Acuerdo de Consejo Regional N.° 022-2025-GORE-ICA
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GORE - ICA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 022 -2025-GORE-ICA Ica, 24 JUN 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de junio de 2025. VISTO el Oficio N° 277-2025-GORE-ICA/GR, que contiene el pedido de incorporación de recursos en la Fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, por la suma de S/. S/. 7, 320,069.70 (Siete millones trescientos veinte mil sesenta y nueve con 70/100 soles) y demás documentos del procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15 establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, conforme a los artículos 11 y 13 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, como tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, conforme al artículo 39 de la acotada norma legal;
Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, mediante el Oficio N° 277-2023-GORE-ICA/GR de fecha 19 de junio de 2025, el Gobernador Regional solicita aceptar la donación remanente de utilidades efectuada por la Empresa Shouxin Perú S.A, por la suma de S/. S/. 7, 320, 069.70 (Siete millones trescientos veinte mil sesenta y nueve con 70/100 soles) a favor del Gobierno Regional de Ica, en cumplimiento de! artículo 9 del Decreto Supremo N° 009-98-TR, el cual
we KANO got ay indica que el aporte del remanente a la región en la que se generó éste, en caso
$$ corresponda, es efectuado directamente por las empresas generadoras del remanente en Jun plazo que no deberá exceder al previsto en el artículo 6 de la Ley, bajo responsabilidad;
Que, de acuerdo al literal ii) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva de Ejecución Presupuestaria N° 0001-2024-EF/50.01 aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, la cual indica lo siguiente: "La incorporación de mayores:ingresos públicos provenientes de recursos por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por Donaciones, se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del artículo 50 y artículo 70, del-Decreto Legislativo N° 1440 y es promulgado por el Gobernador Regional a través de Resolución Ejecutiva Regional";
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Que, en ese sentido es facultad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, aceptar la donación dineraria efectuada por la empresa antes aludida, cuyo monto ya se encuentra depositado en las cuentas del Gobierno Regional de Ica;
Que, el artículo 39 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone: "Los Acuerdos del Consejo Regional, expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. El Reglamento del Consejo Regional podrá acordar otras mayorías para aprobar normas”;
Que, conforme a la documentación presentada por la Subgerencia de Tesorería de este Gobierno Regional, donde informa la transferencia financiera efectuada a favor del Gobierno Regional de Ica, adjuntando el Recibo de Ingreso N* 001-2025 de fecha 30 de abril de 2025 por el importe de S/. 7, 320, 069.70 (Siete millones trescientos veinte mil sesenta y nueve con 70/100 soles) por parte de la empresa Minera Shouxin Perú S.A. monto que, conforme se ha informado, ya se encuentra en cuentas de la Entidad;
Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- ACEPTAR la donación remanente de utilidades efectuada por la Empresa Shouxin Perú S.A, por la suma de S/. S/. 7, 320, 069.70 (Siete millones trescientos veinte mil sesenta y nueve con 70/100 soles) a favor del Gobierno Regional! de Ica, donación efectuada en cumplimiento del Decreto Supremo N° 009-98-TR.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,
POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los veinte días del mes de junio de dos mil
veinticinco,
WASHINGTON ALEXANDER SOTELO LUNA par Sopnno REGIONAL DE ICA by ICA
CONSEJERO DELEGADO . AL
CONSEJO REGIONAL DE ICA 7 A RO ESTOA. SÓTELO LUNA
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