Acuerdo de Consejo Regional N.° 064-2025-GORE-ICA
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GORE - ICA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N 064 -2025-GORE-ICA Ica, SODIC 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional de ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 2025. Visto, el Oficio N° 592-2025-GOREICA/GR de fecha 18 de diciembre de 2025, sobre el pedido de autorizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la Contratación de una Sociedad Auditora.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales y Ley N° 30305 establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de sus competencia. Asimismo, el artículo 192 inciso 1) de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 27867, precisa que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el Consejo Regional de Ica, está representado por los señores consejeros regionales, quienes representan a la región en general y a la provincia por lo cual han sido electos, para efectos de cumplir con las funciones fiscalizadoras y normativas y de representación, organizan su trabajo en comisiones conforme a lo regulado por el tercer párrafo del inciso b) del artículo 14 de la Ley 27867 y su modificatoria;
Que, mediante Oficio N° 592-2025-GORE-ICA/GR de fecha 18 de diciembre de 2025, el Gobernador Regional solicita la aprobación mediante Acuerdo dé Consejo Regional, la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de.la República, conteniendo el sustento normativo planteado en el Informe N° 0002-2025- GORE-ICA/ORAF comunicado a la Gerencia General Regional;
Que, en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, establece que “las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el ¡ informe previo favorable de la oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del Pliego y el Acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; :
Que, mediante el Oficio N° 000952-2025-CG/GAD la Contraloria General de la República solicita transferencia de la retribución económica, pago de derecho de designación y formato con información necesaria para designar una
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Sociedad de Auditoria que efectúe la auditoría financiera gubernamental de los períodos 2025 y 2026; a
Que, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control - Ley N° 30742, establece que las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades ‘de auditoría, previa solicitud de la, contratación de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, asi como el Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina Presupuesto o el que haga sus veces en el Pliego; asimismo precisa que las transferencias financieras se aprueban mediante Acuerdo de Ganseja Regional en los gobiernos regionales;
Que, mediante el Memorando N° 5705-2025-GORE.ICA/GRPPAT-
SPRE la Subgerencia de Presupuesto, informa respecto a la disponibilidad presupuestal
para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica,
- establecido por en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185; asimismo
comunica que a la fecha se cuenta'con un monto de S/ 173 476.00 en la específica 2.4
en la Meta 243 por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de la retribución
- económica e información para lá designación y el monto de S/ 14 592.00 en la especifica
2.5 en la Meta 243 por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por el derecho
de designación: de una sociedad auditora que efectuó la auditoría financiera del periodo 2026; * 5 ; 3 .
Que, mediante Informe N° 0002-2025-GORE- ICAIORAF de fecha 19 de noviembre de’ 2025, el Director de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, deriva'a la Gerencia General Regional, todos actuados con la finalidad de que se eleve al Consejero Delegado para que mediante Acuerdo de Consejo Regional se apruebe la Transferencia Financiera, hasta por el monto S/. 188 068.00;
_ Que, mediante Informe Legal N° 072-2025-GORE-ICA-ORAJ-de | _. fecha 10 de diciembre ‘del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica brinda opinión”. * - favorable a la transferencia de retribución económica otorgada mediante Nota .N* 0000003371 y N° ee para la auditoría financiera gubernamental del pa : 2026. :
Lanse “ Que, ‘mediante Oficio N° 592-2025-GORE-ICA/GR de fecha 18 fig EE ca diciembre de 2025, el Gobernador Regional deriva a este consejo regional, todos los
- E | actuados relacionados. con la solicitud de transferencia financiera a favor de: la e y eS Contraloría General de la República, por el importe de hasta S/. 188 068.00; f
Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N® 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N°’ 004- 2019.JUS, en su Título Preliminar, artículo IV, numeral 17, establece el principio de Veracidad; concordante con el artículo 51° de la misma norma: "Por lo que se presume que el contenido en los informes; dictámenes y demás documentos del presente procedimiento administrativo, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman y que han sido verificados por sus emisores". Asimismo; el artículo 6”, númeral 6.2 del citado cuerpo normativo señala que "Los fundamentos y conclusiones de anteriores
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dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, constituyen motivación mediante la declaración de conformidad; debiendo presumirse la idoneidad del Expediente Administrativo presentado, al haber sido objeto de revisión y validación por parte de los funcionarios emisores de los documentos sobre los que se sustenta la presente”;
Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica hasta por la suma de S/. 188,068.00 en la específica 2.4 y 2.5 con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de auditar los Estados Financieros del año 2026 del Pliego 449 - Gobierno Regional de Ica.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaria del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veintinueve días del mes de
diciembre de 2025.
CONSEJERA DELEGADA
SARA BELLY TORRES GUTIÉRREZ Jess NAL DE ICA CONSEJO REGIONAL DE ICA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/7580841-064-2025-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9237636/7580841-acr-064-2025-gore-ica.pdf