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024-2025-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 024-2025-GORE-ICA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL -N° Q24 -2025-GORE-ICA Ica, 16 JUL 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 9 de julio de 2025. Visto, el Memorando N° 0412-2025-GORE.ICAGRAF, emitido por la Gerencia Regional de Administracion y Finanzas, relacionado a la rectificación del Acuerdo de Consejo Regional. N° 018-2025-GORE-ICA.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680, Ley N° 28607, Ley N° 30305, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191 establece que “los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y Fiscalizador (...)”;

Que, el numeral 7 del artículo 192 de la Constitución Política del Estado, reconoce como competencia de los gobiernos regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley;

Que, el artículo 2 de la Ley N* 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal”;

Que, de los recaudos administrativos puestos a conocimiento del Consejo Regional de Ica, mediante Memorando N° 0412-2025-GORE-ICA-GORE.ICAGRAF, emitido por la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, se solicita se rectifique el Acuerdo de Consejo Regional N° 018-2025-GORE-ICA de fecha 26 de mayo de 2025; en el sentido, que al momento de emitir dicho acuerdo se ha cometido un error material en el catorceavo considerando y en el artículo primero de la parte resolutiva, respecto de la fuente de financiamiento, debiendo ser lo correcto Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y no como se indica en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios;

; Que, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, respecto' ala organización de los gobiernos regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional, siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13 de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15 de la Ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las

normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...). Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”;

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Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de de la lectura y aprobación del Acta y en ¡uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

SE ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el CONSIDERANDO CATORCEAVO y el ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo de Consejo Regional N° 018- 2025-GORE-ICA de fecha 26 de mayo de 2025; quedando redactado de la siguiente manera:

CONSIDERANDO CATORCEAVO.- Que, mediante INFORME TECNICO N* 0002- 2025-GORE.ICA-GRPPAT/SPRE, la Subgerencia de Presupuesto, emite opinión favorable para que se realice la transferencia financiera a la Mancomunidad Regional de los Andes - Ica por el monto de S/ 150,000.00, habiéndose verificado que se cuenta con saldo presupuestal en la meta indicada en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la transferencia financiera a favor de la Mancomunidad Regional de los Andes, hasta por la suma de S/150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de sus gastos Operativos y de Funcionamiento”.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SUBSISTENTE todo lo demás que contiene del Acuerdo de Consejo Regional N° 018-2025-GORE-ICA de fecha 26 de mayó de 2025.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaría y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO: , Reglstrese, Publíquese y Cúmplase

' Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los nueve días del mes de julio de dos mil veinticinco.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/6969875-024-2025-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8377846/6969875-acr-024-2025-gore-ica.pdf