Skip to content
L Legalize.pe
020-2024-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 020-2024-GORE-ICA

6 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

SE ESAS

nen YN"

LICA DEL 2 2,

RES Gobierno Regional Ica $

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

s <= =N* 020 -2024-GORE-ICA Ica, .30 ABR 2024

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril de 2024

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680, Ley N° 28607, Ley N° 30305, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)”;

Que, el artículo 2 de la Ley N° 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal”;

Que, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N* 27867, respecto a la organización de los gobiernos regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13 de la mencionada ley establece que, el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual forma el artículo 15 de la ley acotada indica: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...). Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”;

Que, con Resolución Ejecutiva Regional N°004-2024/GR, de fecha 04.ENE.2024, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024 del pliego 449-GOBIERNO REGIONAL DE ICA, el cual es distribuido en las 17 Unidades Ejecutoras en las diferentes fuentes de financiamiento.

Que, mediante Decreto de Jrgencia N° 006-2024 de fecha 23 de marzo de 2024, establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, de igual forma el artículo 11 “Medidas para la modificación del presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados”, numeral 11.1 en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento, y el numeral 11.2. La modificación del presupuesto institucional autorizada en el numeral precedente se aprueba mediante resolución del titular del Pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal para el

¿BUGA DEL y,

Gobierno Regional Ica

GORE - ICA

caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular del Pliego y el Acuerdo de Consejo Regional, se publica en el diario oficial “El Peruano”, y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la Resolución del titular, del Acuerdo de Consejo Regional y del Acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, mediante Informe N° 406-2024-GORE.ICA/GRPPAT-SPRE de fecha 25 de abril de 2024, la Subgerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ica, solicita la aprobación de la modificación presupuestaria Tipo 07 - Reducción de Marco Presupuestal en las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a la información emitida por las Unidades Ejecutoras;

Que, en virtud al artículo 11° del Decreto de Urgencia N° 006-2024 de fecha 23 de marzo de 2024, se procedió a realizar el análisis de los estados de ejecución del presupuesto de Ingresos y Gastos del Ejercicio 2023 (EP-1) de las diferentes unidades ejecutoras del Sector Salud y el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha del Pliego 449 - Gobierno Regional de Ica, en las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y

Recursos Directamente” Recaudados, en el clasificador 1.9.11.11-Saldos de Balance, ——

evidenciándose en diferentes Unidades Ejecutoras marcos presupuestales excedentes, ante ello se deberá proceder a la Reducción de Marco Presupuestal de Saldos de Balance mediante notas modificatorias Tipo 07 en las fuentes de financiamiento antes mencionadas;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional,

SE ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Reducción de Marco

Presupuestal de las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados de acuerdo al siguiente detalle:

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

PLIEGO 449: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA 3,566,180.00 133,992.00 2.6

3,700,172.00

SS Adquisición e > 2.3 Bienes y s Monto Total a sates Unidad Ejecutora Servicios de PON: Reducir ae tentanno a E o ¡ES al Se. Financieros S a UE 002 - PROYECTO ESPECIAL Z Pl? i TAMBO CCARACOCHA 0.00 120,476.00 120,476.00 ! = SE ee ae JOSE DE 197,126.00 0.00 197,126.00 E, A SO REGIONS UE 403 - HOSPITAL REGIONAL DE ICA 2,695,130.00 13,516.00 2,708,646.00 E 404 -H Ena OSPITAL SANJUAN DE 515,553.00 0.00 515,553.00 UE 405 - HOSPITAL DE APOYO SANTA MARIA DEL SOCORRO 79,455.00 0.00 79,455.00 UE 407- HOSPITAL DE APOYO DE PALPA 78,916.00 0.00 78,916.00

yLICA DEL e co Ogg tiv

Gobierno Regional Ica

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

ge

GORE - ICA

PLIEGO 449: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA

Unidad Ejecutora

2.3 Bienes y Servicios

295,431.00

2.6 Adquisición de Activos No

295,431.00

Monto Total a Reducir

Financieros

UE 002 - PROYECTO ESPECIAL TAMBO CCARACOCHA (recaudación junta de riego)

0.00

295,431.00

295,431.00

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Subgerencia de Presupuesto y Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión

EGO 4 ia : F P ‘ Seo Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaria

General del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO: Regístrese, Publíquese y Cúmplase

Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica a los treinta días del mes de abril dos mil veinticuatro.

ÁNGEL MACAZANA ORDÓÑEZ CONSEJERO DELEGADO CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/5523431-020-2024-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6281997/5523431-acr-020-2024-gore-ica.pdf