Acuerdo de Consejo Regional N.° 068-2025-GORE-ICA
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Gobierno Regional Ica
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 068. -2025-GORE-ICA Ica, 30DIC 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 2025. VISTO, el Oficio N° 604-2025- GOREICA/GR de fecha 24 de diciembre de 2025 de la Gobernación Regional, sobre la aprobación de Marco Presupuestal sin Asignación financiera, solicitado por la Gerencia Regional de Infraestructura; y demás documentos del procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680, Ley N° 28607, Ley N° 30305, Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191 establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y Fiscalizador (...)”;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece lo siguiente: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal”;
Que, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867; respecto a la organización de los Gobiernos Regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional, siendo el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Asimismo, el artículo 13 de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15 de la ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: i. Autoriza la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional. (...);
Que, de conformidad al artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, los Acuerdos de Consejo Regional son normas que expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés "público, ciudadano o institucional o declara su. voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; los cuales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros;
Que, mediante Memorando N° 4031-2025-GORE.ICA-GRINF de fecha 16 de diciembre del 2025, establece las disposiciones sobre el uso de recursos en el rubro 15 Fondo de Compensación Regional — FONCOR adjuntando y detallando las acciones de los órganos técnicos participantes;
Que, mediante Informe N° 354-2025-GORE-GRPPAT de fecha 24 de diciembre de 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
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Acondicionamiento Territorial, indica que en base a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la ley N° 32185, Ley d de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, y que la solicitudes presentádas por la Gerencia Regional de Infraestructura de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central, se proceda con la aprobación de las notas de modificación presupuestarias Tipo 7 - Reducción de Marco Presupuestal por el monto total a:nivel de Pliego de S/ 44,702,431.00 (Cuarenta y
_ cuatro millones setecientos dos mil cuatrocientos treinta y un y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2.3 y 2.6, por la Fuente de Financiamiento Reetisc Determinados, Rubro 15— Fondo de Compensación Regional. :
Así mismo, se solicita la aprobación de reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 774 904,00 (Setecientos setenta y cuatro mil novecientos cuatro y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2.6, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en la Unidad Ejecutora 002-Proyecto Especial Tambo Ccaracocha.
Del mismo modo, se solicita la aprobación de reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 5 419 796.00 (Cinco millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos noventa y seis y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2. a por la Fuente de Financiamiento, en la Unidad Ejecutora 400- Agricultura;
; “Que, en mérito al Decreto Legislativo No 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley 32185, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se expidió la Resolución Ejecutiva Regional N° 001-2025-GORE-ICA de fecha 03 de enero del 2025 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA para el Año Fiscal 2025, del Pliego 449: Gobierno Regional : del Departamento de Ica por las diferentes fuentes de fi nanciamiento, según siguiente detalle a nivel de Gastos:
Pliego 449: GOBIERNO REGIONAL DEL [DEPARTAMENTO DE ICA
1,816,812,623| - 2,261,623,105
"100: RECURSOS ORDINARIOS -. - * 1,274,050,249 1,481,969,426
09: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS | 23,478,060] . 37,541,242]
- 113: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 31,161,915 63,067,938
15: FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL - 314,016.73; 270311997.
18: CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA |.
DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES: ae ee ee
19: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES ] : E
DE CREDITO | l O 171 970,118
Que, del mismo modo, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura — PÍA y el Presupuesto Institucional Modificado — PIM, para el Año Fiscal 2025 del Pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica por las diferentes fuentes de financiamiento; según siguiente detalle a nivel de SOS Ñ
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Pliego 449: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA o 1542,1823/4)[1101180.4121359
13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 31,161,915 63,826,612
15: FONDO DE COMPENSACION REGIONAL — FONCOR 314,016,773 270,311,997
18: CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA
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19: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO
0 171,070,118
Que, por otro lado, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, prescribe lo siguiente:
“De producirse una modificación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para modificar su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de financiamiento antes mencionadas. Para el caso de los recursos por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, la autorización a la que se refiere el párrafo precedente se aplica solo para reducir su presupuesto institucional aprobado. Para el caso de los recursos por la fuente de financiamiento Recursos Determinados provenientes de los conceptos incluidos en los índices de distribución que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, dicha Dirección General, publica las estimaciones de ingresos en la sede digital del referido Ministerio, en los meses de mayo y setiembre de 2025, mediante comunicado, a efectos que los pliegos presupuestarios, de considerarlo necesario, modifiquen su presupuesto institucional aprobado. Asimismo, en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de saldos de balance por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales, para reducir su presupuesto institucional aprobado. La modificación del presupuesto institucional autorizada en la presente disposición se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo de consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de consejo regional y acuerdo de concejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público” ;
Que, en ese sentido corresponde aprobar la reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 44,702,431.00 (Cuarenta y cuatro millones setecientos dos mil cuatrocientos treinta y un y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2.3 y 2.6, por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Rubro 15 — Fondo de Compensación Regional.
Así mismo, se solicita la aprobación de reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 774 904,00 (Setecientos setenta
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y cuatro mil novecientos cuatro y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2.6, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en la Unidad Ejecutora 002-Proyecto Especial Tambo Ccaracocha.
: Del mismo modo se debe aprobar la reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 5 419 796.00 (Dos millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos noventa y seis y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2. 6, gal la Fuente de Financiamiento, en la Unidad Ejecutora 100- Agricultura;
Que, conforme. al marco legal establecido y técnicamente sustentado por la Gerencia Regiohal de Infraestructura, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Oficina Regional de Asesoría' Jurídica, se debe aprobar la Reducción de Marco Presupuestal'en virtud al cumplimiento a la SEGUNDA DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA, de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025;
“Que, estando al Informe Legal N* 921-2025-GORE-ICA-ORAJ, el mismo que brinda Opinión favorable para aprobar las notas de modificación presupuestal, aprobación de reducción del marco y remite el proyecto de Acuerdo de Consejo Regional;
: Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Gansejo Regional, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N? 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
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_ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la reducción de * marco S ds
el por el monto total a nivel de pliego de S/ 44,702,431.00 (Cuarenta y cuatro millones setecientos dos mil. cuatrocientos treinta y un y 00/100 soles), én. * la Genérica de Gasto 2.3 y 2.6, por la Fuente de Financiamiento Recursos
Determinados, Rubro.15 — Fondo de Compensación Regional, en la unidad ejecutorá”.. :
001 - Sede Central.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR la reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego de S/ 774 904,00 (Setecientos setenta y cuatro mil novecientos cuatro y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2.6, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en la Unidad Ejecutora 002: “Proyecto Sec Tambo Ccaracocha. Ñ 3
ARTÍCULO TERCERO. - APROBAR la reducción de marco presupuestal por el monto total a nivel de pliego S/ 5 419 796.00 (Cinco millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos noventa y seis y 00/100 soles), en la Genérica de Gasto 2 6, por la. Fuente de Financiamiento, en pla Unidad Ejecutora 100- Agricultura. o
ARTÍCULO CUARTO. '- DISPONER, que la Subgerencia de Presupuesto de la «Gerencia Regional -de Planeamiento, Presupuesto y
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Acondicionamiento Territorial, realice las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo señalado en los artículos precedentes.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase
Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veintinueve días del mes de diciembre de 2025.
SARA BELLY TORRES GUTIÉRREZ CONSEJERA DELEGADA CONSEJO REGIONAL DE ICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/7580845-068-2025-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9237640/7580845-acr-068-2025-gore-ica.pdf