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020-2025-GORE-ICA Regional Ordinance Ica In force

Ordenanza Regional N.° 020-2025-GORE-ICA

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'Gobiema Regional Ica

ORDENANZA REGIONAL No 020. -2025-GORE-ICA Ica, 30 DIC 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2025. VISTO el Oficio N° 606-2025- GORE-ICA/GR de fecha 29 de diciembre de 2025 de la Goberriacién Regional de Ica, sobre la aprobación de los Cuadros para Asignación de Personal ProvisionalCAP-P-2025 de 08 Unidades Ejecutoras conformantes del Sector Salud; y demás actuados en el procedimiento.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 y 192 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ley sus modificatorias, señalan que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, que gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el literal a) del artículo 15 de la misma norma; prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; por su parte el artículo 10, establece en el numeral 1, literal 6), que son competencias exclusivas de los gobiernos regionales: Formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;

Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades; organizaciones : y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un estado democrático, descentralizado y de servicio al ciudadano;

Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que establece lo siguiente: ¢ Literal r) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se exceptúa de la prohibición de incorporación del personal en el Sector Público al "nombramiento a partir del mes de diciembre de 2025, de hasta el 50% de los profesionales, técnicos y auxiliares administrativos de! Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales a los que hace -referencia la Ley Ne 32059, Ley que autoriza el nombramiento progresivo del personal administrativo comprendido en el Decreto Legislativo 1057 del Ministerio de Salud, (...) y los gobiernos regionales, contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057. (...)";

  • Literal t) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se autoriza el nombramiento, a partir

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Gobierno Regional Ica a

del mes de diciembre de 2025, de los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales (...)

_Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2025-SA, se aprueban los lineamientos para el proceso de nombramiento del personal administrativo comprendido en el Decreto Legislativo N° 1057;

Que, por Decreto Supremo N° 014-2025-SA, se aprueba los lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares de la salud asistenciales;

Que, el Ministerio de Salud mediante Resolución Ministerial N° 638-2025/MINSA, aprueba la relación nominal consolidada a nivel nacional por unidad ejecutora del personal apto en el proceso de nombramiento del personal administrativo comprendido en el Decreto Legislativo N” 1057 del Ministerio de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 670-2025/MINSA, se aprueba la relación nominal consolidada a nivel nacional por unidad ejecutora del personal apto en el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales;

  • Que, mediante Oficio N° 7285-2025-GORE-ICA-DIRESAOEGyDRRHH-UADM.RH de fecha 19 de diciembre del 2025, se remitió la solicitud de aprobación de los proyectos de Cuadros para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2025 de las 08 Unidades Ejecutoras del Sector Salud involucradas en el proceso de nombramiento en el marco legal del literal r) y t) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 32185, pertenecientes a la Dirección Regional de Salud del GORE-ICA, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, para que posteriormente y luego de emitidos tanto el informe técnico como legal sea remitido y puesto en consideración del Pleno del Consejo Regional, con la finalidad de proceder a su aprobación;

  • Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021- SERVIR-PE se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (la Directiva);

Que, de la revisión de los actuados que obran en el expediente se evidencia que éstos cuentan con el respectivo Informe Técnico N° 000307-2025- SERVIR-GDSRH, remitido por SERVIR con Oficio N° 001416-2025-SERVIR-PE de fecha 17 de diciembre del 2025, que contiene el análisis de las 08 propuestas de Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2025: U.E 400 - Salud Ica

  • Dirección Regional de Salud Ica, 401 - Hospital San José de Chincha, 402 - Hospital de Apoyo de Nazca, 403 - Hospital Regional de Ica, 404 - Hospital San Juan de Dios de Pisco, 405 - Hospital Santa María del Socorro, 406 - Red de Salud Ica-Palpa-Nasca y-407 - Hospital de Apoyo de Palpa de la Dirección Regional de Salud ica, inmersos en el proceso de nombramiento 2025, el mismo que constituye la opinión Técnica favorable emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1.8. "De darse opinión técnica favorable, incluyendo el otorgamiento de una excepción cuando corresponda, dicha

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Gobierno Regional Ica

aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante oficio de PE de SERVIR, para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, en atención a los siguientes escenarios: Documento que aprueba la propuesta de CAP Provisional con opinión técnica favorable Entidad que requiere aprobación de propuesta de CAP Provisional (...) Por Ordenanza Regional Gobiernos regionales, (...)".

