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018-2026-GORE-ICA Regional Agreement Ica In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 018-2026-GORE-ICA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL n° 018 -2026-GORE-ICA Ica, 03 JUN 2096

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de mayo de 2026. Visto, el Oficio N° 256-2026-GOREICA/GR de fecha 27 de mayo de 2026, sobre la aprobación de la incorporación de los recursos en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - Donaciones Remantes de Utilidades de empresas mineras, por el monto de S/ 9'295,372.00 (Nueve millones doscientos noventa y cinco mil trescientos setenta y dos con 00/100 soles); correspondiente al saldo de balance del año fiscal 2025 y demás documentos del procedimiento.

CONSIDERANDO:

. Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley N* 27680, Ley N* 28607, Ley N* 30305, Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador

Que, el artículo 2 de la Ley N* 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica yy administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financierá, un pliego presupuestal”;

Que, el artículo 11 de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; respecto a la organización de los gobiernos regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional, siendo el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Asimismo, el artículo 13 de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”. De igual fórma el artículo 15 de la ley acotada indica: "Son atribuciones del Consejo Regional: i. Autoriza la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional.

(-)

Que, de conformidad al artículo 39 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional, son normas . que expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; los cuales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros;

Que, mediante Informe N° 1268-2026-GORE-ICA-GRINF de fecha 22 de mayo 2026, la Gerencia Regional de Infraestructura comunica la inviabilidad

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Gobierno Regional Ica &

GORE - ICA

técnica de ejecutar el Proyecto de Inversión con CUI N° 2453726 "Reconstrucción y Rehabilitación de camino departamental - 81 kms, en EMP.PE-26 (San Juan) - Hornillo

  • Totorume - Cacacho - San Juan de Yanac - Bellavista - Liscay - Yanaco - San Pedro de Huacarpana”, y propone la reasignación de los recursos para proyectos de inversión actualmente en ejecución, con la finalidad de garantizar el uso eficiente de los recursos públicos;

Que, por su parte el Informe N° 107-2026-GORE.ICA-GRPPAT de fecha 25 de mayo de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo al análisis realizado en el módulo contable del Gobierno Regional de Ica, verifica la existencia de un saldo de balance en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, ascendente a la suma de S/9'295,372.00 (Nueve millones doscientos noventa y cinco mil trescientos setenta y dos con 00/100 soles), el referido saldo corresponde a recursos no ejecutados del CUI! N° 2453726 mencionado en el párrafo anterior;

Que, en ese sentido, mediante Informe N° 1268-2025-GORE-ICAGRINF de fecha 22 de mayo de 2026, la Gerencia Regional de Infraestructura señala la inviabilidad técnica de ejecutar el proyecto indicado y propone la reasignación de los recursos para los proyectos de inversión priorizados y en ejecución; siendo los siguientes proyectos:

i Cu! PROYECTO COMP | MONTO

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA EN EL CETPRO GUADALUPE, | OBRA | 4,554,020 DISTRITO DE SALAS, PROVINCIA DE ICA -

2545786

MEJORAMIENTO DE LA PLAZA DE ARMAS DEL OBRA 1 910,714 2534503 | DISTRITO DE TÚPAC AMARU INCA, PROVINCIA DE SUPERV 20 915 : PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA : y

CREACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL EN LA 2587889 | ANGOSTURA ll ETAPA DEL CENTRO POBLADO| OBRA 723,559 FONAVI, DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, PROVINCIA DE ICA -

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DEL IESTP FEDERICO URANGA,

2251063 | DISTRITO DE INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE SUPERV. | 218,400 PISCO OTROS, ADICIONALES DE OBRA, MAYORES METRADOS, LIQUIDACIONES Y SUPERVISIONES DE 1,867,764 OBRA TOTAL 9,295,372

Que, de acuerdo al literal ii) del numeral 25.1 del artículo 25 de la

Directiva de ejecución presupuestaria, la cual indica lo siguiente: "La incorporación de E Mayores ingresos públicos provenientes de recursos por la Fuente de Financiamiento e TS , Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y por Donaciones, se aprueban por & af: Se Acuerdo de Consejo Regional, en el marco de lo dispuesto por el numeral 50.4 del . e ¡artículo 50 y artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440 y es promulgado por el

Bo ES" Gobernador Regional a través de Resolución Ejecutiva Regional”; ¡ANO

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Que, conforme al marco legal establecido y técnicamente . sustentado por la Gerencia Regional de Infraestructura, la Subgerencia de Presupuesto y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, se debe aprobar la

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incorporación de los recursos en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - Donaciones Remantes de Utilidades de empresas mineras, por el monto de S/9'295,372.00 (Nueve millones doscientos noventa y cinco mil trescientos setenta y dos con 00/100 soles) correspondiente al Saldo de Balance del año fiscal 2025;

Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen y. de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones.

conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus’ -*-: E

modificatorias la Ley. N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional,’ y corel; So trate do los consejeros;

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NTETIGULO PRIMERO.- APROBAR la incorporación de los recursos en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias - Donaciones Remantes de Utilidades de empresas mineras, el monto de S/. S/9'295,372.00 (Nueve Millones doscientos noventa y cinco mil trescientos setenta y dos con 00/100 soles) correspondiente al Saldo de Balance del año fiscal 2025, para coberturar y garantizar la continuidad, culminación y cierre de los siguientes proyectos de inversión pública que de detallan a continuación:

cul PROYECTO COMP MONTO

2545786 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA EN EL CETPRO GUADALUPE, DISTRITO DE SALAS, PROVINCIA DE ICA

OBRA | 4,554,020 |

MEJORAMIENTO DE LA PLAZA DE ARMAS DEL 2534503 | DISTRITO DE TUPAC AMARU INCA, PROVINCIA DE PISCO, DEPARTAMENTO DE ICA

OBRA | 1,910,714 SUPERV. 20,915

CREACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL EN LA 2587889 | ANGOSTURA Il ETAPA DEL CENTRO POBLADO| * OBRA 723,559 FONAVI, DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, PROVINCIA DE ICA

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA DEL IESTP FEDERICO URANGA,

2251063 | DISTRITO DE INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE| SUPERV. | 218,400 PISCO OTROS, ADICIONALES DE OBRA, MAYORES METRADOS, LIQUIDACIONES Y SUPERVISIONES DE 1,867,764 OBRA TOTAL 9,295,372

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realice las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo primero.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficiha de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, a la Oficina Regional de Administración y Finanzas y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, publicar y difundir el presente Acuerdo del Consejo Regional, en el diario encargado de las publicaciones judiciales

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de la región y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

; POR TANTO: SETA Ore

as ley $ Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Ar - Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica, a los veintiocho días del mes de mayo

a ! oc de dos mil veintiséis.

MARIA DEL ROSARIO GAMONAL' RAMOS CONSEJERA DELEGADA CONSEJO REGIONAL DE ICA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/8228838-018-2026-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10103562/8228838-acr-018-2026-gore-ica.pdf