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000003-2025-GRJ-GR Regional Decree Junín In force

Decreto Regional N.° 000003-2025-GRJ/GR

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Gobierno Regional Junin

DECRETO REGIONAL

  • Ne 03-2025-GRJIGR Huancayo, 47 JUL 20%

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL. GOBIERNO REGIONAL JUNÍN

VISTO:

El informe n.° 94-2025-GRJ-ORAJ, emitido el 29 de mayo de 2025 y recepcionado el 30 de mayo de 2025, Informe Técnico n.” 12-2025-GRJ/GGR/ORDITI emitido el 26 de mayo de 2025 y recepcionado el 28 de mayo de 2025, Reporte n.° 006- 2025-GRJ-DRSJ-OEPEPM/UOM de fecha 13 de mayo de 2025, Oficio n.° 012-2025- GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO-DG/OEPE emitido el 09 de abril de 2025 y recepcionado y el 16 de abril de 2025, Memorando n.° 314-2025-GRJ-DRSJ-OEPEPM emitido el 19 de | marzo de 2025 y recepcionado el 21 de marzo de 2025, Informe n.° 015-2025-GRJ- ' DRSJ-OEPEPM/UOM de fecha 18 de marzo de 2025, Oficio n.° 010-2025-GRJ-DRSJHRDCQ-DAC-HYO-DG/OEPE emitido el 26 de febrero de 2025 y recepcionado el 27 de febrero de 2025, Oficio n.° 004-2025-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO-DG/OEPE emitido el 12 de febrero de 2025 y recepcionado el 18 de febrero de 2025, Informe Legal n.* 03- 2025-GRJ-DRSJ-HRDCQDAC-OAJ emitido el 13 de febrero de 2025 y recepcionado el 17 de febrero de 2025, Informe Técnico n.° 001-2025-GRJ-DRSJ-HRDCQDAC-OEPE. emitido el 03 de febrero de 2025 y recepcionado el 06 de febrero de 2025; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley n.° 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas del derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; en ese sentido, el numeral 1 del artículo 192° del citado cuerpo legal establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, dentro de ese contexto, el artículo 10° de la Ley n.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley n.° 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;

Que, mediante Ordenanza Regional n.° 357-GRJ/CR se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional! de Junín, que en su Segunda Disposición Transitoria Final establece que las direcciones regionales, entre ellas la de salud, rigen su organización y funcionamiento por lo

GOBERNACION

DOC. NF] OFS FS 633

Gobierno Regional Junín

dispuesto en sus respectivos manuales de operaciones y demás documentos de gestión formalmente aprobados;

Que, atendiendo a lo señalado, debe tenerse presente que mediante Decreto Supremo n.° 054-5018-PCM, modificado por Decreto Supremo n.° 131-2018-PCM y Decreto Supremo n.° 64-2021-PCM, se aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado", que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencias funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;

Que, el artículo 5° de los "Lineamientos de Organización del Estado”, establece ' que el Manual de Operaciones - MOP es el documento técnico normativo de organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La estructura orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda: y c) La estructura orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda;

Que, en relación con lo indicado, el numeral 55.1 del artículo 55° de los citados “lineamientos dispone que la propuesta del Manual de Operaciones se sustenta en un informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación, y, en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso “de los Gobiernos Regionales;

Que, conforme al Informe Técnico n.° 001-2025-GRJ-DRSJ-HRDCQDACOEPE, la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, concluye señalando que en el marco de la modernización de la Gestión del Estado, la elaboración del Manual de Zi Operaciones - MOP, ha sido desarrollada de forma participativa, conjunta y con la información otorgada por cada órgano o unidad orgánica del hospital, en concordancia con lo estipulado en el Decreto Supremo n.° 054-2018-PPCM; del mismo modo, se evidencia que el Manual de Operaciones incluye con lo requerido en el Sub capítulo II Contenido, Sustento y Aprobación del MOP y el anexo “4 Formato de un manual de operaciones — MOP” de la RSGP n.” 005-2020-PCM/SGP; por tanto, siendo necesario contar con un Documento Técnico Normativo de Gestión que aporte y contribuya con la mejora del desempeño del sistema de salud, se ha elaborado el Manual de Operaciones del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión” de Huancayo, la misma que debe ser revisada por la Dirección Regional de Salud y aprobada vía acto resolutivo por el Gobierno Regional de Junín;

