de Gestión", aprobada mediante Resolución de contraloría N° 267-2022-CG, dispone que, en el proceso de rendición de cuentas del titular de la entidad, se debe disponer la exposición del informe de rendición de cuentas de titulares en las audiencias públicas dirigidas a los
ciud i conforme a las normas específicas que regulan las mismas; EN
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 015-2024- PCM/SD, se aprueba el instrumento técnico orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objetivo es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado y objetivos de desarrollo sostenible, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 382-2023-GRJ/CR, de fecha 08 de j setiembre del 2023, se aprobó el Nuevo Reglamento para las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Junín;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento antes citado, el Gobernador Regional de Junín convocará a la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas, mediante de Decreto Regional, con un mínimo de 15 días calendarios de anticipación, en el cual se debe precisar la agenda, fecha, hora y lugar || de la realización de la Audiencia Pública Regional; asi mismo, se debe precisar los plazos y lugares para la inscripción de participantes que desean hacer uso de la palabra. Dicho Decreto Regional debe ser publicado en el diario de mayor circulación del departamento y en la página web del Gobierno Regional de Junín: www.regionjunin.gob.pe;
Que, bajo ese contexto se emitió el Informe Técnico N°018-2025- GRJ/GRPPAT/SGCTP, de fecha 13 de agosto del 2025, la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Gobierno Regional Junín, realiza el sustento técnico para llevar a cabo la Il Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Ejercicio Fiscal 2025;
Que, con el Informe N° 618-2025-GRJ/ORAJ, emitido el 18 de agosto del 2025 y recepcionado el 19 de agosto del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, realiza el Informe Legal favorable para llevar a cabo la Il Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Ejercicio Fiscal 2025;
Que, estando a lo propuesto y contando con el visto bueno de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y condicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Gobierno Regional Junín;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 20", 21" Literal d) y el artículo 41° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
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GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. - CONVOCAR a la II Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del ejercicio fiscal 2025, de acuerdo al detalle, cronograma y agenda que se describe en el Anexo N° 01, que forma parte integrante del presente Decreto Regional.
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Secretaria General la notificación del presente Decreto Regional y el Anexo N° 01 a todas instancias pertinentes.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la Oficina Regional de Comunicaciones y Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la
Información, la publicación y difusión del Presente Decreto Regional y el Anexo N°
ARTICULO CUARTO. ENCARGAR TRANSCRIBIR el presente Decreto Regional al Consejo Regional, Consejo de Coordinación Regional, Gerentes Regionales, Sub Gerentes, Directores Regionales, Directores Regionales Sectoriales y demás instancias técnico administrativos del Gobierno Regional Junín que corresponda para su cumplimiento.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
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GOBIERNO REGIONAL JUNIN
ANEXO N° 01
: GOBIERNO REGIONAL JUNÍN Il AUDIENCIA PUBLICA REGIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS - 2025
DÍA : martes 30 de setiembre del 2025.
HORA : 09:30 am.
LUGAR : Centro de Convenciones “FIESTA SALÓN DE EVENTOS” Jr. Petrona Apolaya # 1150, camino a Iscos - Chupaca
Distrito : Chupaca Provincia : Chupaca
TRANSMISIONES : Facebook del Gobierno Regional Junín.
AGENDA : “Rendición de Cuentas de los logros y avances alcanzados Hasta la fecha en la Gestión Regional, del ejercicio fiscal 2025”.
CRONOGRAMA DE INSCRIPCIÓN PARA EL USO DE LA PALABRA:
Inscripciones desde la publicación del presente Decreto Regional hasta el 29 de setiembre del 2025.
LUGAR DE INSCRIPCIÓN:
Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento (Oficina N° 708, 7mo. Piso — sede del Gobierno Regional) y en las Sub Gerencias de Desarrollo de las . Provincias de Junín, Yauli la Oroya, Tarma, Chanchamayo y Satipo, en horarios de . oficina.
Inscripciones también a través del portal web: www.regionjunin.gob.pe, link: Audiencia Pública Regional 2025.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/7273923-000006-2025-grj-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8805898/7273923-dereto6.pdf