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053-2024-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 053-2024-GORE-ICA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL <-- N9093 -2024-GORE-ICA Ica, 25 NOV 2024

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2024.

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del artículo 16 de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales” establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales, así mismo en el artículo 39 tipifica: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a. una conducta o norma institucional;

Que, de igual modo el inciso a) del artículo 18 del Reglamento Interno del Consejo Regional establece: Los consejeros regionales tienen derecho: a presentar proposiciones de normas y acuerdos regionales y las demás proposiciones contempladas en el presente reglamento y el inciso e) a presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias que representen o cualquier otra provincia de la región;

Que, finalmente el artículo 58 del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que las Mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los Consejeros ejercen su derecho a pedir al Consejo que adopte acuerdos que expresen la decisión del pleno sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declarar su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. También procede para pedidos sobre astintos importantes para los intereses de la región y las relaciones con el Gobierno Regional, el Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales. Los acuerdos regionales se presentan ante la secretaría general del consejo y proceden en los siguientes casos: .a) Pedidos de acuerdo de consejo; (...) g) Pedidos para que el pleno se pronuncie sobre cualquier asunto de importancia regional, nacional o local;

Que, En Sesión de Consejo Regional de fecha 23 de junio de 2022, se aprobó la Ordenanza Regional, que aprueba el “procedimiento para la prevención y sanción del acoso contra las mujeres en la vida política”;

Que, mediante Nota N° 033-2022-GORE-ICA-SCR de fecha 04 de julio de 2022, se remite la citada Ordenanza al Gobernador Regional de ese entonces para su promulgación correspondiente;

Que, por el Informe legal N° 119-2022-GRAJ de fecha 14 de julio de 2022, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica recomienda observar dicha Ordenanza Regional;

Que, mediante el Dictamen N° 002-2022-CRI/CDEIS de fecha 08 de noviembre de 2022 se Recomienda: No aceptar las Observaciones emitidas por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, efectuado con Informe legal N° 119-2022-GRAJ de fecha 14 de julio de 2022;

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Que, mediante Nota 072-2022-GORE.ICA-SCR de fecha 18 de noviembre de 2022, se deriva nuevamente a la, Gobernación Regional la Ordenanza Regional tantas veces citada con la finalidad de que se'sirva realizar su promulgación y posterior publicación;

Que, con Memorando N° 071-2022-GR de fecha 16 de diciembre de 2022 la Gobernación Regional manifiesta que revisada la Ordenanza Regional, esta ha merecido opinión legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, ratificándose en su contenido;

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú establece que “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en el inciso a) del artículo 15 establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, conforme a lo regulado por el tercer párrafo del inciso b) del artículo 14 de la Ley N* 27867 y su modificatoria; como tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, conforme al artículo 39 de la acotada norma legal;

Que, el apartado a) del artículo 18 del Reglamento Interno de Consejo Regional sobre los derechos funcionales de los Consejeros Regionales a presentar proposiciones de normas y acuerdos regionales y las demás proposiciones contempladas en el presente Reglamento;

Que, conforme se tiene de conocimiento el Consejo Regional de Ica con fecha 23 de junio de 2022 aprobó la Ordenanza regional que “Aprueba el procedimiento para la prevención y sanción del acoso contra las mujeres en la vida política” (En adelante la Ordenanza);

Que, sin embargo, a pesar de que la Secretaria del Consejo Regional, de conformidad con el artículo 69 del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 015-2013-GORE-ICA, remitió mediante Nota 072- 2022-GORE.ICA-SCR de fecha 18 de noviembre de 2022, la autógrafa de dicha norma al Gobernador Regional de Ica para su promulgación, este la observo conforme a sus atribuciones;

Que, en ese sentido el Pleno de Consejo, revisando las observaciones efectuadas, rechazo las mismas, mediante el Dictamen N° 002-2022- CRI/CDEIS, de fecha 08 de noviembre de 2022, y reenvió nuevamente la Ordenanza para su promulgación y publicación al Gobernador Regional;

Que, sin embargo, hasta la fecha dicho órgano regional no cumple con tal promulgación, razón por la cual, estando a lo que dispone el citado artículo 69 del reglamento se solicita al Gobernador Regional de Ica se sirva promulgar y publicar la referida Ordenanza o en su defecto comunicar a esta dependencia regional su posición, a efectos de poder actuar conforme a nuestra atribuciones constitucionales y legales.

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Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

SE ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- EXHORTAR al Gobernador Regional de Ica, para que se sirva promulgar y publicar la Ordenanza Regional que "Aprueba el procedimiento para la prevención y sanción del acoso contra las mujeres en la vida política” en mérito a los fundamentos expuestos en el Dictamen N° 002-2024-CRI/CDEIS de fecha 18 de noviembre de 2024. Tal postura se asume bajo los principios eficiencia y simplicidad que rigen a la administración pública.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría

AN General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del SOS Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y

= en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo E) N° 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los diecipdeye días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro.

ANGEL MACAZANA ORDOÑEZ CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/6219827-053-2024-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7276554/6219827-acr-053-2024-gore-ica.pdf