Que, mediante Informe Legal n.° 03-2025-GRJ-DRSJ-HRDCOQDAC-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica como responsable de validar la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP y verificar los actuados del mismo; concluye su informe declarando la procedencia de aprobación del Manual de Operaciones del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Danie! Alcides Carrión” en términos E jurídicos; y, disponga la emisión de un acto administrativo con la respectiva aprobación)

Gobierno Regional Junín

Que, mediante el Reporte n.° 006-2025-GRJ-DRSJ-OEPEPM/UOM, el Director Regional de Salud Junín remite el proyecto de manual de operaciones del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión para su revisión, validación y aprobación;

Que, el mencionado proyecto ha sido revisado por la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, dependencia que emite el Informe Técnico n.° 12-2025-GRJ/GGR/ORDITI, que concluye que el Proyecto de Manual de Operaciones-MOP del HRDCQ "DAC", se encuentra enmarcado dentro de los criterios técnicos y lineamientos de organización del Estado y Lineamientos 02-2020- SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Operaciones (MOP), aprobado con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública n.° 005-2020-SGP y los Lineamientos N° 01-2020-SGP; Funciones Estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos, las Normas Técnicas en materia de Salud y la Directiva n.° 007-MINSA/OGPP-V.02. Directiva para la formulación de documentos técnicos de gestión institucional 2006, Decreto Supremo n.” 054-2018- PCM, su modificatoria Decreto Supremo n.° 131-2018-PCM, Decreto Supremo n.° 64- 2021-PCM, por tanto, esta oficina considera procedente su trámite de aprobación;

Que, con Informe n.° 94-2025-GRJ-ORAJ la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha revisado el expediente administrativo que contiene la propuesta del Manual de Operaciones del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides

Carrión y ha evidenciado que cuenta con el sustento expresado en el Informe Técnico n.° 12-2025-GRJ/GGR/ORDITI y que las funciones sustantivas asignadas en dicho instrumento de normativo de gestión no sólo se encuentran acorde al marco legal de los servicios de salud sino que también cumplen con lo dispuesto en los numerales 55.1 y 55.2 del artículo 55° del Decreto Supremo n.° 131-2018, Decreto Supremo n.” 64-2021- PCM, que modifica el Decreto-Supremo n.” 054-2018-PCM; por tanto, se recomienda aprobar el Manual de Operaciones del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico "Daniel Alcides Carrión a través de un Decreto Regional;

Que, estando los documentos que conforman el expediente administrativo, que dio origen al presente Decreto Regional y contando con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Dirección Regional de Salud, la Dirección General del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, y la Oficina de Asesoría Jurídica, ésta última en mérito a los principios jurídicos de veracidad, buena fe procedimental y principio de confianza;

Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo n.° 37 y al amparo del literal d) del artículo 21° de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley n.° 27867 y modificatoria, Ley n.° 27783, Ley de Bases de la descentralización, decreto supremo n.° 054-2018-PCM y sus modificatorias Decreto Supremo n.” 64-2021-PCM, Decreto Supremo n.° 131-2018, que aprueban los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Manual de Operaciones - MOP y nueva estructura Orgánica del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”, el mismo que consta de: Titulo Primero (De las Disposiciones Generales) a

Gobierno Regional Junín

folios (02) Titulo segundo (De la Estructura Organizacional) a folios (54), Titulo Tercero (Procesos) a folios (12) Anexos a folios (84).

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información la publicación en la página web y a la Oficina Regional de Comunicaciones las acciones administrativas para la difusión en los medios sociales, según las acciones que corresponde sobre la aprobación del Manual de Operaciones MOP del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel Alcides Carrión”.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPÓNGASE la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el artículo 42° de la ley n.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y a los órganos competentes del Gobierno Regional Junín.

ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a, la Dirección Regional de Salud de Junín, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, y alos órganos competentes del Gobierno Regional Junín, de acuerdo al TUO de la Ley n.° 27444, aprobado con Decreto Supremos n.° 004-2019-JUS; para conocimiento, cumplimiento y difusión.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN La Secretaria General que suscribe, Certifica que la presenfe es copia fiel de su original.

1 Jug 2025

Abg. SECRETARIA GENERAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionjunin/normas-legales/6998415-000003-2025-grj-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8424959/6998415-ordenanza-regional-n-003-2025-grj-cr.pdf