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065-2025-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 065-2025-GORE-ICA

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Gobierno Regional Ica Ge

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL No 965 -2025-GORE-ICA Ica, 30DIC 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 2025. VISTO, el Expediente Administrativo N*552-2025 de fecha 03 de diciembre de 2025, sobre el pedido de licencia sin goce de haber por parte del Consejero Regional de Ica, Luis Alberto Castro Makabe.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680, Ley N° 28607, Ley N° 30305, Ley N° 27783 — Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191 establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y Fiscalizador (...)”;

Que, el artículo 39” de la Ley N* 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, expresa: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";

Que, el Consejo Regional de Ica, está representado por los señores consejeros regionales, quienes representan a la región en general, y a la provincia por la cual han sido electos, para efecto de cumplir con las funciones fiscalizadoras y normativas, y de representación; organizan su trabajo en comisiones, conforme a lo regulado por el tercer párrafo del inciso b), del artículo 14°, de la Ley N°27867 y su modificatoria;

Que, de acuerdo con el Artículo 2° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que el Consejo Regional, es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la

  • Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización N°.27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria;

Que, asimismo señala en su artículo 3°, que el Consejo Regional es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, política, fiscalizadora e investigadora en asuntos de su competencia; en tanto que en el artículo 4°, indica que la función normativa comprende el debate, la aprobación, modificación, interpretación y derogación de ordenanzas regionales y Acuerdos del Consejo Regional, de acuerdo.con los procedimientos establecidos por la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos regionales N*27867 y su modificatoria y el presente Reglamento;

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Que, de acuerdo con el artículo 29” del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, las comisiones son grupos de trabajo especializados de consejeros, cuya función principal es el seguimiento; Aj scalizacion del funcionamiento de ‘los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la Administración Pública dentro del ámbito territorial de la Región. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o materia; a

Que, el precitado Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, en el artículo 54°, sobre los procedimientos normativos y fiscalizadores indica que: Son - el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y los Acuerdos del Consejo, destinados a producir Acuerdos de Consejo: Regional y Ordenanzas Regionales, actos de fiscalización, propuestas y designaciones. Estos puedén- ser: a) Procedimiento normativo: que comprende el debate y aprobación de Acuerdos de Consejo y ordenanzas regionales y de reforma del reglamento. Asimismo, en el artículo 55%, se señala que son instrumentos procesales del Consejo las proposiciones de-los consejeros y los dictámenes e informes de las comistortes; :

Que, mediante - ‘al documento del visto, y en su condicién’ de Consejero * Regional, ‘Luis: Alberto Castro. Makabe: solicita formalmente al Consejo Regional, sele conceda licencia sin goce de haber, a fin de postular como candidato a DIPUTADO en las Elecciones Generales 2026, que se llevarán a. cabo el 12 de abril del 2026, la misma que será efectiva desde-el 11 de febrero de 2026 hasta por 60 días naturales, ‘ello en cumplimento a la normativa vigente;

: Que, el inciso.t) del Artículo 26° del Reglamento Interno de Consejo Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional N° 015-2013-GOREICA, disporie que el Pleno del Consejo, aprueba las licencias oficiales de los consejeros regionales; cuidando que en todo-momento el número de consejeros licenciados no exceda de 04 EOS ;

: Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria.de la fecha, contando con la dispensá del

modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional y >

SE E ACUERDE:

: ARTÍCULO. PRIMERO.- AUTORIZAR LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER, del señor consejero regional del Consejo Regional de Ica, Luis Alberto Castro Makabe, solicitada con el propósito de participar como candidato a DIPUTADO (ES “sx, en las Elecciones Generales 2026, con efectividad a partir del 11 de febrero de: 2026 E Kal $s’ hasta por 60 días naturales; :

Vo, VB : ARTÍCULO SEGUNDO.- COMUNICAR al Jurado Electoral LEGION Especial de Ica y al Jurado Nacional de Elecciones, la expedición del presente Acuerdo de Consejo Regional, para los: fi ines de Ley.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de” Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo.Regional de Ica, publicar y difundir el presente

Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones . .. conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus" -

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Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

— ml Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

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diciembre de 2025.

S S' A . . + . 13 3 os Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veintinueve días del mes de

ve" Sy | ioe SARA BELLY TORRES GUTIÉRREZ =" CONSEJERA DELEGADA

CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/7580842-065-2025-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9237637/7580842-acr-065-2025-gore-ica.pdf