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022-2019-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 022-2019-GORE-ICA

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ORDENANZA REGIONAL No 0U22 -2019-GORE-ICA

ica, 31 DIC, 2019.

El Consejo Regionai del Gobierno Regional de ica, en Sesión Ordinaria del dia 30 de diciembre del año 2019. Visto, el Dictamen N*D06- 2019/CRI-CDEIS, presentado por la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional de Ica, de acuerdo a la normativa vigente.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Politica. del «Perú: en.el :artículo 1° determina que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado y en el artículo 2* señala que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado. por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra indole

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N” 27867 en el artículo 4° establece por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Consecuentemente, en el articulo 8° establece en el inc.4 principio de inclusión, determinando que el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, politica y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación. Por tanto, el trabajo con las mujeres debe priorizarse por ser uno de los grupos. La Ley N° 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, en el artículo 3° determina como principios fundamentales (3.1) la igualdad, el respeto por la libertad, dignidad, seguridad a la vida humana, así como el reconocimiento del carácter pluricultural y multilingúe de la nación peruana (3.2). El Estado impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, considerando básicamente los siguientes principios: a) El reconocimiento de la equidad de género, desterrando prácticas, concepciones y lenguajes que justifiquen la superioridad de algunos de los sexos, así como todo tipo de discriminación y exclusión sexual o social. La prevalencia de los derechos humanos, en su concepción integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida. c) El respeto a la realidad pluricultural, multilingúe y multiétnica promoviendo la inclusión social, la intercultural y del dialogo e intercambio de condiciones de equidad, democracia y d) El reconocimiento y respeto a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, personas adultas y personas adultas mayores, personas con discapacidad o grupos etarios más afectados por la discriminación.

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Que. el “Acuerdo Nacional” establece los principios que deberán respetar y guiar las políticas nacionales del pais. que son (1) Democracia y Estado de Derecho. (2) Equidad y Justicia Social. (3) Competitividad del País; (4) Estado eficiente. transparente y descentralizado. A partir de estos principios señalados se establecen una serie de políticas nacionales vinculadas a la política social. como son. El fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de Derecho: la descentralización política. económica y administrativa para el desarrallo integral, armónico y sostenido del Perú; la reducción de la pobreza: la promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación. el acceso universal a una educación pública gratuita y de calidad, a los servicios de salud y de seguridad social, y al empleo pleno, digno y productivo. la promoción de la seguridad alimentaria y nutrición: el fortalecimiento de la familia. promoción y protección de la niñez. la adolescencia y la juventud. la búsqueda de la competiividad. productividad y formalización de la actividad económica, el desarrollo sostenible y la gestión ambiental: el desarrollo de la vivienda e infraestructura: la politica de desarrollo agrario y rural: y la afirmación de un estado transparente y eficiente.

Que, el Estado. en el Marco Macroeconómico Multianual 2019- 2022 del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado en sesión de Consejo de Ministros el 22 de Agosto del 2018, define lineamientos de politica, entre los que refiere promover la consolidación del crecimiento económico a corto, mediano y largo plazo. Para ello garantizará el manejo prudente de las cuentas fiscales, con el fin de reducir la pobreza y mejorar el bienestar en el país. Se dará un mayor impulso a la productividad y competitividad. En los últimos cinco años el crecimiento del PBI potencial se ha debilitado, pasando de un promedio de 4,6% entre 2012- 2016 a 3.5% en 2017. debido a un deterioro de la productividad (productividad total de factores - PTF) y una menor contribución de los factores capital y trabajo Por ello, la administración actual tiene como prioridad apuntalar el crecimiento del PBI potencial a través de un mayor impulso a la productividad y competitividad. y asi garantizar el progreso y el desarrollo del pais.

