Acuerdo de Consejo Regional N.° 061-2024-GORE-ICA
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
ne O61 -2024-GORE-ICA Ica, 20 DIC 2024
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de diciembre de 2024. VISTO el Oficio N° 466-2024-GOREICA de fecha 18 de diciembre de 2024, emitido por el Gobernador Regional de Ica, sobre REDUCCIÓN DE MARCO PRESUPUESTAL SIN ASIGNACIÓN FINANCIERA; y demás documentos del procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria Ley N* 27902, establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía la política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; asimismo, el artículo 5 determina que "la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenido de la región;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales
emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con “ autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal”;
Que, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, respecto a la organización de los gobiernos regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13 de la mencionada ley, establece que, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15 de la ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...). Las demas que les corresponda de acuerdo a Ley”;
Que, con Resolución Ejecutiva Regional N* 004-2024/GR de fecha 04 de enero de 2024, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024 del pliego 449-GOBIERNO REGIONAL DE ICA, el cual es distribuido en las 17 Unidades Ejecutoras en las diferentes fuentes de financiamiento;
Que, mediante el numeral 2 de la CENTÉSIMA VIGÉSIMA
. SEGUNDA, Disposición Complementaria Final de la Ley N°. 32185 - Ley de
Presupuesto dei Sector Publico para el Año Fiscal 2025, establece lo siguiente: Autorizar en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modificar su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Determinados
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Gobierno Regional Ica ey
correspondiente a: i) los rubros Fondos de Compensación Regional (FONCOR) y Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), y, ii) los ingresos por canon, sobrecanon y renta de aduanas; provenientes de los ingresos percibidos por dichos conceptos en el Año Fiscal 2024; solo para reducirlo hasta por el monto que resulte de la diferencia entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto de los ingresos percibidos. :
Que, mediante el numeral 3 de la CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA, disposición complementaria final, de la Ley N° 32185 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, establece lo siguiente: La modificación del presupuesto institucional autorizada en el presente artículo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo .del consejo municipal se pública en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de conejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Que, mediante Informe N° 263-2024-GORE.ICA/GRPPAT de fecha 17.DIC.2024-la Subgerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ica solicita la aprobación de la modificación presupuestaria Tipo 07 -— Reducción de Marco Presupuestal en las fuentes de financiamiento Recursos Determinados, Rubro 15 - Fondo de Compensación Regional, de acuerdo a la información emitida por la Gerencia Regional de Infraestructura de la Unidad Ejecutora 001 - Sede Central y la
KO REGIO | . . , se Unidad Ejecutora 002 - Proyecto Especial Tambo Ccaracocha; 3s ES : a = | Que, en virtud al numeral 2. de la CENTÉSIMA VIGESIMA
aw ~~ SEGUNDA, Disposición Complementaria Final, de la Ley N° 32185 - Ley de ee Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, se procedió a realizar' el análisis del marco presupuestal del Gasto y la Asignación financiera, en la Fuente de: Financiamiento Recursos Determinados, Rubro 15 - Fondo de Compensación Regional, evidenciándose que, a nivel de Pliego del Gobierno Regional de Ica, existe un excedente de Marco Presupuestal, con respecto a la asignación financiera, por el monto de S/ 35,226,287.72. Ante ello, se deberá proceder con la reducción de Marco Presupuestal, mediante notas modificatorias Tipo 7:
RUBRO 15 - FONDO DE COMPENSACION REGIONAL
MARCO PRESUPUETAL ASIGNACION FINANCIERA (GASTO) (INGRESO)
245,973,904 j 210,747,616
GASTO - INGRESO 35,226,288
_. Que, estando a lo acordado y aprobado por el pleno de Conséjo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y
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de la lectura y aprobación del Acta y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
SE ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Reducción de Marco Presupuestal de las fuentes de financiamiento 5 - Recursos Determinados, Rubro 15 -
Fondo de Compensación Regional, de acuerdo al siguiente detalle:
RUBRO 15 - FONDO DE COMPENSACION REGIONAL
Pliego 449: GOBIERNO REGIONAL ,
DEL DEPARTAMENTO DE ICA 226,680,656 207,220,577 | 24,825,876 Monto Unidad Ejecutora total a
Reducir
002-1139: REGION ICA-PROYECTO ESPECIAL TAMBO CCARACOCHA
124,530,946 | 113,637,164 | 13,933,710
001-813: REGION ICA-SEDE CENTRAL | 102,149,710| 93,583,413 | 10,892,166
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Subgerencia de Presupuesto y Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaria General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos ' Regionales.
POR TANTO:
Regístrese, Publiquese y Cúmplase
Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los diecinwév¢ días del mes de
diciembre de dos mil veinticuatro.
ÁNGEL MACAZANA ORDÓÑEZ al O RESIÁNAL DE ICA
CONSEJERO DELEGADO
CONSEJO REGIONAL DE ICA EZ " CONSEJE!
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