Skip to content
L Legalize.pe
056-2024-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 056-2024-GORE-ICA

8 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

+9

ee

REGIONS RÍOS igs

a

er

| t Gobierno Regional Ica NN

GORE - ICA

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Ne 056 -2024-GORE-ICA Ica, 1 2 D ic 2024

. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de diciembre de 2024. VISTO el Oficio N° 445-2024-GOREICA de fecha 05 de diciembre de 2024, emitido por el Gobernador Regional de Ica, sobre la incorporación del proyecto de inversión denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN EL CAMINO VECINAL IC-749, EN EL DISTRITO DE OCUCAJE, DISTRITO DE SANTIAGO DE LA PROVINCIA DE ICA DEL DEPARTAMENTO DE ICA” CON CUI 2655074, en la lista de los proyectos priorizados para su financiamiento y ejecución en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230 y demás actuados del procedimiento.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191” de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto 6 sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39 de la citada Ley N° 27867;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230,.Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 081-2022-EF (en adelante TUO de la Ley N° 29230) establece el marco normativo para que los gobiernos regionales, . municipalidades y universidades públicas, puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de proyectos en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe;

Que, de acuerdo al artículo 2 del TUO de la Ley 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 081-2022-EF, señala que las empresas privadas que suscriban convenios de inversión, conforme a lo establecido en el artículo 6 del presente Texto Único Ordenado, pueden financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local y contar con la declaración de viabilidad o con la aprobación, según corresponda;

LACA DE, pe Lee

Sy E Gobierno Regional Ica Kg

GORE -ICA

Que, de acuerdo al numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 210-2022-EF (Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. N° 011:2024-EF, que prescribe el cambio de denominación) y de más modificatorias, corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya inversiones, que se encuentren registradas en el PMI cuando corresponda y contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el SNPMGI. Asimismo, se pueden incluir actividades de operación y/o mantenimiento. Las entidades públicas del Gobierno Nacional pueden adicionalmente, incluir proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica;

Que, el inciso 1) del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, señala que la lista de priorización de inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N° 29230 en el caso de los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las universidades públicas se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional, el Concejo Municipal o el Consejo Universitario, respectivamente. Esta facultad es indelegable;

Que, de acuerdo al numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29230, las entidades públicas deben actualizar las listas de priorización periódicamente y como mínimo una vez al año, para lo cual la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, brinda asistencia técnica a las respectivas entidades públicas cuando así lo soliciten. La lista de priorización es publicada por PROINVERSION en su portal institucional dentro de los (3) días de recibida la información a la que se refiere los artículos 19 y 20;

Que, en ese contexto, el Gobierno Regional de Ica, ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de proyectos de inversión pública en infraestructura y servicios públicos de competencia local en el ámbito de su jurisdicción;

Que, con la promoción de la participación de la inversión privada ff gexen la ejecución de estos proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes ho generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de ida de la población;

Que, conforme al artículo XI del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 29230, sobre Convenio de Asistencia Técnica de PROINVERSION, señala que las entidades públicas pueden suscribir un Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN bajo la modalidad de asesoría o de encargo, previo Acuerdo del Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo Universitario, según corresponda. El Convenio de Asistencia Técnica es suscrito por el Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN y el titular de la Entidad Pública y la copia se envía a la DGPPIP. En caso de encargo, se requiere previamente el Acuerdo del Consejo Directivo de _|PROINVERSIÓN;

Que, el monto del Proyecto de Inversión denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VIAL INTERURBANA EN EL CAMINO VECINAL IC-749, EN EL DISTRITO DE OCUCAJE, DISTRITO DE SANTIAGO DE LA PROVINCIA DE ICA DEL DEPARTAMENTO DE ICA” CON CUI 2655074, en el presente Acuerdo no supera el tope de capacidad anual del Gobierno Regional de Ica, asimismo, cumple con Reglas Fiscales establecidas en el Decreto Legislativo N° 1275, por tanto, el Titular de la Entidad puede suscribir convenios bajo el mecanismo de Obras por Impuestos;

UCA DEL, . * J %

o fey Gobierno Regional Ica Ks

GORE -ICA

Que, en este marco legal, el Gobierno Regional de Ica, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos e infraestructura adecuada y eficiente, ha decidido ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, el proyecto que será priorizado por el presente Acuerdo Regional;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno de Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

SE ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- INCORPORAR, en la lista de los

proyectos priorizados para su financiamiento y ejecución en el marco del TUO de la Ley N° 29230, el proyecto que se indica a continuación:

CÓDIGO ÚNICO Ne NOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSION TS no INVERSIONES (8)

1 | "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE: TRANSITABILIDAD VIAL 2655074 97,960,963.39 INTERURBANA EN EL “CAMINO VECINAL 1C-749, EN EL DISTRITO DE:.OCUCAJE, DISTRITO DE SANTIAGO DE LA “PROVINCIA DE ICA DEL DEPARTAMENTO DE ICA”

ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ica, a firmar convenios de inversión con las empresas seleccionadas para financiar y/o ejecutar uno o más proyectos de inversión en el marco de lo establecido en el párrafo primero del artículo 6 del TUO de la Ley 29230.

ARTÍCULO TERCERO.- AUTORIZAR al Gobierno Regional de Ica, destinar para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, conforme a lo establecido en el artículo 2, numeral 2.1 y 2.2 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, concordante con el artículo VII del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 210- 2022-EF Reglamento de la Ley N° 29230.

ARTÍCULO CUARTO.- SOLICITAR la Asistencia Técnica en la modalidad de asesoría a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-

SE reg PROINVERSION, según los alcances del artículo Xi del Titulo Preliminar del Sf ES Reglamento de la Ley N° 29230. raed La ve ARTICULO QUINTO.- FACULTAR al titular del pliego a suscribir Se Y el convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSION.

ARTÍCULO SEXTO.- AUTORIZAR a la administración, realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF, que origine la emisión de los "Certificados de Inversión Pública Regional y Local —Tesoro Público - CIPRL”, asi como las modificaciones

¿S0CA DEL y ¢

RES Gobierno Regional Ica

GORE - ICA

presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29230.

ON ARTÍCULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión 5 Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaria \General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del

N onsejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el rtículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Regístrese, Publíquese y Cúmplase

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los diez días es de diciembre de

dos mil veinticuatro.

ÁNGEL MACAZANA ORDÓÑEZ CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/6305296-056-2024-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7394809/6305296-acr-056-2024-gore-ica.pdf