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043-2025-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 043-2025-GORE-ICA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL -N> 043 -2025-GORE-ICA Ica, 160CT 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de octubre de 2025, VISTO, la Carta de fecha 13 de octubre de 2025 de renuncia al cargo presentada por la Vicegobernadora Regional del Gobierno Regional de Ica, en mérito a la Resolución N° 0110-2025-JNE.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15 establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, conforme a los artículos 11 y 13 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, como tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, conforme al artículo 39 de la acotada norma legal;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, mediante Carta de fecha 13 de octubre de 2025, la Vicegobernadora Regional, señora Luz Mery Canales Trillo y en mérito a lo señalado en la Resolución N° 0110-2025-JNE de fecha 12 de marzo de 2025, que en su considerando 6 señala: "De conformidad con los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, para postular a presidente o vicepresidente de la República, senador o diputado del Congreso de la República, los gobernadores y vicegobernadores, así como los alcaldes deben renunciar a su cargo seis meses antes de la elección ordinaria respectiva.” (..). Presenta su renuncia al cargo de Vicegobernadora Regional de Ica, para postular como candidata a las próximas elecciones nacionales de presidente y vicepresidentes de la República, senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, programada para el domingo 12 de abril de 2026;

Que, asimismo es de señalar lo establecido en la Resolución N° 0110-2025-JNE que en su parte Resolutiva estipula: Disposición a) "Las renuncias deben ser presentadas ante el Consejo Regional correspondiente, hasta el 13 de octubre de 2025 (seis meses antes de las elecciones ordinarias);

ABOG.

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Que, dicha petición fue puesta de conocimiento ante el Pleno de Consejo Regional, cuyos miembros coincidieron en señalar lo advertido en la Resolución N° 0110-2025-JNE que en su considerando 6 segundo párrafo señala: “Asi, en caso que se produzcan dichas renuncias, corresponde otorgarles eficacia inmediata, sin necesidad de requerir una aceptación expresa por parte del Consejo Regional o Concejo Municipal, en ta medida que estas tienen carácter excepcional, regulado a nivel constitucional, con el único propósito de participar en el proceso electoral respectivo;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional; *

SE ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- ACEPTAR la renuncia de la señora LUZ MERY CANALES TRILLO al cargo de Vicegobernadora Regional de Ica, para postular como candidata a las próximas elecciones nacionales de presidente y vicepresidentes de la República, senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, programada para el domingo 12 de abril de 2026; renuncia que será efectiva desde el 13 de octubre del año en curso, en cumplimiento con lo dispuesto por la Resolución N° 0110-2025-JNE.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los quince días del mes de octubre de dos mil veinticinco. ; ; .

WASHINGTON ALEXANDER SOTELO LUNA CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/7296408-043-2025-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8841056/7296408-acr-043-2025-gore-ica.pdf