Ordenanza Regional N.° 015-2022-GORE-ICA
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Gobierno Regional Ica Se
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ORDENANZA REGIONAL .» N°Q15-2022-GORE-ICA
Ica,
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre- de 2022. Visto, el Dictamen N° 002-2022- CRICPPIYM-CICTYA, de la Comisión de Producción, Pesquería, industria y Mype's; y de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Artesanía.
CONSIDERANDO:
Que, el. artículo 2° de la Ley N° 27887 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que Jos Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal,
Que, el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobjernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 27902, y Ley N° 30305 establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias. Asimismo, el artículo 192° inciso 1) de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo 9° inciso a) de la Ley N” 27867, precisan que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto..
Que, la Ley N° 27867 - Ley. Orgánica de Gobiernos Regionales, en el inciso a) del artículo 15° establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, conforme a los artículos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, cómo tal se encuentra dentro de sus atribuciones dictar normas expresando su decisión sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano a institucional, conforme al artículo 39° de la acotada norma legal.
Que, conforme al articufo 48° de la ley N° 27867 son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de la pequeña y microempresa. g) Promover e incentivar el desarrollo: y formalización de pequeñas y microempresas con criterios de flexibilidad y simplificación, la instalación de empresas en la región y la iniciativa privada en actividades y servicios regionales. !) Fomentar ta formación profesional de los recursos humanos de las empresas de la región como-un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad a través de actividades de capacitación, provisión de información. y transferencia tecnológica. n) Conducir y ejecutar en la región fa política de fomento de la pequeña y microempresa, en el marco de la politica nacional. o) Promover la provisión de servicios financieros y de desarrollo empresarial a la pequeña y microempresas, por parte. del sector privado. Por su parte en el artículo 54° se señala las funciones en materia de industria de los Gobiernos Regionales a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de industria de la región, en concordancia cón las politicas naciónales y los planes
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conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que én conjurito conforman nuestra diversidad cultural”.
Que, mediante oficio N° 611-2022-GORE ICA/GRDE-DIREPROSDI, se remite los informes N° 020-2022-GORE ICA/GRDE-DIREPRO-071, la producción anual de pisco y vinos de la bodegas de la Región. En el año 2015 la producción de pisco fue de. 915 505 litros «disminuyendo año tras año y en el 2022.en lo que va del año la producción de pisco se encuentra én 2 300 litros. La producción en vino en el año 2015 fue de 23 6498 litros y en el año 2022 se encuentra en lo que va del año en 1 110 litros. Las fechas celebratorias de ferias vitivinicola inician en Enero con la semana del Chilcano, Febreró con el Dia Nacional del pisca sour que se celebra el primer sábado de cada mes, Marzo la Feria Internacionat de ta Vendimía Iqueña, Julio el día nacional del Pisco y que son calendarizadas pero el Gobierno Regional realiza el Concurso de Vino Generosos, Concurso de Crema derivado del pisco, concurso de cachina y otros, las mismas que no se realizan en la mayor parte por falta de disponibilidad presupuestal y que a través de una horma-se tome en cuenta en ta programación presupuestal en los próximos años.
Que, la Ruta de los Lagares es organizada por la Dirección Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesania-DIRCETUR Ica. y la Asociación de la Ruta de los Lagares, desde el año 1997 en el marco de la celebración del Festival Internacional de la Vendimia-de Ica en el mes de marzo decada año. Está enfocada en la revalorización de la cultura y de la historia más antigua de las:bodegas cuya fortaleza está basada en la conservación tradicional pisa de la uva. En la provincia de lca y sus distritos se encuentran registradas en el valle de ica zona norte treinta siete bodegas, zona centro siete bodegas y zona sur cuarenta y ocho bodegas. En el valle de Nasca ocho bodegas, en la provincia de Pisco seis bodegas y la provincia de Chincha treinta tres bodegas industriales. y ocho bodegas artesanales.
Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleño del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con el Dictamen, la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N%27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE DECLARA Y PROMUEVE EL ENOTURISMO COMO UNA ESTRATEGIA PRIORITARIA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y TURÍSTICO DE LA REGIÓN ICA.
ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETIVO.
DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y PRIORIDAD REGIONAL PROMOVER EL ENOTURISMO EN LA REGIÓN ICA, como estrategia prioritaria para el desarrollo económico, social y turístico.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Conformar una Mesa Multisectorial e Intergubernamental integrada por:
Gerente de Desarrollo Económico (Preside)
Gerente Regional de Planeamiento, presupuesto y acondicionamiento territorial.
— Dirección Regional de la Producción.
Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
Dirección Regional Agraria
Representanies de las Asociaciones de Viticultores de las diferentes provincias.
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POR TANTO Registrese, comuníquese y cúmplase
Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los ¿E dias del mes de ¿2 ios. de dos mil veintidós.
ING. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS GOBERNADOR REGIONAL DE ICA. GOBIERNO REGIONAL DE [CA
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionica/normas-legales/4245926-015-2022-gore-ica PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4587327/or_015_2022.pdf