Que, en el caso de una propuesta de CAP Provisional de una entidad Tipo B que reciba opinión técnica favorable, ésta es comunicada al(la) titular de la entidad Tipo A, a la que se encuentra adscrita mediante ofició de PE de SERVIR, remitiendo copia informativa al (a la) titular de la entidad Tipo B.

Por Ordenanza Regional Gobiernos regionales, (...) y las empresas pertenecientes al Gobierno Regional.

; Que, conforme a lo recomendando. por la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, es preciso proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional de las mencionadas Entidades;

Que, mediante el Informe Técnico N° 014-2025- GORE.ICA/GRDS-MHHH de fecha 24 diciembre de 2025 de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y el Informe Legal N° 093-2025-GORE.ICA-ORAJ de fecha 29 de diciembre de 2025 opinan por la viabilidad y conformidad de la aprobación solicitada;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019.JUS, en su Título Preliminar, artículo IV, numeral 17, establece el principio de Veracidad; concordante con el artículo 51° de la misma norma: “Por lo que se presume que el contenido en los informes; dictámenes y demás documentos del presente procedimiento administrativo, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman y que han sido verificados por sus emisores". Asimismo; el artículo 6°, numeral 6.2 del citado cuerpo normativo señala que "Los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, constituyen motivación mediante la declaración de conformidad; debiendo presumirse la idoneidad del Expediente Administrativo presentado, al haber sido objeto de revisión y validación por parte de los funcionarios emisores de los documentos sobre los que se sustenta la presente";

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con‘él Dictamen, y dispensa de la lectura y la aprobación del acta y en “Uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional. : HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS CUADROS PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL. PROVISIONAL - CAP-P-2025, DE LAS 08 UNIDADES EJECUTORAS, INMERSAS EN EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO 2025, CONFORMANTES DEL SECTOR SALUD.

Gobierno Regional Ica A.

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR los Cuadros para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2025 de las 08 Unidades Ejecutoras, inmersas en el proceso de nombramiento 2025 conformantes del Sector Salud, por consiguiente en la actualidad sumando todas las instituciones y/o unidades ejecutoras involucradas en el presente proceso de nombramiento de la Dirección Regional de Salud. del Gobierno Regional de Ica, tiene un total de 5266 cargos o plazas, de los cuales 3962 están ocupados y 1304 en la condición de previstos, según detalle de cada uno, y que se precisa en el siguiente cuadro:

CONSOLIDADO PROYECTO CAP<P-2025 REGION DE SALUD ICA

SALUD ICA [Dirección Reglonal de Salud de ica) Hosplal e Apoyo de Nazca ee O Hospital Reglonal de Ica 4223 946 - 217 "Hospital Sari Juan de Dios de Pisco 513 458 155 Hospital Santa María del Socorro de Ica 835 517 58 ‘Red de Salud de Ica-Palpa-Nazca 1136 398 248) Hospital de Apoyo de Palpa 156 DAR 52

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y sus anexos en forma integra en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe).

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica para su promulgación.

Dado en la Sede. del Gobierno Regional de Ica, a los treinta dias del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.

SARA BELLY TORRES GUTIÉRREZ CONSEJERA DELEGADA CONSEJO REGIONAL DE ICA

POR TANTO: Regístrese, Comuníquese y Cúmplase

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica, a los ... diciembre del año dos mil veinticinco.

días del mes de

JORGE CARLOS HURTADO HERRERA

GOBERNADOR REGIONAL DE ICA SOBIESNO RESIONARDBICA:

ABOG. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA GOBERNADOR REGIONAL


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