Que, el Ministerio de Inclusión social, ha definido que los principales retos del crecimiento con inclusión son: i) Reducir la pobreza rural, que es el doble del promedio nacional: ii) Reducir la desnutrición crónica, que alcanza a un tercio de niños rurales. iii) Promover el desarrollo infantil temprano y en particular la asistencia en zonas rurales a la educación inicial: iv) Promover el desarrollo integral de la niñez y la adolescencia, reduciendo las brechas de acceso y calidad del sistema educativo. la anemia, el trabajo infantil y la tasa de embarazos adolescentes: v) Mejorar la calidad de la educación pública. ampliar la cobertura en educación inicial y articularla con los siguientes niveles educativos y cerrar brechas en la educación rural e intercultural bilingúe. vi) Reducir sustancialmente las brechas de acceso a los servicios de salud de calidad: vii) Reducir las brechas al aqua potable. saneamiento. infraestructura y electricidad de los distritos más pobres del país. vit) Articular las políticas y programas de. desarrallo e inclusión social a politicas y programas de fomento al desarrollo productivo y empleabilidad: y 1x) Promover la protección y el bienestar de los adultos mayores. En consecuencia, el crecimiento con inclusión social implica utilizar los mayores ingresos fiscales permanentes. producto del crecimiento económico sostenido, en una expansión del gasto social en intervenciones costos efectivos más articulados y mejor focalizados que permitan generar igualdad de oportunidades y mayores niveles de bienestar a toda la población, en especial de los más pobres.

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Que, de acuerdo a las cifras de empleo dadas por el INE! al

2018, la población económicamente activa ocupada masculina de Ica es de 242,900, mientras que la femenina es 178,800 evidenciándose la existencia de una brecha de desigualdad; respecto al. ingreso promedio, el de los varones es de S/ 1,395.7 soles y el de las mujeres S/ 887.5 soles, existiendo una brecha diferencial de S/ 508.2 soles a favor de los varones que requiere equilibrarse.Que, con la finalidad de contribuir a la equidad de género, la erradicación de la pobreza y el crecimiento económico inclusivo se consideraron invertir en el empoderamiento económico y productivo de mujeres. Mediante Resolución Ejecutiva Regional N*052-2014-GORE ICA/PR de fecha 12 de febrero del 2014, se aprueba como politica pública dirigida a la inserción laboral, autoempleo y micro emprendimiento * de poblaciones vulnerables el proyecto "Empoderamiento de Mujeres. de Organizaciones Sociales en Actividades Productivas para su inserción laboral” presentado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y que en su artículo segundo: Disponía se considere en el Plan Operativo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. En el artículo tercero: Promover que los Gobiernos locales implementen en su jurisdicción los emprendimientos productivos de las beneficiarias otorgando los recursos necesarios para su sostenibilidad a través de proyectos comunitarios

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Que, el proyecto se desarrollo con capacitación en tecnologias alimentarias, artesanias y estética personal. En las diferentes provincias de la región dirigida a mujeres de organizaciones sociales, personas con discapacidad, madres de niños trabajadores, mujeres privadas de su libertad del Penal Cristo Rey de Cachiche y familias desplazadas victimas de violencia política. Una experiencia muy exitosa que contó con el apoyo de los gobiernos locales

Que, el desarrollo social es en esencia la cristalización del modelo de vida que deseamos para nosotros y nuestros semejantes. La evaluación de la dimensión social no ha arrojado un resultado positivo, se evidencia carencias sociales muy marcadas en grupos humanos numerosos, servicios sociales ineficientes pese a las grandes inversiones en infraestructura, una débil identidad, poca integración social, deficiencias de comunicación y ausencia de capital civico (poca credibilidad e identificación con los gobernantes y el Estado). Se desea revertir esta situación en una gestión con rostro humano e igualdad de oportunidades para hombres y mujeres,

Que, conforme al articulo 15° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, por las consideraciones expuestas y al amparo de lo regulado en la Ley N° 27783, de Bases de Descentralización; Ley N° 27867 Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL:

“ORDENANZA PARA LA INCLUSION SOCIOECONÓMICA Y EMPODERAMIENTO PRODUCTIVO DE MUJERES DE ORGANIZACIONES

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SOCIALES Y ESCASOS RECURSOS EN UN CONTEXTO DE CRISIS AMBIENTAL Y DE DERECHOS.

ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETIVO. Promover la inclusión socioeconómica y la autonomía de mujeres. impulsando el empoderamiento productivo. el acceso al empleo y a recursos a través del desarrollo y fortalecimiento de capacidades que permita mejorar su calidad de vida y un aporte efectivo al desarrollo local y regional

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Desarrollo Económico en un plazo de sesenta dias y en conjunto con sus direcciones de Educación. Trabajo y Promoción del Empleo, Salud. Comercio Exterior y Turismo, la Dirección Regional Agraria, diseñen lineamientos de políticas de desarrollo social y económico con enfoque de equidad de género. y los incorporen en sus planes estratégicos y operativos, considerando principalmente.

a) Ejecutar un programa de empoderamiento productivo a través de desarrollo de capacidades en tecnologias alimentarias, artesanías y otros.

b) Promover la educación comunitaria dirigida a las organizaciones sociales, con enfoque de género, cuidado del medio ambiente. alimentación saludable y seguridad alimentaria.

e) Formular proyectos económicos y productivos de Inversión Pública para mujeres.

d) Impulsar la participación activa de las organizaciones de mujeres en los presupuestos participativos y en el diseño de proyectos productivos.

e) Impulsar la asociatividad de organizaciones de mujeres para potenciar procesos de capacitación (técnicas de producción, comercialización, precios. mercados. marketing. planes de negocios. tecnologías) sobre acceso a recursos económicos.

f) Difundir y promover las actividades empresariales comerciales y artesanales de mujeres emprendedoras buscando oportunidades en el mercado nacional e internacional.

g) Promover e institucionalizar ferias locales y regionales de mujeres artesanas y productoras agropecuarias rurales; y organizar su participación en mixtura y Expo agro-alimentaria, en las cuales se desarrollan ruedas de negocios a nivel internacional

h) Impulsar el crecimiento y consolidación de ferias productivas, a partir de las Mancomunidades como estrategia para visibilizar el aporte de las mujeres y la generación de mercados para sus productos

i) Propiciar las condiciones para el desarrollo de microempresas dirigidas por mujeres. utilizando productos y recursos. locales, para la generación de ingresos y su autonomia económica.

j) Considerar la brecha de género en el acceso al empleo y a recursos económicos en la región. dando prioridad a mujeres jefas de hogar.

k) Formas alternativas de economía solidaria y responsable. basada en la promoción social y humana que facilite el empleo y la ayuda mutua, que promueva precios y mercados justos para que las mujeres y sus familias logren una vida digna y acceso a recursos en igualdad de condiciones

  1. Reconocimiento del trabajo y aporte de las mujeres productoras rurales y urbanas, desarrollo de sus capacidades, asistencia técnica, usos de tecnologías de producción y capacitación.

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m) Estrategias para el acceso de mujeres al crédito para el mejoramiento de emprendimientos.

n) información sobre cambio climático y relación de las mujeres con los recursos naturales, su cuidado y preservación y su rol en la seguridad y soberanía alimentaria.

o) Promover la presencia de organizaciones de mujeres en los diferentes espacios que aborden acciones y políticas en torno al cambio climático,

ARTÍCULO TERCERO.- Las Gerencias señaladas y sus direcciones luego de cumplido el plazo de sesenta días, sobre el diseño de los Lineamientos de Políticas de Desarrollo Social y Económico, en un plazo de treinta dias adicionales, en coordinación con el Ministerio de Inclusión social, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Mesa de Concertación para la Lucha contra la pobreza, elaboraran un Plan de Acción en conjunto para la implementación, seguimiento y monitoreo de las políticas públicas diseñadas

ARTÍCULO CUARTO.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Desarrolio Social para que brinde la asistencia técnica y Operativa

ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial brindará el apoyo logístico para el cumplimiento de su fin,

ARTICULO SEXTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaria General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano” y en el porta! electrónico del Gobierno Regional de ica

(www. regionica.gob.pe)

Comuníquese al Gobernador Regional de Ica para su pro! mp

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CEN DR. JORGE LUIS NAVARRO OROPEZA El CONSEJERO DELEGADO

CONSEJO REGIONAL DE ICA

POR TANTO: Registrese, comuniquese y cúmplase.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica

ING. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/3967932-022-2019-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4215324/or_022_2019.pdf