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048-2024-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 048-2024-GORE-ICA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

ne 048 -2024-GORE-ICA Ica, 29 OCT 2024

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de octubre de 2024.

CONSIDERANDO:

. . Que, el inciso a) del artículo 16 de la Ley.N° 27867 “Ley Organica.de los Gobiernos Regionales” establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales, así mismo en. el artículo 39 tipifica: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional .o declara.su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, de igual modo el inciso a) del artículo 18 del Reglamento interno del Consejo Regional establece: Los consejeros regionales tienen derecho a presentar proposiciones de normas y acuerdos regionales y las demás proposiciones contempladas en el presente reglamento y el inciso e) a presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias que representen o cualquier otra provincia de la región;

; Que, finalmente el artículo 58 del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que las Mociones de Orden del Dia son propuestas mediante las cuales los Consejeros ejercen su derecho a pedir al Consejo que adopte acuerdos que expresen la decisión del pleno sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declarar su voluntad de practicar determinado, acto.o sujetarse a una conducta o norma institucional. También procede para pedidos sobre asuntos importantes para los intereses de la región y las relaciones con el Gobierno Regional, el Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales. Los acuerdos regionales se presentan ante la secretaría general del consejo y proceden en los siguientes casos:, a) Pedidos de acuerdo de consejo; (...) g) Pedidos para que el pleno se pronuncie sobre cualquier-asunto de importancia regional, nacional o local;

Que, Chincha Baja fue fundada el 20 de octubre de 1537 por el conquistador español Diego de Almagro, quien la designó como "Villa Santiago de Almagro", con la intención de convertirla en la capital de su Gobernación de Nueva Toledo;

Que, Chincha Baja, creado con el nombre de "Villa Santiago de Almagro" el 20 de octubre de 1537 por el conquistador Diego de Almagro, cuando aún pertenecía a la jurisdicción de la provincia de Cañete, de la que es desmembrada conjuntamente con el distrito de Chincha Alta en el año 1866;

Que, la zona de Chincha Alta fue fundada con el nombre de "Santo

"Domingo de la Corona Real de Chincha" el 15 de diciembre de 1571. Iniciada la república,

Chincha Alta perteneció a la jurisdicción de la provincia de Cañete. El distrito fue creado el 2 de enero de 1857;

Que, Santiago de Chincha, denominada Chincha Baja para distinguirla de la Chincha Alta, es una localidad peruana capital del distrito homónimo ubicado en la provincia de Chincha en el departamento de Ica;

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Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesién Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultádes y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional; .

SE ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- EXPRESAR el más ferviente saludo y felicitación a toda la población del distrito de CHINCHA BAJA, Región Ica, por haberse conmemorado el 20 de octubre del presente año, sus 487 aniversario de fundación por el conquistador español Diego de Almagro.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el Gobierno Regional de Ica, tome las medidas y/o acciones necesarias para reconocer al hermano distrito de Chincha Baja, por su loable crecimiento y reconocimiento obtenido en nuestra región y nuestro país.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión

Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría

. General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo

AA Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal

PS “e electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

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Regístrese, Publíquese y Cúmplase.

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.

ÁNGEL MACAZANA ORDÓÑEZ CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/6141473-048-2024-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7159758/6141473-acr-048-2024-gore-ica.pdf